INSTITUTO DE DERECHOS HUMANOS SRI AUROBINDO
Este adagio o aforismo, significa CEDAN LAS ARMAS ANTE LA TOGA
La frase tiene un sentido demasiado profundo como para desdeñarlo, significa que las "armas" y el poder militar debe ceder antes las togas. Ojalá sea o fuera así, y que allí donde haya violencia ceda ante la Ley, y donde hay uso de la fuerza militar ceda ante las togas y la justicia que falta...
Antes en Roma, la toga era un símbolo de la magistratura y de cargos públicos, como senador. Al igual que en la actualidad, que las togas son de diversos tipos, pero que letrados, letrados de la administración de Justicia (LAJ) antes llamados secretarios judiciales y encargados de la oficina de tramitación judicial de los juzgados y tribunales, y los fiscales y jueces. La diferencia hoy es que fiscales, jueces, pueden tener unas togas con "puñetas" que son unos adornos en las mangas, y unas medallas o escudos. También hay togas en las universidades, incluso con birretes.
Pero lo más importante es que por encima del poder militar -incluso de generales- estaba el poder de la palabra, la verdad y libre exposición de la defensa del pueblo, de la ley, del derecho y de la JUSTICIA.
Es un símbolo de la Justicia y se ve en juzgados y tribunales, y su color suele ser negro.
Señalar algunas otras frases célebres de CECERON...
Antes en Roma, la toga era un símbolo de la magistratura y de cargos públicos, como senador. Al igual que en la actualidad, que las togas son de diversos tipos, pero que letrados, letrados de la administración de Justicia (LAJ) antes llamados secretarios judiciales y encargados de la oficina de tramitación judicial de los juzgados y tribunales, y los fiscales y jueces. La diferencia hoy es que fiscales, jueces, pueden tener unas togas con "puñetas" que son unos adornos en las mangas, y unas medallas o escudos. También hay togas en las universidades, incluso con birretes.
Pero lo más importante es que por encima del poder militar -incluso de generales- estaba el poder de la palabra, la verdad y libre exposición de la defensa del pueblo, de la ley, del derecho y de la JUSTICIA.
Es un símbolo de la Justicia y se ve en juzgados y tribunales, y su color suele ser negro.
Señalar algunas otras frases célebres de CECERON...
INSTITUTO DE DERECHOS HUMANOS SRI AUROBINDO
(Para millones de personas la vida es una pesadilla llena de injusticia y dolor insoportables). No queremos verlo, y a veces no podemos ni mirar y volvemos la mirada a otro lado, para no verlo por su carácter insoportable.
Algún día,... hoy solo un sueño, la Declaración universal de los Derechos Humanos será UNIVERSAL, ya lo es en su valor normativo, nominativo, y declarativo pero queda mucho por hacer hasta que el mundo sea más justo, más auténtico y más sincero.
La política y la economía caminan del lado del más fuerte, y los grandes y grupos de poder no dudan en oprimir y despreciar a los menos fuertes, los débiles, los marginados, los discapacitados, las minorías oprimidas, los necesitados, y todos los que sufren la falta de igualdad, de oportunidad y de derechos.
Un solo momento de toma de CONCIENCIA UNIVERSAL podría cambiar la visión de toda una vida y de todo el mundo.
Los que sufren la violación de los derechos humanos -y son millones y millones de personas cada día, cada instante- saben que es ESE sufrimiento .. y que es un sentir universal (llevan una marca imborrable en su rostro y su alma), son la imagen más fiel de la Verdad vulnerada, pisoteada y vejada. Esa carga, ese dolor y ruptura con los valores universales de la Conciencia universal, por la opresión y violación de los derechos humanos afecta a toda la especie en todo tiempo y lugar en su conjunto. Atenta contra la Conciencia Universal de todo ser humano, allí donde su dignidad y derechos han sido violados.
La injusticia social es un leviatán de millones de cabezas que no vemos pues está ínsita en nuestro modo de vivir, de ser, y de pensar, en nuestra forma de actuar como especie e individuos. La lucha, rivalidad, odio, y opresión es un mal en sí mismo, y solo una revolución de la conciencia auténtica, sincera y verdadera podría augurar el sueño de un nuevo mundo de PAZ y Verdad, donde la UNIVERSALIDAD sea un valor de conciencia superior y más elevada.
El resto solo sería una ilusión y frustración de un inmenso autoengaño y perversión propia y ajena, común y colectivas: la gran insinceridad de los poderosos es la mascara de su propia falsedad, egoísmo y egolatría.
El poder puede llegar a envenenar la mente y engolfar el corazón en la sociedad de la hipocresía, desinformación e ignorancia.
Sin conciencia no hay Derechos Humanos, y solo siendo cada uno más humano podemos dotar de más humanidad a la dignidad de la especie, aún hoy medio animal y medio inhumana. (Con una inmensa brutalidad e ignorancia despótica en cada rincón).
INSTITUTO DE DERECHOS HUMANOS SRI AUROBINDO
Finalmente, se ha aprobado el nuevo REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA por el Consejo de Ministros hoy: Recomiendo la escucha del discurso del Sr. Presidente del Gobierno del 9.10.2024
Me ha sorprendido enormemente el maravilloso discurso del Sr. Presidente, más allá de las visiones políticas partidistas de estar a favor o en contra de un discurso por el sesgo o color de ser de este u otro partido al que uno se suele adscribir o "pertenecer", y que a los que buscan apartarse del coso político, manteniendo una distancia del fraccionamiento y fragmentación (sesgos) adicionales, con una intención de sostener algún tipo de distancia frente a esas agotadoras peleas ... desde un margen en lo "apolítico", con una visión que pueda integrar también las visiones de los demás, de los otros, las visiones de derechos humanos, y derecho humanitario de las minorías, y grupos marginados más allá de las diferencias entre propios y extraños, españoles y extranjeros, emigrantes e inmigrantes.
En el discurso que he podido escuchar del pasado -está on line- día 9 de octubre de 2024, en la propia página web de la Moncloa -puedo criticar que solo se pone el discurso del Sr.Presidente y no de la oposición, pero bueno-, ... más allá de la retórica o argumentación, el mensaje que ha dado el Sr. Presidente es auténtico, lleno de valor y espíritu de verdad e integración humanitaria.
Ha causado un silencio tan profundo, que la propia cámara ha aceptado por UNANIMIDAD gracias al peso de tan serio silencio ...la sinceridad y verdad de sus palabras humanas.... Un logro en la democracia tan necesario que se diga eso y se oyera en una cámara de diputados... (Olé,...). Este discurso es un MENSAJE universal donde quiera que fuera...
Recordando que nuestros mayores también han sido emigrantes, y han salido a otros países para buscar una nueva vida, una nueva esperanza, y un nuevo mundo, luchando con las fronteras cortantes y distantes, y la deshumanización, la necesidad y la pobreza como alforja.
No es solo vender la "entrada" a los adinerados, que en todos los países pueden comprar un billete en primera, sino también un permiso de primera a todo lujo y sin colas, esperas, ni humillación, esa misma que sufren todos los pobres, parados y necesitados para que les vuelvan a dar una y otra vez con la puerta en las narices (no hay citas durante años...) y la negativa de ser "mal vistos" y criticados, y así con solo mal-mirar ser discriminado o excluido -marginado con la mirada- rechazado solo por ser pobre, necesitado, o emigrante.
También, desde hace tiempo que no veía la TV, me ha alegrado mucho ver a una Señoría Diputado de color negro en la propia cámara, lo cual hace que sea un representante no solo extranjero, sino también un nacional más de otra raza, etnia y color en este país dominante y -otrora colonizador y expoliador de otros países y mundos- como ha sido durante siglos España y otros de los poderosos paises dueños del mundo y autoproclamados progresistas llamados -OCCIDENTE-.... esa decadencia humana en tantos sectores invisibles que daña el alma tan profundamente como la ceguera que arroja en nuestro injusto mirar: La falsedad del rico occidente frente al pobre mundo lleno de vida y vitalidad pero pobre, humilde y -si se me permite decir como severa crítica- más honrado marginado tercer y cuarto mundo.
Tantas verdades juntas sobre la dura y difícil situación de la migración no es habitual escuchar, por eso hay que agradecer la madurez humana y personal del Sr. Presidente por decir esas palabras que llegan al alma del que la tenga abierta y atenta a la verdad humanitaria.
Gandhi decía que la Pobreza es la más grande Violencia humana, y ahora la inmigración ha sido defendida con gran DIGNIDAD en las Cortes y aplaudida como un valor de progreso, no solo humano, sino económico de una manera valiente y sorprendente, recomiendo reflexionar y meditar en estos apuntes tan verdaderos.
En el discurso que he podido escuchar del pasado -está on line- día 9 de octubre de 2024, en la propia página web de la Moncloa -puedo criticar que solo se pone el discurso del Sr.Presidente y no de la oposición, pero bueno-, ... más allá de la retórica o argumentación, el mensaje que ha dado el Sr. Presidente es auténtico, lleno de valor y espíritu de verdad e integración humanitaria.
Ha causado un silencio tan profundo, que la propia cámara ha aceptado por UNANIMIDAD gracias al peso de tan serio silencio ...la sinceridad y verdad de sus palabras humanas.... Un logro en la democracia tan necesario que se diga eso y se oyera en una cámara de diputados... (Olé,...). Este discurso es un MENSAJE universal donde quiera que fuera...
Recordando que nuestros mayores también han sido emigrantes, y han salido a otros países para buscar una nueva vida, una nueva esperanza, y un nuevo mundo, luchando con las fronteras cortantes y distantes, y la deshumanización, la necesidad y la pobreza como alforja.
No es solo vender la "entrada" a los adinerados, que en todos los países pueden comprar un billete en primera, sino también un permiso de primera a todo lujo y sin colas, esperas, ni humillación, esa misma que sufren todos los pobres, parados y necesitados para que les vuelvan a dar una y otra vez con la puerta en las narices (no hay citas durante años...) y la negativa de ser "mal vistos" y criticados, y así con solo mal-mirar ser discriminado o excluido -marginado con la mirada- rechazado solo por ser pobre, necesitado, o emigrante.
También, desde hace tiempo que no veía la TV, me ha alegrado mucho ver a una Señoría Diputado de color negro en la propia cámara, lo cual hace que sea un representante no solo extranjero, sino también un nacional más de otra raza, etnia y color en este país dominante y -otrora colonizador y expoliador de otros países y mundos- como ha sido durante siglos España y otros de los poderosos paises dueños del mundo y autoproclamados progresistas llamados -OCCIDENTE-.... esa decadencia humana en tantos sectores invisibles que daña el alma tan profundamente como la ceguera que arroja en nuestro injusto mirar: La falsedad del rico occidente frente al pobre mundo lleno de vida y vitalidad pero pobre, humilde y -si se me permite decir como severa crítica- más honrado marginado tercer y cuarto mundo.
Tantas verdades juntas sobre la dura y difícil situación de la migración no es habitual escuchar, por eso hay que agradecer la madurez humana y personal del Sr. Presidente por decir esas palabras que llegan al alma del que la tenga abierta y atenta a la verdad humanitaria.
Gandhi decía que la Pobreza es la más grande Violencia humana, y ahora la inmigración ha sido defendida con gran DIGNIDAD en las Cortes y aplaudida como un valor de progreso, no solo humano, sino económico de una manera valiente y sorprendente, recomiendo reflexionar y meditar en estos apuntes tan verdaderos.
INSTITUTO DE DERECHOS HUMANOS SRI AUROBINDO
En algunos casos, la jurisprudencia del TEDH y TS están anulando las resoluciones de reclamación para devolver lo cobrado por Ingreso Mínimo Vital
INSTITUTO DE DERECHOS HUMANOS SRI AUROBINDO
¿Hay que devolver el dinero percibido que te RECLAMA el INSS por el Ingreso Mínimo Vital?. No en algunos casos...
Más de 50.000 familias, están recibiendo reclamaciones del INSS -además de otras administraciones de las Comunidades Autónomas en casos de otras prestaciones no contributivas autonómicas- para devolver los ingresos percibido -dicen indebidamente- por el denominado INGRESO MÍNIMO VITAL.
Si desgraciadamente te encuentras entre una de estas familias, te recomiendo que contactes lo más pronto posible con una abogado especialista en la materia que pueda estudiar tu caso de modo personalizado y pueda presentar una RECLAMACIÓN PREVI en el plazo de 30 días hábiles. Si pasa el plazo y no reclamas puede ser firme y no podrás alegar motivos de fondo sustanciales, como errores de la administración, buena fe, y la doctrina del TS y TEDH la ultima jurisprudencia al respecto.
En el despacho llevamos alguna reclamación previa semejantes (consulta juanramonblancoaristin@icam.es).
Citamos así 2 casos en los que el Tribunal Supremo español (TS) con cita en una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos 26 de abril de 2018 (caso Èakareviæ v. Croaciaha dado la razón al reclamante y ha decidido que no procede la devolución de las cantidades cobras -supuestamente de modo indebido-.
Se dice en la STS de 30 de mayo de 2024 (3002/2024), la última doctrina al respecto en el fundamento jurídico segundo:
“Y es aquí, en este contexto, en el que debemos citar la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de 26 de abril de 2018 (caso Èakareviæ v. Croacia). A esta sentencia hicimos referencia en la STS 451/2023, de 27 de junio (rcud 2386/2020). Las sentencias comparadas se basaban, precisamente, en la STEDH 26 de abril de 2018, pero la STS 451/2023 apreció falta de contradicción entre ambas resoluciones.
4. La STEDH 26 de abril de 2018 (caso Èakareviæ v. Croacia), interpreta el artículo 1 del Protocolo Adicional al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, de 20 de marzo de 1952, ratificado por España y publicado en el BOE de 12 de enero de 1991, y que, posteriormente, cuando hubo más protocolos, pasó a denominarse Protocolo número 1 (en adelante, el Protocolo). El artículo 1 del Protocolo reconoce el derecho de toda persona física o moral al " respeto de sus bienes." En el supuesto examinado por la STEDH 26 de abril de 2018, una nacional croata interpuso una demanda contra la República de Croacia ante el TEDH, alegando que se había vulnerado su derecho al disfrute pacífico de sus bienes por habérsele ordenado reintegrar las prestaciones por desempleo que percibió entre el 10 de junio de 1998 y el 27 de marzo de 2001 y que las autoridades croatas consideraron posteriormente indebidamente percibidas. Tras diversos avatares que se describen en los apartados 14 y siguientes de la STEDH, la demandante ante el TEDH fue condenada el 25 de febrero de 2009 por el correspondiente órgano jurisdiccional croata a reintegrar, concretamente, 2.600 euros, más los correspondientes intereses (apartado 27 de la STEDH).
Pues bien, la STEDH 26 de abril de 2018 declara que, en las circunstancias del caso, el requerimiento a la demandante de reembolsar el importe de las prestaciones por desempleo abonadas por error por la autoridad competente 34 supone una carga individual excesiva para ella, por lo que declara vulnerado el artículo 1 del Protocolo (apartados 90 y 91).
En virtud de esa vulneración, la STEDH condena a la República de Croacia a abonar a la demandante 2.600 euros, más el impuesto que pueda ser exigible, en concepto de daños morales, y 2.130 euros, más el impuesto que pueda ser exigible, en concepto de costas y gastos. Como puede observarse, el TEDH condena a abonar a la interesada en concepto de daños morales exactamente la misma cantidad que se le reclamaba por percepción indebida de las prestaciones por desempleo.
Para llegar a esta conclusión, y en lo que aquí es de interés reseñar, la STEDH 26 de abril de 2018 tiene muy en cuenta, en primer lugar, que la interesada no contribuyó a que la decisión de reconocerle la prestación de desempleo se adoptara o aplicara indebidamente, sin que tampoco se cuestionara su buena fe. Recuerda el TEDH, en este sentido, que "no se ha aducido que la demandante haya contribuido a la percepción indebida de prestaciones mediante alegaciones falsas u otros actos o hechos contrarios a la buena fe."
El TEDH tiene en cuenta, asimismo, en segundo lugar, que la prestación de desempleo satisface "necesidades básicas de subsistencia"; que la cantidad percibida por tal concepto fue "muy modesta"; y, en fin, que los órganos jurisdiccionales nacionales no tuvieron en cuenta la situación sanitaria y económica de la demandante.
El TEDH examina, en tercer lugar, si la intervención de las autoridades croatas ha logrado el justo equilibrio exigido entre las exigencias del interés general y las exigencias de protección del derecho de la demandante al disfrute pacífico de sus bienes, y si impone una carga desproporcionada y excesiva a la demandante. Para ello parte de que el error en el reconocimiento de la prestación por desempleo es "imputable únicamente a las autoridades estatales", y que, en el caso, no se trata tanto de la supresión de la prestación por desempleo de la demandante, sino de la obligación que se le impone de reintegrar las prestaciones ya percibidas. Recuerda el TEDH, en este sentido, su jurisprudencia de que los errores imputables únicamente a las autoridades estatales no deben, en principio, remediarse a expensas de la persona afectada, y que, cuando se trata de una cuestión de interés general, incumbe a las autoridades públicas actuar a su debido tiempo, de manera adecuada y coherente. El TEDH afirma que, en el supuesto, las autoridades incumplieron este principio de "buena gobernanza."
Y, a pesar de que las prestaciones por desempleo que la demandante no debería haber percibido eran enteramente el resultado de un error del Estado, se requirió a la demandante el reembolso íntegro, de manera que no se declaró ninguna responsabilidad del Estado, que evitó cualquier consecuencia de su propio error, y toda la carga recayó únicamente en la demandante.
5. Las consideraciones anteriores son plenamente aplicables al presente supuesto. En efecto, y, en primer lugar, tampoco aquí el trabajador contribuyó, en modo alguno, a la resolución mediante la que se reconoció la prestación por desempleo durante el periodo 1 de abril al 13 de mayo de 2020, realizando alegaciones falsas o cualquier acto contrario a la buena fe. Se debe recordar que la reducción de su jornada en un 75 por ciento fue fruto del acuerdo adoptado en el periodo de consultas del ERTE por la empresa y la 35 representación de los trabajadores, sin que, por lo demás, tampoco este acuerdo colectivo realizara 5 JURISPRUDENCIA alegaciones falsas que llevaran a error al SPEE; por el contrario, se comunicó abierta y transparentemente a la autoridad laboral que la reducción de jornada era del 75 por ciento. En segundo lugar, también aquí la prestación de desempleo satisface necesidades básicas de subsistencia. Igualmente se puede afirmar que la cantidad recibida es relativamente modesta y que tampoco se ha considerado la situación del trabajador, especialmente en el difícil contexto de la pandemia de la Covid 19. Finalmente, también en el presente supuesto el error en el reconocimiento indebido de la prestación de desempleo es imputable únicamente al SPEE y, sin embargo, se requirió al trabajador la devolución íntegra de lo percibido, de manera que el SPPE evitó cualquier consecuencia de su propio error, y toda la carga recayó únicamente en el interesado. En efecto, como ya hemos recordado, la resolución inicial del SEPE, lejos de denegar la prestación de desempleo, reconocerla solo hasta el 70 por ciento de reducción de jornada o advertir que solo se podía admitir si la reducción de jornada no superaba ese 70 por ciento, reconoció al trabajador la prestación por desempleo a pesar de que su reducción de la jornada superaba el máximo del 70 por ciento. Y, en este contexto, no parece razonable que toda la carga del error recaiga únicamente sobre el trabajador. 6. La argumentación hasta aquí realizada conduce a estimar el presente recurso de casación unificadora."
Aplicando dicha doctrina al caso concreto, resulta evidente que la sentencia recurrida debe ser revocada.
TERCERO.-.1. De acuerdo con lo razonado, y de conformidad con lo informado por el Ministerio Fiscal, procede: estimar el recurso de casación para la unificación de doctrina; casar y anular la sentencia recurrida; y resolver el debate de suplicación, en el sentido de estimar el recurso de tal clase, revocar la sentencia del juzgado de lo social y estimar la demanda del trabajador, declarando el derecho del actor a percibir la cantidad correspondiente a la prestación por desempleo en el periodo reclamado (1 de abril a 13 de mayo de 2020) por la reducción del 75 % de la jornada e importe de 1.180,45 €. No procede la imposición de costas ( artículo 235.1 LRJS).
Esta magistral doctrina del TEDH y del TS al incorporarla al derecho y jurisprudencia internos. Se ha convertido también en jurisprudencia interna del TS -aunque no está siendo aplicada en todo caso puesto que algún otra sentencia -ya la comentaremos- dice que no hay identidad de supuestos y no la aplica por entender que no es el mismo caso.
Además de ello, también se puede citar la más reciente sentencia de la Sala 4ª, de 29-4-2024, (rec. 858/2022; ECLI:ES:TS:2024:2330 ), y siguiendo doctrina anterior de la misma sala de 4-4-2014, se opone a al reintegro de cualesquiera prestaciones de seguridad social indebidamente percibidas por error exclusivo de la Administración el peculiar y expansivo derecho de propiedad del artículo 1 del protocolo núm. 1 al Convenio Europeo de Derechos Humanos, en la interpretación auténtica del TEDH, cuando se trata de prestaciones sociales que constituyan el sustento básico de sus titulares y que el indebido reconocimiento de las mismas sea atribuible en exclusiva al error o mala praxis de la Administración, sin fraude o mala fe alguna por parte de los administrados beneficiario.
Dice la Sentencia del TS de 29 de abril de 20 (STS 2337/2024 - ECLI:ES:TS:2024:2337 Id Cendoj: 28079140012024100545 Ponente: MARIA LUZ GARCIA PAREDES):
Con estas mismas circunstancias que ahora concurren, esta Sala consideró aplicables al caso las consideraciones contenidas en la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ( TEDH) de 26 de abril de 2018 (caso Cakarevic v. Croacia), la cual interpreta el artículo 1 del Protocolo Adicional al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, de 20 de marzo de 1952, ratificado por España y publicado en el BOE de 12 de enero de 1991, y que, posteriormente, cuando hubo más protocolos, pasó a denominarse Protocolo número 1 (en adelante, el Protocolo). El artículo 1 del Protocolo reconoce el derecho de toda persona física o moral al "respeto de sus bienes."
En el supuesto examinado por la STEDH 26 de abril de 2018, una nacional croata interpuso una demanda contra la República de Croacia ante el TEDH, alegando que se había vulnerado su derecho al disfrute pacífico de sus bienes por habérsele ordenado reintegrar las prestaciones por desempleo que percibió entre el 10 de junio de 1998 y el 27 de marzo de 2001 y que las autoridades croatas consideraron posteriormente indebidamente percibidas. Tras diversos avatares que se describen en los apartados 14 y siguientes de la STEDH, la demandante ante el TEDH fue condenada el 25 de febrero de 2009 por el correspondiente órgano jurisdiccional croata a reintegrar, concretamente, 2.600 euros, más los correspondientes intereses (apartado 27 de la STEDH).
La STEDH 26 de abril de 2018 declara que, en las circunstancias del caso, el requerimiento a la demandante de reembolsar el importe de las prestaciones por desempleo abonadas por error por la autoridad competente supone una carga individual excesiva para ella, por lo que declara vulnerado el artículo 1 del Protocolo (apartados 90 y 91).
En virtud de esa vulneración, la STEDH condena a la República de Croacia a abonar a la demandante 2.600 euros, más el impuesto que pueda ser exigible, en concepto de daños morales, y 2.130 euros, más el impuesto que pueda ser exigible, en concepto de costas y gastos. Como puede observarse, el TEDH condena a abonar a la interesada en concepto de daños morales exactamente la misma cantidad que se le reclamaba por percepción indebida de las prestaciones por desempleo.
Para llegar a esta conclusión, la STEDH 26 de abril de 2018 tiene muy en cuenta, en primer lugar, que la interesada no contribuyó a que la decisión de reconocerle la prestación de desempleo se adoptara o aplicara indebidamente, sin que tampoco se cuestionara su buena fe. Recuerda el TEDH, en este sentido, que "no se ha aducido que la demandante haya contribuido a la percepción indebida de prestaciones mediante alegaciones falsas u otros actos o hechos contrarios a la buena fe."
El TEDH tiene en cuenta, asimismo, en segundo lugar, que la prestación de desempleo satisface "necesidades básicas de subsistencia"; que la cantidad percibida por tal concepto fue "muy modesta"; y, en fin, que los órganos jurisdiccionales nacionales no tuvieron en cuenta la situación sanitaria y económica de la demandante.
El TEDH examina, en tercer lugar, si la intervención de las autoridades croatas ha logrado el justo equilibrio exigido entre las exigencias del interés general y las exigencias de protección del derecho de la demandante al disfrute pacífico de sus bienes, y si impone una carga desproporcionada y excesiva a la demandante. Para ello parte de que el error en el reconocimiento de la prestación por desempleo es "imputable únicamente a las autoridades estatales", y que, en el caso, no se trata tanto de la supresión de la prestación por desempleo de la demandante, sino de la obligación que se le impone de reintegrar las prestaciones ya percibidas. Recuerda el TEDH, en este sentido, su jurisprudencia de que los errores imputables únicamente a las autoridades estatales no deben, en principio, remediarse a expensas de la persona afectada, y que, cuando se trata de una cuestión de interés general, incumbe a las autoridades públicas actuar a su debido tiempo, de manera adecuada y coherente. El TEDH afirma que, en el supuesto, las autoridades incumplieron este principio de "buena gobernanza."
Y, a pesar de que las prestaciones por desempleo que la demandante no debería haber percibido eran enteramente el resultado de un error del Estado, se requirió a la demandante el reembolso íntegro, de manera que no se declaró ninguna responsabilidad del Estado, que evitó cualquier consecuencia de su propio error, y toda la carga recayó únicamente en la demandante.
Las consideraciones del TEDH, como ya se ha dicho, son plenamente aplicables al presente supuesto.
En efecto, en primer lugar, tampoco aquí el trabajador contribuyó, en modo alguno, a la resolución mediante la cual se reconoció la prestación por desempleo a partir del 1 de abril de 2020, realizando alegaciones falsas o cualquier acto contrario a la buena fe. Se debe recordar que la reducción de su jornada en un 75 por ciento fue fruto del acuerdo adoptado en el periodo de consultas del ERTE por la empresa y la representación de los trabajadores, sin que, por lo demás, tampoco este acuerdo colectivo realizara alegaciones falsas que llevaran a error al SEPE; por el contrario, se comunicó abierta y transparentemente a la autoridad laboral que la reducción de jornada era del 75 por ciento.
En segundo lugar, también aquí la prestación de desempleo satisface necesidades básicas de subsistencia. Igualmente se puede afirmar que la cantidad recibida y ahora reclamada es relativamente modesta (1.647,13 euros por el periodo de 1 de abril a 30 de mayo de 2020, según consta en el suplico de la demanda) y que tampoco se ha considerado la situación del trabajador, especialmente en el difícil contexto de la pandemia de la Covid-19.
Finalmente, también en el presente supuesto el error en el reconocimiento indebido de la prestación de desempleo es imputable únicamente al citado organismo público y, sin embargo, se requirió al trabajador la devolución de lo percibido, de manera que el SEPE evitó cualquier consecuencia de su propio error, y toda la carga recayó únicamente en el interesado.
En definitiva, la resolución inicial del SEPE ha hecho recaer toda la carga del error cometido sobre el trabajador, lo que conduce, en aplicación de la doctrina referida del TEDH, a la estimación del presente recurso de casación unificadora.
QUINTO. - Lo anteriormente razonado, de conformidad a lo informado por el Ministerio Fiscal, permite concluir en el sentido de entender que la sentencia recurrida no se atuvo a la buena doctrina al resolver el problema planteado y, por ello, el recurso debe ser estimado y, en consecuencia, procede casar y anular la sentencia recurrida y, resolviendo el debate planteado en suplicación, ha de estimarse el de tal clase interpuesto por la parte demandante, revocar la sentencia del juzgado de lo social y estimar la demanda del trabajador, declarando su derecho a recibir 1.647,13 euros en concepto de prestación de desempleo por el periodo reclamado (1 de abril a 30 de mayo de 2020). Todo ello sin imposición de imposición de costas, a tenor del art. 235 de la LRJS.
F A L L O Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido :
1.- Estimar el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por D. Rosendo y en su nombre y representación la letrada Dña. Ana Suárez Botas contra la sentencia núm. 2494/2022, de 7 de diciembre, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en recurso de suplicación núm. 2163/2022.
2.- Casar y anular la sentencia recurrida y, resolviendo el debate planteado en suplicación, estimar el recurso de tal clase interpuesto por el demandante y, revocar la sentencia núm. 395/2022, de 15 de julio, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Oviedo, en autos núm. 367/2021, estimando la demanda a instancias de D. Rosendo contra el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) sobre desempleo, declarando su derecho a recibir 1.647,13 euros en concepto de prestación de desempleo por el periodo reclamado (1 de abril a 30 de mayo de 2020).
3.- Sin imposición de costas. Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa
Las sentencias del TS y del TEDH lo que vienen a aplicar, es que sea un caso en el que el beneficiario no haya ocultado, ni tenido culpa alguna en la concesión del IMV -ya sea en los casos que se lo dieron de oficio como conversión del complemento por hijo a cargo-, o ya sea como solicitud del interesado.
Lo importante es que tanto el TS y TEDH aplican que hay una defecto de la administración, INSS en el otorgamiento, y que esto le genera un DAÑO de tener que devolverlo, además de que el Ingreso Mínimo Vital (IMV) está concedido en casos de pobreza, o vulnerabilidad social. Por lo tanto la necesidad económica es fundamental.
Aunque el IMV no es incompatible con otras ayudas no contributivas del SEPE (la RAI) y de las comunidades autónomas, como la Renta Mínima de Inserción -u otros nombres y modalidades según cada comunidad autónoma-, sin embargo, si ha habido un pago de otros prestaciones, al superar en su conjunto los umbrales o límites máximo de ingresos, se está "revocando" esos pagos y pidiendo la devolución.
La asociación ATD CUARTO MUNDO (Ver caja de herramientas) tiene varios formularios y archivos en su web como modelos para alegaciones, y algún video en youtube que ayuda en esto. También en el despacho os podemos orientar sobre estos casos.
Si desgraciadamente te encuentras entre una de estas familias, te recomiendo que contactes lo más pronto posible con una abogado especialista en la materia que pueda estudiar tu caso de modo personalizado y pueda presentar una RECLAMACIÓN PREVI en el plazo de 30 días hábiles. Si pasa el plazo y no reclamas puede ser firme y no podrás alegar motivos de fondo sustanciales, como errores de la administración, buena fe, y la doctrina del TS y TEDH la ultima jurisprudencia al respecto.
En el despacho llevamos alguna reclamación previa semejantes (consulta juanramonblancoaristin@icam.es).
Citamos así 2 casos en los que el Tribunal Supremo español (TS) con cita en una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos 26 de abril de 2018 (caso Èakareviæ v. Croaciaha dado la razón al reclamante y ha decidido que no procede la devolución de las cantidades cobras -supuestamente de modo indebido-.
Se dice en la STS de 30 de mayo de 2024 (3002/2024), la última doctrina al respecto en el fundamento jurídico segundo:
“Y es aquí, en este contexto, en el que debemos citar la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de 26 de abril de 2018 (caso Èakareviæ v. Croacia). A esta sentencia hicimos referencia en la STS 451/2023, de 27 de junio (rcud 2386/2020). Las sentencias comparadas se basaban, precisamente, en la STEDH 26 de abril de 2018, pero la STS 451/2023 apreció falta de contradicción entre ambas resoluciones.
4. La STEDH 26 de abril de 2018 (caso Èakareviæ v. Croacia), interpreta el artículo 1 del Protocolo Adicional al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, de 20 de marzo de 1952, ratificado por España y publicado en el BOE de 12 de enero de 1991, y que, posteriormente, cuando hubo más protocolos, pasó a denominarse Protocolo número 1 (en adelante, el Protocolo). El artículo 1 del Protocolo reconoce el derecho de toda persona física o moral al " respeto de sus bienes." En el supuesto examinado por la STEDH 26 de abril de 2018, una nacional croata interpuso una demanda contra la República de Croacia ante el TEDH, alegando que se había vulnerado su derecho al disfrute pacífico de sus bienes por habérsele ordenado reintegrar las prestaciones por desempleo que percibió entre el 10 de junio de 1998 y el 27 de marzo de 2001 y que las autoridades croatas consideraron posteriormente indebidamente percibidas. Tras diversos avatares que se describen en los apartados 14 y siguientes de la STEDH, la demandante ante el TEDH fue condenada el 25 de febrero de 2009 por el correspondiente órgano jurisdiccional croata a reintegrar, concretamente, 2.600 euros, más los correspondientes intereses (apartado 27 de la STEDH).
Pues bien, la STEDH 26 de abril de 2018 declara que, en las circunstancias del caso, el requerimiento a la demandante de reembolsar el importe de las prestaciones por desempleo abonadas por error por la autoridad competente 34 supone una carga individual excesiva para ella, por lo que declara vulnerado el artículo 1 del Protocolo (apartados 90 y 91).
En virtud de esa vulneración, la STEDH condena a la República de Croacia a abonar a la demandante 2.600 euros, más el impuesto que pueda ser exigible, en concepto de daños morales, y 2.130 euros, más el impuesto que pueda ser exigible, en concepto de costas y gastos. Como puede observarse, el TEDH condena a abonar a la interesada en concepto de daños morales exactamente la misma cantidad que se le reclamaba por percepción indebida de las prestaciones por desempleo.
Para llegar a esta conclusión, y en lo que aquí es de interés reseñar, la STEDH 26 de abril de 2018 tiene muy en cuenta, en primer lugar, que la interesada no contribuyó a que la decisión de reconocerle la prestación de desempleo se adoptara o aplicara indebidamente, sin que tampoco se cuestionara su buena fe. Recuerda el TEDH, en este sentido, que "no se ha aducido que la demandante haya contribuido a la percepción indebida de prestaciones mediante alegaciones falsas u otros actos o hechos contrarios a la buena fe."
El TEDH tiene en cuenta, asimismo, en segundo lugar, que la prestación de desempleo satisface "necesidades básicas de subsistencia"; que la cantidad percibida por tal concepto fue "muy modesta"; y, en fin, que los órganos jurisdiccionales nacionales no tuvieron en cuenta la situación sanitaria y económica de la demandante.
El TEDH examina, en tercer lugar, si la intervención de las autoridades croatas ha logrado el justo equilibrio exigido entre las exigencias del interés general y las exigencias de protección del derecho de la demandante al disfrute pacífico de sus bienes, y si impone una carga desproporcionada y excesiva a la demandante. Para ello parte de que el error en el reconocimiento de la prestación por desempleo es "imputable únicamente a las autoridades estatales", y que, en el caso, no se trata tanto de la supresión de la prestación por desempleo de la demandante, sino de la obligación que se le impone de reintegrar las prestaciones ya percibidas. Recuerda el TEDH, en este sentido, su jurisprudencia de que los errores imputables únicamente a las autoridades estatales no deben, en principio, remediarse a expensas de la persona afectada, y que, cuando se trata de una cuestión de interés general, incumbe a las autoridades públicas actuar a su debido tiempo, de manera adecuada y coherente. El TEDH afirma que, en el supuesto, las autoridades incumplieron este principio de "buena gobernanza."
Y, a pesar de que las prestaciones por desempleo que la demandante no debería haber percibido eran enteramente el resultado de un error del Estado, se requirió a la demandante el reembolso íntegro, de manera que no se declaró ninguna responsabilidad del Estado, que evitó cualquier consecuencia de su propio error, y toda la carga recayó únicamente en la demandante.
5. Las consideraciones anteriores son plenamente aplicables al presente supuesto. En efecto, y, en primer lugar, tampoco aquí el trabajador contribuyó, en modo alguno, a la resolución mediante la que se reconoció la prestación por desempleo durante el periodo 1 de abril al 13 de mayo de 2020, realizando alegaciones falsas o cualquier acto contrario a la buena fe. Se debe recordar que la reducción de su jornada en un 75 por ciento fue fruto del acuerdo adoptado en el periodo de consultas del ERTE por la empresa y la 35 representación de los trabajadores, sin que, por lo demás, tampoco este acuerdo colectivo realizara 5 JURISPRUDENCIA alegaciones falsas que llevaran a error al SPEE; por el contrario, se comunicó abierta y transparentemente a la autoridad laboral que la reducción de jornada era del 75 por ciento. En segundo lugar, también aquí la prestación de desempleo satisface necesidades básicas de subsistencia. Igualmente se puede afirmar que la cantidad recibida es relativamente modesta y que tampoco se ha considerado la situación del trabajador, especialmente en el difícil contexto de la pandemia de la Covid 19. Finalmente, también en el presente supuesto el error en el reconocimiento indebido de la prestación de desempleo es imputable únicamente al SPEE y, sin embargo, se requirió al trabajador la devolución íntegra de lo percibido, de manera que el SPPE evitó cualquier consecuencia de su propio error, y toda la carga recayó únicamente en el interesado. En efecto, como ya hemos recordado, la resolución inicial del SEPE, lejos de denegar la prestación de desempleo, reconocerla solo hasta el 70 por ciento de reducción de jornada o advertir que solo se podía admitir si la reducción de jornada no superaba ese 70 por ciento, reconoció al trabajador la prestación por desempleo a pesar de que su reducción de la jornada superaba el máximo del 70 por ciento. Y, en este contexto, no parece razonable que toda la carga del error recaiga únicamente sobre el trabajador. 6. La argumentación hasta aquí realizada conduce a estimar el presente recurso de casación unificadora."
Aplicando dicha doctrina al caso concreto, resulta evidente que la sentencia recurrida debe ser revocada.
TERCERO.-.1. De acuerdo con lo razonado, y de conformidad con lo informado por el Ministerio Fiscal, procede: estimar el recurso de casación para la unificación de doctrina; casar y anular la sentencia recurrida; y resolver el debate de suplicación, en el sentido de estimar el recurso de tal clase, revocar la sentencia del juzgado de lo social y estimar la demanda del trabajador, declarando el derecho del actor a percibir la cantidad correspondiente a la prestación por desempleo en el periodo reclamado (1 de abril a 13 de mayo de 2020) por la reducción del 75 % de la jornada e importe de 1.180,45 €. No procede la imposición de costas ( artículo 235.1 LRJS).
Esta magistral doctrina del TEDH y del TS al incorporarla al derecho y jurisprudencia internos. Se ha convertido también en jurisprudencia interna del TS -aunque no está siendo aplicada en todo caso puesto que algún otra sentencia -ya la comentaremos- dice que no hay identidad de supuestos y no la aplica por entender que no es el mismo caso.
Además de ello, también se puede citar la más reciente sentencia de la Sala 4ª, de 29-4-2024, (rec. 858/2022; ECLI:ES:TS:2024:2330 ), y siguiendo doctrina anterior de la misma sala de 4-4-2014, se opone a al reintegro de cualesquiera prestaciones de seguridad social indebidamente percibidas por error exclusivo de la Administración el peculiar y expansivo derecho de propiedad del artículo 1 del protocolo núm. 1 al Convenio Europeo de Derechos Humanos, en la interpretación auténtica del TEDH, cuando se trata de prestaciones sociales que constituyan el sustento básico de sus titulares y que el indebido reconocimiento de las mismas sea atribuible en exclusiva al error o mala praxis de la Administración, sin fraude o mala fe alguna por parte de los administrados beneficiario.
Dice la Sentencia del TS de 29 de abril de 20 (STS 2337/2024 - ECLI:ES:TS:2024:2337 Id Cendoj: 28079140012024100545 Ponente: MARIA LUZ GARCIA PAREDES):
Con estas mismas circunstancias que ahora concurren, esta Sala consideró aplicables al caso las consideraciones contenidas en la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ( TEDH) de 26 de abril de 2018 (caso Cakarevic v. Croacia), la cual interpreta el artículo 1 del Protocolo Adicional al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, de 20 de marzo de 1952, ratificado por España y publicado en el BOE de 12 de enero de 1991, y que, posteriormente, cuando hubo más protocolos, pasó a denominarse Protocolo número 1 (en adelante, el Protocolo). El artículo 1 del Protocolo reconoce el derecho de toda persona física o moral al "respeto de sus bienes."
En el supuesto examinado por la STEDH 26 de abril de 2018, una nacional croata interpuso una demanda contra la República de Croacia ante el TEDH, alegando que se había vulnerado su derecho al disfrute pacífico de sus bienes por habérsele ordenado reintegrar las prestaciones por desempleo que percibió entre el 10 de junio de 1998 y el 27 de marzo de 2001 y que las autoridades croatas consideraron posteriormente indebidamente percibidas. Tras diversos avatares que se describen en los apartados 14 y siguientes de la STEDH, la demandante ante el TEDH fue condenada el 25 de febrero de 2009 por el correspondiente órgano jurisdiccional croata a reintegrar, concretamente, 2.600 euros, más los correspondientes intereses (apartado 27 de la STEDH).
La STEDH 26 de abril de 2018 declara que, en las circunstancias del caso, el requerimiento a la demandante de reembolsar el importe de las prestaciones por desempleo abonadas por error por la autoridad competente supone una carga individual excesiva para ella, por lo que declara vulnerado el artículo 1 del Protocolo (apartados 90 y 91).
En virtud de esa vulneración, la STEDH condena a la República de Croacia a abonar a la demandante 2.600 euros, más el impuesto que pueda ser exigible, en concepto de daños morales, y 2.130 euros, más el impuesto que pueda ser exigible, en concepto de costas y gastos. Como puede observarse, el TEDH condena a abonar a la interesada en concepto de daños morales exactamente la misma cantidad que se le reclamaba por percepción indebida de las prestaciones por desempleo.
Para llegar a esta conclusión, la STEDH 26 de abril de 2018 tiene muy en cuenta, en primer lugar, que la interesada no contribuyó a que la decisión de reconocerle la prestación de desempleo se adoptara o aplicara indebidamente, sin que tampoco se cuestionara su buena fe. Recuerda el TEDH, en este sentido, que "no se ha aducido que la demandante haya contribuido a la percepción indebida de prestaciones mediante alegaciones falsas u otros actos o hechos contrarios a la buena fe."
El TEDH tiene en cuenta, asimismo, en segundo lugar, que la prestación de desempleo satisface "necesidades básicas de subsistencia"; que la cantidad percibida por tal concepto fue "muy modesta"; y, en fin, que los órganos jurisdiccionales nacionales no tuvieron en cuenta la situación sanitaria y económica de la demandante.
El TEDH examina, en tercer lugar, si la intervención de las autoridades croatas ha logrado el justo equilibrio exigido entre las exigencias del interés general y las exigencias de protección del derecho de la demandante al disfrute pacífico de sus bienes, y si impone una carga desproporcionada y excesiva a la demandante. Para ello parte de que el error en el reconocimiento de la prestación por desempleo es "imputable únicamente a las autoridades estatales", y que, en el caso, no se trata tanto de la supresión de la prestación por desempleo de la demandante, sino de la obligación que se le impone de reintegrar las prestaciones ya percibidas. Recuerda el TEDH, en este sentido, su jurisprudencia de que los errores imputables únicamente a las autoridades estatales no deben, en principio, remediarse a expensas de la persona afectada, y que, cuando se trata de una cuestión de interés general, incumbe a las autoridades públicas actuar a su debido tiempo, de manera adecuada y coherente. El TEDH afirma que, en el supuesto, las autoridades incumplieron este principio de "buena gobernanza."
Y, a pesar de que las prestaciones por desempleo que la demandante no debería haber percibido eran enteramente el resultado de un error del Estado, se requirió a la demandante el reembolso íntegro, de manera que no se declaró ninguna responsabilidad del Estado, que evitó cualquier consecuencia de su propio error, y toda la carga recayó únicamente en la demandante.
Las consideraciones del TEDH, como ya se ha dicho, son plenamente aplicables al presente supuesto.
En efecto, en primer lugar, tampoco aquí el trabajador contribuyó, en modo alguno, a la resolución mediante la cual se reconoció la prestación por desempleo a partir del 1 de abril de 2020, realizando alegaciones falsas o cualquier acto contrario a la buena fe. Se debe recordar que la reducción de su jornada en un 75 por ciento fue fruto del acuerdo adoptado en el periodo de consultas del ERTE por la empresa y la representación de los trabajadores, sin que, por lo demás, tampoco este acuerdo colectivo realizara alegaciones falsas que llevaran a error al SEPE; por el contrario, se comunicó abierta y transparentemente a la autoridad laboral que la reducción de jornada era del 75 por ciento.
En segundo lugar, también aquí la prestación de desempleo satisface necesidades básicas de subsistencia. Igualmente se puede afirmar que la cantidad recibida y ahora reclamada es relativamente modesta (1.647,13 euros por el periodo de 1 de abril a 30 de mayo de 2020, según consta en el suplico de la demanda) y que tampoco se ha considerado la situación del trabajador, especialmente en el difícil contexto de la pandemia de la Covid-19.
Finalmente, también en el presente supuesto el error en el reconocimiento indebido de la prestación de desempleo es imputable únicamente al citado organismo público y, sin embargo, se requirió al trabajador la devolución de lo percibido, de manera que el SEPE evitó cualquier consecuencia de su propio error, y toda la carga recayó únicamente en el interesado.
En definitiva, la resolución inicial del SEPE ha hecho recaer toda la carga del error cometido sobre el trabajador, lo que conduce, en aplicación de la doctrina referida del TEDH, a la estimación del presente recurso de casación unificadora.
QUINTO. - Lo anteriormente razonado, de conformidad a lo informado por el Ministerio Fiscal, permite concluir en el sentido de entender que la sentencia recurrida no se atuvo a la buena doctrina al resolver el problema planteado y, por ello, el recurso debe ser estimado y, en consecuencia, procede casar y anular la sentencia recurrida y, resolviendo el debate planteado en suplicación, ha de estimarse el de tal clase interpuesto por la parte demandante, revocar la sentencia del juzgado de lo social y estimar la demanda del trabajador, declarando su derecho a recibir 1.647,13 euros en concepto de prestación de desempleo por el periodo reclamado (1 de abril a 30 de mayo de 2020). Todo ello sin imposición de imposición de costas, a tenor del art. 235 de la LRJS.
F A L L O Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido :
1.- Estimar el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por D. Rosendo y en su nombre y representación la letrada Dña. Ana Suárez Botas contra la sentencia núm. 2494/2022, de 7 de diciembre, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en recurso de suplicación núm. 2163/2022.
2.- Casar y anular la sentencia recurrida y, resolviendo el debate planteado en suplicación, estimar el recurso de tal clase interpuesto por el demandante y, revocar la sentencia núm. 395/2022, de 15 de julio, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Oviedo, en autos núm. 367/2021, estimando la demanda a instancias de D. Rosendo contra el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) sobre desempleo, declarando su derecho a recibir 1.647,13 euros en concepto de prestación de desempleo por el periodo reclamado (1 de abril a 30 de mayo de 2020).
3.- Sin imposición de costas. Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa
Las sentencias del TS y del TEDH lo que vienen a aplicar, es que sea un caso en el que el beneficiario no haya ocultado, ni tenido culpa alguna en la concesión del IMV -ya sea en los casos que se lo dieron de oficio como conversión del complemento por hijo a cargo-, o ya sea como solicitud del interesado.
Lo importante es que tanto el TS y TEDH aplican que hay una defecto de la administración, INSS en el otorgamiento, y que esto le genera un DAÑO de tener que devolverlo, además de que el Ingreso Mínimo Vital (IMV) está concedido en casos de pobreza, o vulnerabilidad social. Por lo tanto la necesidad económica es fundamental.
Aunque el IMV no es incompatible con otras ayudas no contributivas del SEPE (la RAI) y de las comunidades autónomas, como la Renta Mínima de Inserción -u otros nombres y modalidades según cada comunidad autónoma-, sin embargo, si ha habido un pago de otros prestaciones, al superar en su conjunto los umbrales o límites máximo de ingresos, se está "revocando" esos pagos y pidiendo la devolución.
La asociación ATD CUARTO MUNDO (Ver caja de herramientas) tiene varios formularios y archivos en su web como modelos para alegaciones, y algún video en youtube que ayuda en esto. También en el despacho os podemos orientar sobre estos casos.
CASE OF CRUZ GARCIA v. SPAIN - [Spanish Translation] by the Spanish Ministry of Justice.pdf
(279.08 Kb)
traducción CASE OF ČAKAREVIĆ v. CROATIA (1).pdf (692.77 Kb)
STS_3002_2024.pdf (138.42 Kb)
STS_2337_2024 (2).pdf (146.12 Kb)
traducción CASE OF ČAKAREVIĆ v. CROATIA (1).pdf (692.77 Kb)
STS_3002_2024.pdf (138.42 Kb)
STS_2337_2024 (2).pdf (146.12 Kb)
INSTITUTO DE DERECHOS HUMANOS SRI AUROBINDO
Inscribir la Paz en el corazón de la Educación y el Aprendizaje
PREÁMBULO
CONSIDERANDO:
La Carta de las Naciones Unidas (1945);
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948);
La Declaración y el Programa de acción sobre una cultura de paz (1999);
La Declaración del Milenio (2000);
El acuerdo de París (2015);
La Resolución 71/189 de la Asamblea general titulada « Declaración sobre el derecho a la paz » (19 de diciembre de 2016);
La Declaración de París de la Organización No Gubernamental Asociación Internacional Sufí Alauía (AISA ONG Internacional) (2017);
La Resolución 72/130 de la Asamblea General de Naciones Unidas adoptada por unanimidad, que proclama el 16 de mayo: Día internacional de la convivencia en paz (8 de diciembre de 2017) presentada por Argelia;
La Declaración de Düsseldorf: Convivencia en la Ciudades – Los alcaldes se comprometen con la diversidad y la inclusión (2019);
La Declaración y el Marco de acción integrado sobre a la educación para la paz, los derechos humanos y la democracia (1994);
La Declaración sobre las responsabilidades de las generaciones actuales para con las generaciones futuras (1997);
La Declaración universal de la UNESCO sobre la diversidad cultural (2001);
La Convención para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial (2003);
La Recomendación sobre la ética de la inteligencia artificial (2021);
La Recomendación sobre la Educación para la Paz y los Derechos Humanos, la Comprensión Internacional, la Cooperación, las Libertades Fundamentales, la Ciudadanía Mundial y el Desarrollo Sostenible (2023);
La Declaración de los Derechos del Niño (1959);
La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979);
La Convención sobre los Derechos del Niño (1989);
La Declaración de las Naciones Unidas sobre educación y formación en materia de derechos humanos (2011);
La Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre políticas y programas que movilizan a los jóvenes (2021);
El Plan de acción del Programa mundial de educación en materia de Derechos Humanos (2006);
El Programa de acción mundial de las Naciones Unidas para los Jóvenes (2010);
La Declaración de Incheon y el Marco de acción: Hacia una educación de calidad inclusiva y equitativa y un aprendizaje a lo largo de toda la vida para todos (2015);
La Declaración de Berlín sobre la Educación al Desarrollo Sostenible (2021);
La Declaración de París: un llamado global para invertir en el futuro de la educación (2021);
La Declaración de la juventud sobre la transformación de la educación (2022);
CONSIDERANDO QUE:
La 7ª edición del DICEP, celebrada en Ginebra el 16 de mayo de 2024, reunió a Estados Miembros de las Naciones Unidas, ONG, escuelas y la sociedad civil en torno a una promoción a favor de la integración de la Educación a la Cultura de Paz en los programas escolares y el aprendizaje.
AFIRMANDO QUE:
La Paz es un estado del ser basado en los valores de Convivir y Actuar Juntos en Paz, y no simplemente la ausencia de guerras o de conflictos;
La Educación a la Cultura de Paz es una palanca decisiva para hacer frente a las múltiples crisis que amenazan sobre todo a los jóvenes y a las generaciones futuras, colocándonos en una situación de evidente urgencia planetaria;
Estas crisis estructurales exigen respuestas igualmente estructurales, que requieren una nueva mirada sobre el mundo y un replanteamiento de los paradigmas existentes para el surgimiento de una nueva conciencia universal al servicio de la Paz;
En consecuencia, nosotros, los socios firmantes de la presente Declaración de Ginebra, reunidos en red, nos comprometemos a aplicar la presente Declaración de conformidad con los artículos enunciados a continuación.
ARTÍCULO 1
Marco común de referencia
La presente Declaración de Ginebra representa nuestro marco común de referencia. En conformidad con los objetivos de desarrollo sostenible «Educación de calidad» (ODS 4) y «Paz, Justicia e Instituciones Eficaces » (ODS 16), ofrece orientaciones y propuestas para concretizar una visión común orientada a situar la Paz en el corazón de la educación y el aprendizaje.
ARTÍCULO 2
La Paz en el corazón de la Educación
La presente Declaración nos compromete a movilizar todos nuestros esfuerzos para la integración de la Educación a la Cultura de Paz en todos los programas de enseñanza y aprendizaje permanente.
ARTÍCULO 3
Desarrollo y promoción de la pedagogía ECP
La presente Declaración nos compromete a colaborar en sinergia para contribuir al desarrollo y la pedagogía de la Educación a la Cultura de Paz, en particular mediante la implantación de cursos de formación destinados a profesores y educadores.
ARTÍCULO 4
Desarrollo de la red de colaboradores ECP
La presente Declaración nos compromete a:
llevar a cabo acciones de información, sensibilización y movilización ante todas las partes implicadas (instituciones educativas, educadores, profesores, padres, autoridades decisorias, sociedad civil, empresas y ciudadanos de todo el mundo);
invitar a todas las partes implicadas a convertirse en colaboradores y a poner en sinergia todas nuestras competencias, nuestros activos, nuestros conocimientos y nuestras tecnologías al servicio de la visión común.
ARTÍCULO 5
Escuelas de la Paz y Academia Internacional de la Paz
La presente Declaración nos compromete a trabajar juntos para desarrollar la red de escuelas de la Paz y la creación de una Academia Internacional de la Paz dedicadas a la Educación a la Cultura de Paz.
La creación de escuelas de la Paz por todo el mundo, en las que se enseñan los valores del saber vivir y la resolución pacífica de conflictos, tiene como objetivo formar nuevas generaciones de ciudadanos libres, responsables y comprometidos con la construcción de su futuro, los unos con los otros y no los unos contra los otros.
La Academia Internacional de la Paz se propone desempeñar un papel central en la aplicación de la presente declaración, siendo un espacio colectivo de intercambio y de recursos dedicado a la enseñanza de la Cultura de Paz, que ofrece programas de formación a profesores, educadores, padres y autoridades con capacidad de decisión. La Academia se propone, en particular, reforzar y promover la Convivencia y la Acción Conjunta en Paz, la mediación y la Paz económica a todos los niveles de la sociedad.
ARTÍCULO 6
Promoción y evaluación
La presente Declaración nos compromete a organizar cada año, en torno al Día Internacional de la Convivencia en Paz, una conferencia internacional para el intercambio de prácticas y propuestas pedagógicas con el fin de promover la Educación a la Cultura de Paz e inscribirla en las políticas educativas a nivel mundial.
ARTÍCULO 7
La Educación a la Cultura de Paz: un derecho fundamental universal
La presente Declaración nos compromete a actuar para que la Educación a la Cultura de Paz sea reconocida como un derecho humano fundamental.
EN FE DE LO CUAL, nosotros socios firmantes, firmamos la presente Declaración de Ginebra,
HECHO en Ginebra, el jueves dieciséis de mayo de dos mil veinticuatro.
CONSIDERANDO:
La Carta de las Naciones Unidas (1945);
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948);
La Declaración y el Programa de acción sobre una cultura de paz (1999);
La Declaración del Milenio (2000);
El acuerdo de París (2015);
La Resolución 71/189 de la Asamblea general titulada « Declaración sobre el derecho a la paz » (19 de diciembre de 2016);
La Declaración de París de la Organización No Gubernamental Asociación Internacional Sufí Alauía (AISA ONG Internacional) (2017);
La Resolución 72/130 de la Asamblea General de Naciones Unidas adoptada por unanimidad, que proclama el 16 de mayo: Día internacional de la convivencia en paz (8 de diciembre de 2017) presentada por Argelia;
La Declaración de Düsseldorf: Convivencia en la Ciudades – Los alcaldes se comprometen con la diversidad y la inclusión (2019);
La Declaración y el Marco de acción integrado sobre a la educación para la paz, los derechos humanos y la democracia (1994);
La Declaración sobre las responsabilidades de las generaciones actuales para con las generaciones futuras (1997);
La Declaración universal de la UNESCO sobre la diversidad cultural (2001);
La Convención para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial (2003);
La Recomendación sobre la ética de la inteligencia artificial (2021);
La Recomendación sobre la Educación para la Paz y los Derechos Humanos, la Comprensión Internacional, la Cooperación, las Libertades Fundamentales, la Ciudadanía Mundial y el Desarrollo Sostenible (2023);
La Declaración de los Derechos del Niño (1959);
La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979);
La Convención sobre los Derechos del Niño (1989);
La Declaración de las Naciones Unidas sobre educación y formación en materia de derechos humanos (2011);
La Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre políticas y programas que movilizan a los jóvenes (2021);
El Plan de acción del Programa mundial de educación en materia de Derechos Humanos (2006);
El Programa de acción mundial de las Naciones Unidas para los Jóvenes (2010);
La Declaración de Incheon y el Marco de acción: Hacia una educación de calidad inclusiva y equitativa y un aprendizaje a lo largo de toda la vida para todos (2015);
La Declaración de Berlín sobre la Educación al Desarrollo Sostenible (2021);
La Declaración de París: un llamado global para invertir en el futuro de la educación (2021);
La Declaración de la juventud sobre la transformación de la educación (2022);
CONSIDERANDO QUE:
La 7ª edición del DICEP, celebrada en Ginebra el 16 de mayo de 2024, reunió a Estados Miembros de las Naciones Unidas, ONG, escuelas y la sociedad civil en torno a una promoción a favor de la integración de la Educación a la Cultura de Paz en los programas escolares y el aprendizaje.
AFIRMANDO QUE:
La Paz es un estado del ser basado en los valores de Convivir y Actuar Juntos en Paz, y no simplemente la ausencia de guerras o de conflictos;
La Educación a la Cultura de Paz es una palanca decisiva para hacer frente a las múltiples crisis que amenazan sobre todo a los jóvenes y a las generaciones futuras, colocándonos en una situación de evidente urgencia planetaria;
Estas crisis estructurales exigen respuestas igualmente estructurales, que requieren una nueva mirada sobre el mundo y un replanteamiento de los paradigmas existentes para el surgimiento de una nueva conciencia universal al servicio de la Paz;
En consecuencia, nosotros, los socios firmantes de la presente Declaración de Ginebra, reunidos en red, nos comprometemos a aplicar la presente Declaración de conformidad con los artículos enunciados a continuación.
ARTÍCULO 1
Marco común de referencia
La presente Declaración de Ginebra representa nuestro marco común de referencia. En conformidad con los objetivos de desarrollo sostenible «Educación de calidad» (ODS 4) y «Paz, Justicia e Instituciones Eficaces » (ODS 16), ofrece orientaciones y propuestas para concretizar una visión común orientada a situar la Paz en el corazón de la educación y el aprendizaje.
ARTÍCULO 2
La Paz en el corazón de la Educación
La presente Declaración nos compromete a movilizar todos nuestros esfuerzos para la integración de la Educación a la Cultura de Paz en todos los programas de enseñanza y aprendizaje permanente.
ARTÍCULO 3
Desarrollo y promoción de la pedagogía ECP
La presente Declaración nos compromete a colaborar en sinergia para contribuir al desarrollo y la pedagogía de la Educación a la Cultura de Paz, en particular mediante la implantación de cursos de formación destinados a profesores y educadores.
ARTÍCULO 4
Desarrollo de la red de colaboradores ECP
La presente Declaración nos compromete a:
llevar a cabo acciones de información, sensibilización y movilización ante todas las partes implicadas (instituciones educativas, educadores, profesores, padres, autoridades decisorias, sociedad civil, empresas y ciudadanos de todo el mundo);
invitar a todas las partes implicadas a convertirse en colaboradores y a poner en sinergia todas nuestras competencias, nuestros activos, nuestros conocimientos y nuestras tecnologías al servicio de la visión común.
ARTÍCULO 5
Escuelas de la Paz y Academia Internacional de la Paz
La presente Declaración nos compromete a trabajar juntos para desarrollar la red de escuelas de la Paz y la creación de una Academia Internacional de la Paz dedicadas a la Educación a la Cultura de Paz.
La creación de escuelas de la Paz por todo el mundo, en las que se enseñan los valores del saber vivir y la resolución pacífica de conflictos, tiene como objetivo formar nuevas generaciones de ciudadanos libres, responsables y comprometidos con la construcción de su futuro, los unos con los otros y no los unos contra los otros.
La Academia Internacional de la Paz se propone desempeñar un papel central en la aplicación de la presente declaración, siendo un espacio colectivo de intercambio y de recursos dedicado a la enseñanza de la Cultura de Paz, que ofrece programas de formación a profesores, educadores, padres y autoridades con capacidad de decisión. La Academia se propone, en particular, reforzar y promover la Convivencia y la Acción Conjunta en Paz, la mediación y la Paz económica a todos los niveles de la sociedad.
ARTÍCULO 6
Promoción y evaluación
La presente Declaración nos compromete a organizar cada año, en torno al Día Internacional de la Convivencia en Paz, una conferencia internacional para el intercambio de prácticas y propuestas pedagógicas con el fin de promover la Educación a la Cultura de Paz e inscribirla en las políticas educativas a nivel mundial.
ARTÍCULO 7
La Educación a la Cultura de Paz: un derecho fundamental universal
La presente Declaración nos compromete a actuar para que la Educación a la Cultura de Paz sea reconocida como un derecho humano fundamental.
EN FE DE LO CUAL, nosotros socios firmantes, firmamos la presente Declaración de Ginebra,
HECHO en Ginebra, el jueves dieciséis de mayo de dos mil veinticuatro.
INSTITUTO DE DERECHOS HUMANOS SRI AUROBINDO
Presentación del Libro en Ecocentro, el viernes 24 de mayo de 2024.
He tenido la oportunidad de participar en la presentación del precioso Libro de mi querido amigo, Vicente Merlo, doctor en filosofía, uno de los mejores filósofos orientalistas en España, reconocido internacionalmente. Ha dado muchas conferencias internacionales, en Iberoamérica desde hace muchos años.
Realizó su tesis doctoral en 1990, sobre la obra de Sri Aurobindo, después de estar estudiando en India, durante 2 años. Lleva más de 35 años dedicados al estudio de hinduismo, budismo, y religiones orientales de un modo riguroso y académico.
Una de sus obras, muy conocida es Las Enseñanzas de Sri Aurobindo, producto de su tesis doctoral.
Realizó su tesis doctoral en 1990, sobre la obra de Sri Aurobindo, después de estar estudiando en India, durante 2 años. Lleva más de 35 años dedicados al estudio de hinduismo, budismo, y religiones orientales de un modo riguroso y académico.
Una de sus obras, muy conocida es Las Enseñanzas de Sri Aurobindo, producto de su tesis doctoral.
INSTITUTO DE DERECHOS HUMANOS SRI AUROBINDO
CARTA ABIERTA SOBRE LA MENTIRA Y FALSEDAD DE OCCIDENTE. MIRANDO Y CONSTRUYENDO LA PAZ EN EUROPA SIN IMPOSICIONES DE EEUU, Y SU GUERRA NUCLEAR PROGRAMADA DESDE OCTUBRE DE 2021-2022.
El matrimonio, divorcio y separación de estados es una realidad que debe transitarse sin guerras, genocidios ni persecuciones.
Conscientes que la construcción de una “federación de estados” previos, como lo fueran la URSS centralizados en Rusia, comparten durante muchos años –antes y después- un esfuerzo común económico, intelectual, espiritual y humano conjunto de todas las repúblicas en la construcción de un país y su estado. O en diversos vecinos países que deben fijar nuevos valores de la PAZ en la diversidad, sin que los extremismos fascistas, neonazis y de ultraderecha, fundamentalismo e integrismo, como un caso más grave de un monopolio del “complejo industrial militar.” que ya denunció el Sr. Eisenhower en su discurso de despedida de 17 de enero de 1961, y que es una confesión jurídica internacional, un testamento al mundo para preservar la democracia, la libertad y los derechos de todo el mundo, y la denuncia de la “Conspiración monolítica y despiadada” que proclamó como el mal de la democracia de su país, el Presidente de USA, John F Kennedy, y que para mucho le llevó a ser asesinado –muerte que prueba que su denuncia era auténtica, verídica y cierta-, como lo fue el poder del apartheid social, semiesclavitud del pueblo negro en los años 60` –y lo sigue siendo en cientos de manera de discriminación racial y xenófoba, sistemática, en la que se culpa más al negro que al blanco, y se le condena más fácilmente por prejuicios y sesgos cognitivos, predispuestos como prejuicios sociales ultrajantes de la igualdad de que todos los hombres nacen libres e iguales, y así deben de prevalecer, sin que el estado lo ataque de uno u otro modo.
Estamos viviendo un ciclo y era de “neo-colonialismo militar colectivo”, un secuestro de la soberanía e independencia de los países, en una organización que puede actuar mafiosamente y con impunidad total en el mundo entero. Incluso ha “privatizado la guerra” con grupos militares o paramilitares, altamente pagados por sus cúpulas, lo que debe ser denominado como una forma institucionalizada del “neo-terrorismo” económico y financiero. Empresas letales que pueden llevar vehículos blindados, helicópteros, misiles, (millones de euros, en contratos y decenas de contratos que no se sabe quién dispara y quien mata u ordena matar, etc. y crecen en los conflictos bélicos masivos (40 países haciendo la guerra masiva en otros estados, y con otras tantas centenares de organizaciones privadas y secretas en diversas incursiones pagadas por jeques, y otros millonarios).
Solo hay dos tipos de matanzas masivas: -la “guerra (justa o de agresión) y -el “terrorismo” (terrorismo tradicional, el terrorismo de estados, y el terrorismo de empresas ahora) que ahora adopta la forma de “terrorismo empresarial” exportado por EEUU, Inglaterra, etc., (y que usan por ejemplo niños soldado (Kenia y Sierra Leona)) en guerras como Afganistán). Las empresas militares privadas son modos de terrorismo oficioso encubierto, -ninguna empresa puede tener por objeto matar, asesinar, secuestrar, invadir otro estado, etc.-
Eso implica que Ucrania reconoce esa labor de que ha sido con la URSS desde su fundación como estado independiente de 1917, un territorio autónomo o federal, hasta su independencia definitiva en la desmembración de la URSS en 1991.
Todos los estados evolucionan, y tienen cambios territoriales estructurales, pierden territorios, los venden, ceden, se escinden, o se incorporan y anexionan. Esto viene ocurriendo en Europa cada 20, 30, 40, o 50 años, con todo tipo de guerras durante el siglo XIX, XX y XXI. Estos cambios ocurren y el derecho va detrás a adaptarse a las nuevas circunstancias cambiantes.
Ha ocurrido ya que algunos países vecinos se odian durante décadas, y una y otras generaciones, han tenido diversos sucesos de guerra, combate y conflicto mutuo, en el que las agresiones y crímenes respectivos están grabados en el muro de su historia. Muchos estados conviven en esta situación de guerra sucia y subversiva innegable, bajo una apariencia externa, o una coraza de supuesta legalidad internacional falsa.
Esta es una coraza falsa o telón de falsedad, al igual que aquel otro telón de acero, que es un telón de falsedad armada, amenazante y coactiva “sin ley ni orden” que la pueda manejar. Esta es la realidad del mundo actual. Es lo que ocurre actualmente en Europa, y EEUU, pues “occidente” vive en una “GRAN FALSEDAD” del sistema tapadera –que no se sabe si es el fondo del conflicto, o la mascarada que lo soporta-.
Por supuesto en oriente no es distinto, es igual. Sin embargo no es el que crea el paraguas de la realidad cognitiva de estándares, paradigmas y dogmas del derecho, la opinión pública, y la raza militante (los imperantes y su séquito que dijo J. Burckhardt).
La ONU está en una profunda crisis y es manipulada por diversos “golpes de estado”, o “golpes de estados en la ONU" ("ONUtismos”) en los que la cúpula del Consejo de Seguridad, la Asamblea General o el Secretario General son invadidos por fuerzas, gestos y teatros preparados para derrocar la igualdad soberana de los estados, en la hegemonía de unos estados (tiranos) sobre otros, bajo la camisa de fuerza de la denominada de "su orden o seguridad internacional”. Siempre ha habido dictadores y tiranos, el problema más grave es que no eran descubiertos hasta que había sido tarde (como ahora ocurre, con la guerra nuclear programada que aquí se denuncia, si no se sabe actuar).
Cualquiera que niegue esto es caer en el idealismo de los supervalores cegadores que ocultan el mundo de las intenciones ocultas, tapadas y encubiertas, enterrado en una interminable mascaradas de hipócritas palabras y términos, que son el eufemismo de la gran disonancia cognitiva del mundo con la realidad.
La olla a presión y la camisa de fuerza son los símbolos de la locura y crimen estatalizado y garantizado a perpetuidad. ¿Cuántos cientos o miles de crímenes comete cada estado al día?, ¿más de 300, 3000, o 30000 cada día en total?. Este podría ser un número más o menos acertado de la impunidad real de la tapadera estatal que justifica ciertos crímenes para perseguir otros, y a veces los crea y financia en ambos bandos. Puesto que el crimen vende, y es un negocio maravilloso (venta de armas, venta de tráfico de influencia en todas las cúpulas, chantajes, amenazas, extorsiones, sobornos y estafas negociales generalizadas, quebramiento de la palabra y del compromiso sistemático, etc.).
Uno de los monstruos más grandes después de la segunda guerra mundial, fue una militarizada cruzada de odio recíproco entre este y oeste, entre occidente y oriente, entre EEUU y Rusia. En ese monstruo también formaron parte otros estados europeos y asiáticos (Alemania, Benelux, Inglaterra (el imperio inglés), o China, Corea, Vietnam). Esto puso de manifiesto que el espionaje y la guerra sucia eran una nueva forma de “guerra de civilizaciones”.
Estamos ante un choque de civilizaciones (EEUU, contra Europa, controlando bajo su puño y letra a la UE, que solo saben repetir lo que el “jefe”, el que se cree dueño del mundo, (cuando se dice dueño se dice cabeza dictatorial de toda organización, OTAN, G7, G20, y sistemas mundiales, además de los foros mundiales que han sido en lo “secreto” la generación de "una mafia para-política”, una “secretaria mafiosa de líderes mundiales", que les reúnen en clubs, asociaciones, conferencias, contubernios varios y diversos para controlar en privado la gestión en casa de todo el “negocio del mundo”.
Recuerda Eduardo Galeano que Shakespeare en el Rey Lear decía que "los locos conducen a los ciegos " (políticos ciegos para precisar en este asunto). Y la locura del mundo en el que vivimos es el producto concreto y real de lo que hemos hecho de él, un mundo ingobernable por la palabra, la sinceridad y la verdad, donde la fuerza del engaño y falsedad es la ley común de todos los salones y palacios de la “secreta ley del mundo oficial”, la antesala y sustrato del sistema de sistemas mundiales.
El fracaso de la política y la diplomacia en el mundo nos ha conducido a esta situación actual. En razón de la capa de falsedad de las mentes y corazones del egoísmo occidental Una crónica ya anunciada cuyo final, sino se toma en muy, muy en serio estas palabras puede derivar en su objetivo o plan B: “la destrucción total nuclear”.
El odio es la forma más antidemocrática que existe y puede llevar a formas sociopatológicas, o “democratopatológicas”.
Deformar la conciencia de un grupo, dañar su identidad, cambiarla, subyugarla, o someterla a “campos de dominio y concentración”.
Esa ley ya tiene su propio lenguaje/s que es el idioma oficial del rechazo a la verdad, que no se puede mencionar porque ofende a la falsedad, y que reta con duelos a muerte a cualquier voz que diga lo contrario, aunque todos lo digan o lo piensen.
La humanidad está sumida en un genocidio de falsedades, impunidades, y todo-poderosas fuerzas hostiles, antagonistas, agresivas y violentas, en la que se “entierra” cualquier disidente.
Una maquina altamente efectiva como la denominó el presidente de EEUU, John F Kennedy en su discurso famoso “El presidente y la prensa”, sobre la denuncia de “la conspiración monolítica y despiadada” que combina operaciones de inteligencia, diplomáticas, políticas, económicas y científicas como la que ahora nos encontramos aquí denunciada.
Esta máquina de la falsedad mata sin el más mínimo pudor cualquier posible libertad. La prisión cognitiva a la que se ha sometido a la humanidad es tan grande que no existe ni una sola mente en el mundo que pueda ser capaz de denunciar los miles de negocios sucios, y ocultos, y las mafias transfronterizas en la “valija diplomática” que todo lo oculta, con un guante blanco secreto.
Las mentiras de un estado se bloquean en una guerra agresiva contra otros estados. Que callan para no denunciar al impostor. Las campañas de pressing internacional que algunos países hacen suponen millones y millones de dólares al año, y miles y miles de personas trabajando en todo tipo de sabotajes y guerras cibernéticas y cognitivas.
Conscientes que la construcción de una “federación de estados” previos, como lo fueran la URSS centralizados en Rusia, comparten durante muchos años –antes y después- un esfuerzo común económico, intelectual, espiritual y humano conjunto de todas las repúblicas en la construcción de un país y su estado. O en diversos vecinos países que deben fijar nuevos valores de la PAZ en la diversidad, sin que los extremismos fascistas, neonazis y de ultraderecha, fundamentalismo e integrismo, como un caso más grave de un monopolio del “complejo industrial militar.” que ya denunció el Sr. Eisenhower en su discurso de despedida de 17 de enero de 1961, y que es una confesión jurídica internacional, un testamento al mundo para preservar la democracia, la libertad y los derechos de todo el mundo, y la denuncia de la “Conspiración monolítica y despiadada” que proclamó como el mal de la democracia de su país, el Presidente de USA, John F Kennedy, y que para mucho le llevó a ser asesinado –muerte que prueba que su denuncia era auténtica, verídica y cierta-, como lo fue el poder del apartheid social, semiesclavitud del pueblo negro en los años 60` –y lo sigue siendo en cientos de manera de discriminación racial y xenófoba, sistemática, en la que se culpa más al negro que al blanco, y se le condena más fácilmente por prejuicios y sesgos cognitivos, predispuestos como prejuicios sociales ultrajantes de la igualdad de que todos los hombres nacen libres e iguales, y así deben de prevalecer, sin que el estado lo ataque de uno u otro modo.
Estamos viviendo un ciclo y era de “neo-colonialismo militar colectivo”, un secuestro de la soberanía e independencia de los países, en una organización que puede actuar mafiosamente y con impunidad total en el mundo entero. Incluso ha “privatizado la guerra” con grupos militares o paramilitares, altamente pagados por sus cúpulas, lo que debe ser denominado como una forma institucionalizada del “neo-terrorismo” económico y financiero. Empresas letales que pueden llevar vehículos blindados, helicópteros, misiles, (millones de euros, en contratos y decenas de contratos que no se sabe quién dispara y quien mata u ordena matar, etc. y crecen en los conflictos bélicos masivos (40 países haciendo la guerra masiva en otros estados, y con otras tantas centenares de organizaciones privadas y secretas en diversas incursiones pagadas por jeques, y otros millonarios).
Solo hay dos tipos de matanzas masivas: -la “guerra (justa o de agresión) y -el “terrorismo” (terrorismo tradicional, el terrorismo de estados, y el terrorismo de empresas ahora) que ahora adopta la forma de “terrorismo empresarial” exportado por EEUU, Inglaterra, etc., (y que usan por ejemplo niños soldado (Kenia y Sierra Leona)) en guerras como Afganistán). Las empresas militares privadas son modos de terrorismo oficioso encubierto, -ninguna empresa puede tener por objeto matar, asesinar, secuestrar, invadir otro estado, etc.-
Eso implica que Ucrania reconoce esa labor de que ha sido con la URSS desde su fundación como estado independiente de 1917, un territorio autónomo o federal, hasta su independencia definitiva en la desmembración de la URSS en 1991.
Todos los estados evolucionan, y tienen cambios territoriales estructurales, pierden territorios, los venden, ceden, se escinden, o se incorporan y anexionan. Esto viene ocurriendo en Europa cada 20, 30, 40, o 50 años, con todo tipo de guerras durante el siglo XIX, XX y XXI. Estos cambios ocurren y el derecho va detrás a adaptarse a las nuevas circunstancias cambiantes.
Ha ocurrido ya que algunos países vecinos se odian durante décadas, y una y otras generaciones, han tenido diversos sucesos de guerra, combate y conflicto mutuo, en el que las agresiones y crímenes respectivos están grabados en el muro de su historia. Muchos estados conviven en esta situación de guerra sucia y subversiva innegable, bajo una apariencia externa, o una coraza de supuesta legalidad internacional falsa.
Esta es una coraza falsa o telón de falsedad, al igual que aquel otro telón de acero, que es un telón de falsedad armada, amenazante y coactiva “sin ley ni orden” que la pueda manejar. Esta es la realidad del mundo actual. Es lo que ocurre actualmente en Europa, y EEUU, pues “occidente” vive en una “GRAN FALSEDAD” del sistema tapadera –que no se sabe si es el fondo del conflicto, o la mascarada que lo soporta-.
Por supuesto en oriente no es distinto, es igual. Sin embargo no es el que crea el paraguas de la realidad cognitiva de estándares, paradigmas y dogmas del derecho, la opinión pública, y la raza militante (los imperantes y su séquito que dijo J. Burckhardt).
La ONU está en una profunda crisis y es manipulada por diversos “golpes de estado”, o “golpes de estados en la ONU" ("ONUtismos”) en los que la cúpula del Consejo de Seguridad, la Asamblea General o el Secretario General son invadidos por fuerzas, gestos y teatros preparados para derrocar la igualdad soberana de los estados, en la hegemonía de unos estados (tiranos) sobre otros, bajo la camisa de fuerza de la denominada de "su orden o seguridad internacional”. Siempre ha habido dictadores y tiranos, el problema más grave es que no eran descubiertos hasta que había sido tarde (como ahora ocurre, con la guerra nuclear programada que aquí se denuncia, si no se sabe actuar).
Cualquiera que niegue esto es caer en el idealismo de los supervalores cegadores que ocultan el mundo de las intenciones ocultas, tapadas y encubiertas, enterrado en una interminable mascaradas de hipócritas palabras y términos, que son el eufemismo de la gran disonancia cognitiva del mundo con la realidad.
La olla a presión y la camisa de fuerza son los símbolos de la locura y crimen estatalizado y garantizado a perpetuidad. ¿Cuántos cientos o miles de crímenes comete cada estado al día?, ¿más de 300, 3000, o 30000 cada día en total?. Este podría ser un número más o menos acertado de la impunidad real de la tapadera estatal que justifica ciertos crímenes para perseguir otros, y a veces los crea y financia en ambos bandos. Puesto que el crimen vende, y es un negocio maravilloso (venta de armas, venta de tráfico de influencia en todas las cúpulas, chantajes, amenazas, extorsiones, sobornos y estafas negociales generalizadas, quebramiento de la palabra y del compromiso sistemático, etc.).
Uno de los monstruos más grandes después de la segunda guerra mundial, fue una militarizada cruzada de odio recíproco entre este y oeste, entre occidente y oriente, entre EEUU y Rusia. En ese monstruo también formaron parte otros estados europeos y asiáticos (Alemania, Benelux, Inglaterra (el imperio inglés), o China, Corea, Vietnam). Esto puso de manifiesto que el espionaje y la guerra sucia eran una nueva forma de “guerra de civilizaciones”.
Estamos ante un choque de civilizaciones (EEUU, contra Europa, controlando bajo su puño y letra a la UE, que solo saben repetir lo que el “jefe”, el que se cree dueño del mundo, (cuando se dice dueño se dice cabeza dictatorial de toda organización, OTAN, G7, G20, y sistemas mundiales, además de los foros mundiales que han sido en lo “secreto” la generación de "una mafia para-política”, una “secretaria mafiosa de líderes mundiales", que les reúnen en clubs, asociaciones, conferencias, contubernios varios y diversos para controlar en privado la gestión en casa de todo el “negocio del mundo”.
Recuerda Eduardo Galeano que Shakespeare en el Rey Lear decía que "los locos conducen a los ciegos " (políticos ciegos para precisar en este asunto). Y la locura del mundo en el que vivimos es el producto concreto y real de lo que hemos hecho de él, un mundo ingobernable por la palabra, la sinceridad y la verdad, donde la fuerza del engaño y falsedad es la ley común de todos los salones y palacios de la “secreta ley del mundo oficial”, la antesala y sustrato del sistema de sistemas mundiales.
El fracaso de la política y la diplomacia en el mundo nos ha conducido a esta situación actual. En razón de la capa de falsedad de las mentes y corazones del egoísmo occidental Una crónica ya anunciada cuyo final, sino se toma en muy, muy en serio estas palabras puede derivar en su objetivo o plan B: “la destrucción total nuclear”.
El odio es la forma más antidemocrática que existe y puede llevar a formas sociopatológicas, o “democratopatológicas”.
Deformar la conciencia de un grupo, dañar su identidad, cambiarla, subyugarla, o someterla a “campos de dominio y concentración”.
Esa ley ya tiene su propio lenguaje/s que es el idioma oficial del rechazo a la verdad, que no se puede mencionar porque ofende a la falsedad, y que reta con duelos a muerte a cualquier voz que diga lo contrario, aunque todos lo digan o lo piensen.
La humanidad está sumida en un genocidio de falsedades, impunidades, y todo-poderosas fuerzas hostiles, antagonistas, agresivas y violentas, en la que se “entierra” cualquier disidente.
Una maquina altamente efectiva como la denominó el presidente de EEUU, John F Kennedy en su discurso famoso “El presidente y la prensa”, sobre la denuncia de “la conspiración monolítica y despiadada” que combina operaciones de inteligencia, diplomáticas, políticas, económicas y científicas como la que ahora nos encontramos aquí denunciada.
Esta máquina de la falsedad mata sin el más mínimo pudor cualquier posible libertad. La prisión cognitiva a la que se ha sometido a la humanidad es tan grande que no existe ni una sola mente en el mundo que pueda ser capaz de denunciar los miles de negocios sucios, y ocultos, y las mafias transfronterizas en la “valija diplomática” que todo lo oculta, con un guante blanco secreto.
Las mentiras de un estado se bloquean en una guerra agresiva contra otros estados. Que callan para no denunciar al impostor. Las campañas de pressing internacional que algunos países hacen suponen millones y millones de dólares al año, y miles y miles de personas trabajando en todo tipo de sabotajes y guerras cibernéticas y cognitivas.
INSTITUTO DE DERECHOS HUMANOS SRI AUROBINDO
Pacta sunt servanda, los principios de Nuremberg y la guerra de agresión en ciernes en Ucrania creada por EEUU, y la OTAN.
La INGENIERIA DEL TERROR V
V.- Pacta sunt servanda, los principios de Nuremberg y la guerra de agresión en ciernes en Ucrania creada por EEUU, y la OTAN.
El Abusivo carácter del gigantismo incumplidor desafiante de EEUU debe ser denunciado una y otra vez. Es un incumplidor de su palabra, y obligaciones internacionales de modo abierto y directo. Y hay que dar la razón totalmente a Rusia, en que la expansión de la OTAN en Ucrania es un abuso y está prohibida por tratado verbal internacional.
La OTAN ni EEUU no pueden expandirse más al este de 1990. Además esto está poniendo en riesgo al mundo entero, por su imprudencia e incumplimiento de promesas de futuro, que son obligaciones y contratos internacionales, y que por tanto, son fuente del Derecho Internacional conforme al art. 26 del Derecho de los Tratados establece el principio general de derecho internacional y del derecho civil, así como del derecho consuetudinario internacional, PACTA SUNT SERVANDA (los pactos deben cumplirse).
El art. 26 del Convenio de Viena de 23 de mayo de 1969 sobre derecho de los Tratados
26. "Pacta sunt servanda". Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe.
Si alguien cree que una voluntad que formó parte de otros acuerdos, como los que precedieron a la unificación de dos territorios internacionales como la República Federal Alemana, y la República democrática Alemana, tras la caída del muro de Berlín en 1989, no son vinculantes es que viola el derecho internacional, ya sea de los tratados (por que los tratados, acuerdos, costumbre o “promesas” sobre hechos negativos, que un estado no va a hacer algo, y luego parece que quiere hacerlo, supone una contravención del derecho internacional y del principio pacta sunt servanda, que obliga esté escrito o no el acuerdo.
Si no está escrito, dicho acuerdo puede haberse convertido en una costumbre de derecho internacional o derecho consuetudinario. Y además, en tercer orden pasaría a formar parte además de los principios de derecho público internacional que obligan no solo a EEUU sino a toda la OTAN, (como mínimo a todos los países que en 1990 formaban parte de la OTAN, pero dado la continuidad de la personalidad jurídica de dicha organización internacional, también la obligan a esta, y a todos sus miembros). Estos acuerdos clave o fundamentales, cuando fueron una expresión de voluntad inequívoca que ha perdurado en el tiempo, puede ser denunciados ante el Tribunal Internacional de la Haya. Cuyo art. 38 establece y define la costumbre internacional.
Costumbre internacional
“La costumbre internacional o norma consuetudinaria internacional o Derecho internacional consuetudinario, es el procedimiento espontáneo de elaboración de derecho internacional resultante del comportamiento de los estados. Descrita en el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia como "la práctica seguida por los sujetos internacionales que es generalmente aceptada por éstos como Derecho" (Fte: Wikipedia).
Artículo 38.1, apartado b del Estatuto de la Corte internacional de la Haya.
“La Corte, cuya función es decidir conforme al derecho internacional las controversias que le sean sometidas, deberá aplicar: (b) la costumbre internacional como prueba de una práctica generalmente aceptada como derecho.
Rusia puede denunciar a la OTAN y EEUU, así como a todos los demás miembros de esa organización ante un Tribunal Internacional (TIJ) de la Haya, por incumplimiento de esos pactos y acuerdos de no expansión hacia el este de la OTAN. EEUU ha reconocido estos acuerdos y obligación de no expansión, sin embargo como todo incumplidor y violador de la legalidad internacional, se porfía en decir que no está escrito en ningún tratado. La prensa es testigo de esos acuerdos, y es costumbre internacional. Debe denunciarlo a la ONU y el Consejo de Seguridad, para que tome una decisión de no expansión al este de la OTAN.
Además si EEUU o la OTAN deben respetar que Rusia quiera proteger a parte del pueblo Ucraniano, el que EEUU y la OTAN quiere destruir y bombardear con misiles, y más de 80.000 soldados, pues hablan ruso, fue parte de su Estado en la URSS, y libremente quieren unirse a Rusia. Además de estar en su propia frontera directamente, no a centenares o miles de kilómetros como el resto de miembros tradicionales de la OTAN.
Pero lo más grave es que, si la OTAN y en especial, EEUU están haciendo leña del árbol caído, (tanto del muro del Berlín, como de las ex repúblicas de la URSS), con el solo fin de obligarles a gastar el 2% de su PIB en material de guerra (de los que la OTAN, y EEUU es el principal beneficiario, puesto que más que una tratado de defensa es una mesa de mercaderes cambistas del 2% del PIB por armas). (Expandirse es un interés ilegítimo puesto que el propio EEUU y la OTAN se lucran con esa expansión por dinero, esto hay que denunciarlo también, como motivos de guerras de agresión).
Sin perjuicio de que además, muchos países como Ucrania o Georgia, no cumplen los más mínimos requisitos, ni lo harán en los próximos años y la propia Ucrania está en una crisis democrática y de derechos humanos gravísima, a las puertas de un genocidio internacional muy grave contra su propio pueblo, o ex-pueblo que está aniquilando (otra ex – Yugoslavia, con genocidio incluido en ciernes).
Pero la cuestión no es solo la entrada o no de Ucrania en la OTAN, que hemos visto que se ha reconocido con voluntad y tratado de fuente internacional del derecho, costumbre internacional reconocida y probada, que no se pueden extender al ESTE. Y por tanto, ni entrar Ucrania en la OTAN, ni expandirse al ESTE en modo alguno. Y por tanto, EEUU debe sacar los 80.000 saldados, y retirar los millones de dólares que ha prestado a Ucrania en contravención de ese acuerdo de obligación internacional por la costumbre, y la buena fe. EEUU y la OTAN pueden ser denunciados ante la ONU, ante el TIJ, y también deben de serlo ante la Corte Penal Internacional por posibles delitos de genocidio y de guerra en Ucrania, incluso aunque no hayan firmado aun ese tratado.
Ningún país puede en puridad del derecho internacional vigente por dos motivos, seguir incumpliendo el derecho internacional del Estatuto de Roma (https://es.wikipedia.org/wiki/Estatuto_de_Roma), los delitos de genocidio, lesa humanidad, y delitos de guerra (guerra de Irak II, Guantánamo, Afganistán, etc.) puesto que el art. 15.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Nueva York, de 16 de diciembre de 1969.
Artículo 15
1…..
2. Nada de lo dispuesto en este artículo se opondrá al juicio ni a la condena de una persona por actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional.
Por tanto, el art. 15.2 del PIDCyP establece que todos los crímenes de guerra, delitos de genocidio y de lesa humanidad establecidos en el Convenio de Roma, ya suscrito por más de 123 firmantes y 183 signatarios, entre ellos EEUU, (que “De hecho, la firma por la parte estadounidense la realizó el presidente Bill Clinton solo un día antes de dejar el poder a George W. Bush que no firmó (Fte. Wikipedia).
Por lo tanto, si hay 183 países que han firmado como derecho internacional básico todos los crímenes del Estatuto de Roma, ya sea para ser juzgados en la CPI, o en otros tribunales internacionales ad hoc, o nacionales, todos esos delitos pases a ser derecho penal internacional, ius cogens, obligatorio en todo el mundo, de conformidad con el art. 15.2 del PIDCyP precitado. Pues no solo forman parte como principios sino como derecho de los tratados, jurisprudencia y costumbre internacional. Además de como principios de Nuremberg.
Todo el derecho que alegó EEUU en los juicios de Nuremberg, es el mismo que se debe aplicar al campo de concentración militar –más después de terminas las guerras de Afganistán e Irak- de Guantánamo.
Vaya por delante, que todos los Estados miembros de la OTAN, tiene la condición de cómplices o encubridores de USA, en ese potencial posible delito de guerra en Guantánamo que ha denunciado ya hasta la saciedad toda la comunidad internacional. Pero no solo la condición de responsables por complicidad, sino que no pueden seguir dando pábulo al abuso internacional de EEUU en Europa, y el mundo, con su injusto proceder, de tirar la piedra y esconder la mano (Guantánamo, Afganistán, Irak, y otros ataques internacionales que deben tener un tribunal internacional que pueda juzgarlos en derecho y con justicia). Y además no se puede tener un socio abusón, infractor e incumplidor como EEUU en la OTAN, ni apoyar ninguna directriz suya que quiere meter en una guerra mundial o europea a todo Europa o todo el mundo. Si EEUU sigue incumpliendo y no firme el tratado de Roma de la CPI ni un solo Estado puede en modo alguno seguir haciendo sus juegos de guerra, que son ya crímenes de guerra deliberados y predeterminados de hacer la guerra injusta, y violar el derecho internacional más básico (matar masivamente a miles y miles de personas, para probar sus misiles y maravilloso material bélicos de destrucción masiva, y retirarse cuando quieran, porque ya están cansados de estar allí, como ha ocurrido en Afganistán por que ha crecido el terrorismo de los talibanes, con este u otro nombre).
El hacer una guerra a un país entero por buscar a un puñado de terroristas, es peor que matar moscas a cañonazos, es matar a un millón de personas por un criminal, que por lo demás se dice que se escapó a otro país, y fue destrozado a balazos quedando irreconocible.
De los crímenes de guerra según los principios de Nuremberg, y derecho internacional penal consuetudinario del Art. 15.2 PIDCyP.
Los principios de Nuremberg
recopilados son:
Principio I
Cualquier persona que cometa actos que constituyan un crimen bajo las leyes internacionales será responsable y por consiguiente sujeto a castigo.
Principio II
El hecho de que las leyes internas no impongan castigo por un acto que constituya un crimen bajo las leyes internacionales no exime a la persona que cometió el acto de su responsabilidad bajo las leyes internacionales.
Principio III
El hecho de que una persona que ha cometido un acto que constituye un crimen bajo las leyes internacionales sea Jefe del Estado o un oficial responsable del Gobierno no le exime de la responsabilidad bajo las leyes internacionales.
Principio IV
El hecho de que una persona actúe bajo las órdenes de su Gobierno o de un superior no le exime de la responsabilidad bajo las leyes internacionales, siempre que se demuestre que tenía posibilidad de actuar de otra forma.
Principio V
Cualquier persona acusada de un crimen bajo las leyes internacionales tiene el derecho de un juicio justo ante la ley.
Principio VI
Los crímenes que se enumeran a partir de aquí son castigables como crímenes bajo las leyes internacionales:
(a) Guerra de agresión:
(i) La planificación, preparación, iniciación o comienzo de una guerra de agresión, o una guerra que viole los tratados internacionales, acuerdos o promesas;
(ii) La participación en un plan común o conspiración para el cumplimiento de cualquiera de los actos mencionados en (i).
(b) Crímenes de Guerra:
Las violaciones de las leyes o costumbres de la guerra que incluyen, pero no están limitadas a, asesinato, trato inhumano o deportación como esclavos o para cualquier otro propósito de la población civil de un territorio ocupado, asesinato o trato inhumano a prisioneros de guerra, a personas sobre el mar, asesinato de rehenes, pillaje de la propiedad pública o privada, destrucción injustificada de ciudades, pueblos o villas, o la devastación no justificada por la necesidad militar.
(c) Crímenes contra la humanidad:
Asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la población civil, o persecución por motivos religiosos, raciales o políticos, cuando dichos actos o persecuciones se hacen en conexión con cualquier crimen contra la paz o en cualquier crimen de guerra.
Principio VII
La complicidad en la comisión de un crimen contra la paz, un crimen de guerra o un crimen contra la humanidad tal y como fueron expuestos en los Principios VI, es un crimen bajo las leyes internacionales.
De conformidad con el art. VI, punto, la ocupación militar de EEUU, la OTAN y otros países “invitados” a la guerra por EEUU, es un delito de “guerra de agresión” puesto que supone la violación de acuerdos o promesas internacionales graves, no expandirse al Este de Alemania, ni enviar tropas para hacer esa expansión efectiva.
EEUU, la OTAN e Inglaterra pueden ser denunciados ante la CPI (Inglaterra, y demás países firmantes del Tratado de Roma) o ante el Tribunal Internacional de Justicia por crímenes de guerra de agresión al violar las promesas de no expansión del EEUU, la OTAN y su fuerza militar al Este de Alemania.
Reiterar que está definido como delito de guerra de agresión, en el art. 15.2 PIDCyP y el art. VI.a.i) de los Principios de Nuremberg del siguiente modo:
(i) La planificación, preparación, iniciación o comienzo de una guerra de agresión, o una guerra que viole los tratados internacionales, acuerdos o promesas;
Alemania literalmente comentaba en un programa alemán en español DW el otro día que han negado enviar armas o soldados a Ucrania, puesto que ya había habido 27 millones de muertes causados en esos países en la segunda guerra mundial. Al menos un país con sensatez y claridad. Su frase debía ser la base del motivo por el cual la Alemania actual, reunificada, está ratificando el acuerdo internacional de no expansión de la OTAN hacía el oeste.
Ya hay auténticos despachos de abogados contratados como expertos en derecho de la guerra y la invasión en algunos gobiernos del mundo.
Se puede ver el informe de la ONU sobre la violación del derecho internacional por EEUU
Violación del Derecho internacional en Siria contra EEUU según informe de la ONU,
V.- Pacta sunt servanda, los principios de Nuremberg y la guerra de agresión en ciernes en Ucrania creada por EEUU, y la OTAN.
El Abusivo carácter del gigantismo incumplidor desafiante de EEUU debe ser denunciado una y otra vez. Es un incumplidor de su palabra, y obligaciones internacionales de modo abierto y directo. Y hay que dar la razón totalmente a Rusia, en que la expansión de la OTAN en Ucrania es un abuso y está prohibida por tratado verbal internacional.
La OTAN ni EEUU no pueden expandirse más al este de 1990. Además esto está poniendo en riesgo al mundo entero, por su imprudencia e incumplimiento de promesas de futuro, que son obligaciones y contratos internacionales, y que por tanto, son fuente del Derecho Internacional conforme al art. 26 del Derecho de los Tratados establece el principio general de derecho internacional y del derecho civil, así como del derecho consuetudinario internacional, PACTA SUNT SERVANDA (los pactos deben cumplirse).
El art. 26 del Convenio de Viena de 23 de mayo de 1969 sobre derecho de los Tratados
26. "Pacta sunt servanda". Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe.
Si alguien cree que una voluntad que formó parte de otros acuerdos, como los que precedieron a la unificación de dos territorios internacionales como la República Federal Alemana, y la República democrática Alemana, tras la caída del muro de Berlín en 1989, no son vinculantes es que viola el derecho internacional, ya sea de los tratados (por que los tratados, acuerdos, costumbre o “promesas” sobre hechos negativos, que un estado no va a hacer algo, y luego parece que quiere hacerlo, supone una contravención del derecho internacional y del principio pacta sunt servanda, que obliga esté escrito o no el acuerdo.
Si no está escrito, dicho acuerdo puede haberse convertido en una costumbre de derecho internacional o derecho consuetudinario. Y además, en tercer orden pasaría a formar parte además de los principios de derecho público internacional que obligan no solo a EEUU sino a toda la OTAN, (como mínimo a todos los países que en 1990 formaban parte de la OTAN, pero dado la continuidad de la personalidad jurídica de dicha organización internacional, también la obligan a esta, y a todos sus miembros). Estos acuerdos clave o fundamentales, cuando fueron una expresión de voluntad inequívoca que ha perdurado en el tiempo, puede ser denunciados ante el Tribunal Internacional de la Haya. Cuyo art. 38 establece y define la costumbre internacional.
Costumbre internacional
“La costumbre internacional o norma consuetudinaria internacional o Derecho internacional consuetudinario, es el procedimiento espontáneo de elaboración de derecho internacional resultante del comportamiento de los estados. Descrita en el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia como "la práctica seguida por los sujetos internacionales que es generalmente aceptada por éstos como Derecho" (Fte: Wikipedia).
Artículo 38.1, apartado b del Estatuto de la Corte internacional de la Haya.
“La Corte, cuya función es decidir conforme al derecho internacional las controversias que le sean sometidas, deberá aplicar: (b) la costumbre internacional como prueba de una práctica generalmente aceptada como derecho.
Rusia puede denunciar a la OTAN y EEUU, así como a todos los demás miembros de esa organización ante un Tribunal Internacional (TIJ) de la Haya, por incumplimiento de esos pactos y acuerdos de no expansión hacia el este de la OTAN. EEUU ha reconocido estos acuerdos y obligación de no expansión, sin embargo como todo incumplidor y violador de la legalidad internacional, se porfía en decir que no está escrito en ningún tratado. La prensa es testigo de esos acuerdos, y es costumbre internacional. Debe denunciarlo a la ONU y el Consejo de Seguridad, para que tome una decisión de no expansión al este de la OTAN.
Además si EEUU o la OTAN deben respetar que Rusia quiera proteger a parte del pueblo Ucraniano, el que EEUU y la OTAN quiere destruir y bombardear con misiles, y más de 80.000 soldados, pues hablan ruso, fue parte de su Estado en la URSS, y libremente quieren unirse a Rusia. Además de estar en su propia frontera directamente, no a centenares o miles de kilómetros como el resto de miembros tradicionales de la OTAN.
Pero lo más grave es que, si la OTAN y en especial, EEUU están haciendo leña del árbol caído, (tanto del muro del Berlín, como de las ex repúblicas de la URSS), con el solo fin de obligarles a gastar el 2% de su PIB en material de guerra (de los que la OTAN, y EEUU es el principal beneficiario, puesto que más que una tratado de defensa es una mesa de mercaderes cambistas del 2% del PIB por armas). (Expandirse es un interés ilegítimo puesto que el propio EEUU y la OTAN se lucran con esa expansión por dinero, esto hay que denunciarlo también, como motivos de guerras de agresión).
Sin perjuicio de que además, muchos países como Ucrania o Georgia, no cumplen los más mínimos requisitos, ni lo harán en los próximos años y la propia Ucrania está en una crisis democrática y de derechos humanos gravísima, a las puertas de un genocidio internacional muy grave contra su propio pueblo, o ex-pueblo que está aniquilando (otra ex – Yugoslavia, con genocidio incluido en ciernes).
Pero la cuestión no es solo la entrada o no de Ucrania en la OTAN, que hemos visto que se ha reconocido con voluntad y tratado de fuente internacional del derecho, costumbre internacional reconocida y probada, que no se pueden extender al ESTE. Y por tanto, ni entrar Ucrania en la OTAN, ni expandirse al ESTE en modo alguno. Y por tanto, EEUU debe sacar los 80.000 saldados, y retirar los millones de dólares que ha prestado a Ucrania en contravención de ese acuerdo de obligación internacional por la costumbre, y la buena fe. EEUU y la OTAN pueden ser denunciados ante la ONU, ante el TIJ, y también deben de serlo ante la Corte Penal Internacional por posibles delitos de genocidio y de guerra en Ucrania, incluso aunque no hayan firmado aun ese tratado.
Ningún país puede en puridad del derecho internacional vigente por dos motivos, seguir incumpliendo el derecho internacional del Estatuto de Roma (https://es.wikipedia.org/wiki/Estatuto_de_Roma), los delitos de genocidio, lesa humanidad, y delitos de guerra (guerra de Irak II, Guantánamo, Afganistán, etc.) puesto que el art. 15.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Nueva York, de 16 de diciembre de 1969.
Artículo 15
1…..
2. Nada de lo dispuesto en este artículo se opondrá al juicio ni a la condena de una persona por actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional.
Por tanto, el art. 15.2 del PIDCyP establece que todos los crímenes de guerra, delitos de genocidio y de lesa humanidad establecidos en el Convenio de Roma, ya suscrito por más de 123 firmantes y 183 signatarios, entre ellos EEUU, (que “De hecho, la firma por la parte estadounidense la realizó el presidente Bill Clinton solo un día antes de dejar el poder a George W. Bush que no firmó (Fte. Wikipedia).
Por lo tanto, si hay 183 países que han firmado como derecho internacional básico todos los crímenes del Estatuto de Roma, ya sea para ser juzgados en la CPI, o en otros tribunales internacionales ad hoc, o nacionales, todos esos delitos pases a ser derecho penal internacional, ius cogens, obligatorio en todo el mundo, de conformidad con el art. 15.2 del PIDCyP precitado. Pues no solo forman parte como principios sino como derecho de los tratados, jurisprudencia y costumbre internacional. Además de como principios de Nuremberg.
Todo el derecho que alegó EEUU en los juicios de Nuremberg, es el mismo que se debe aplicar al campo de concentración militar –más después de terminas las guerras de Afganistán e Irak- de Guantánamo.
Vaya por delante, que todos los Estados miembros de la OTAN, tiene la condición de cómplices o encubridores de USA, en ese potencial posible delito de guerra en Guantánamo que ha denunciado ya hasta la saciedad toda la comunidad internacional. Pero no solo la condición de responsables por complicidad, sino que no pueden seguir dando pábulo al abuso internacional de EEUU en Europa, y el mundo, con su injusto proceder, de tirar la piedra y esconder la mano (Guantánamo, Afganistán, Irak, y otros ataques internacionales que deben tener un tribunal internacional que pueda juzgarlos en derecho y con justicia). Y además no se puede tener un socio abusón, infractor e incumplidor como EEUU en la OTAN, ni apoyar ninguna directriz suya que quiere meter en una guerra mundial o europea a todo Europa o todo el mundo. Si EEUU sigue incumpliendo y no firme el tratado de Roma de la CPI ni un solo Estado puede en modo alguno seguir haciendo sus juegos de guerra, que son ya crímenes de guerra deliberados y predeterminados de hacer la guerra injusta, y violar el derecho internacional más básico (matar masivamente a miles y miles de personas, para probar sus misiles y maravilloso material bélicos de destrucción masiva, y retirarse cuando quieran, porque ya están cansados de estar allí, como ha ocurrido en Afganistán por que ha crecido el terrorismo de los talibanes, con este u otro nombre).
El hacer una guerra a un país entero por buscar a un puñado de terroristas, es peor que matar moscas a cañonazos, es matar a un millón de personas por un criminal, que por lo demás se dice que se escapó a otro país, y fue destrozado a balazos quedando irreconocible.
De los crímenes de guerra según los principios de Nuremberg, y derecho internacional penal consuetudinario del Art. 15.2 PIDCyP.
Los principios de Nuremberg
recopilados son:
Principio I
Cualquier persona que cometa actos que constituyan un crimen bajo las leyes internacionales será responsable y por consiguiente sujeto a castigo.
Principio II
El hecho de que las leyes internas no impongan castigo por un acto que constituya un crimen bajo las leyes internacionales no exime a la persona que cometió el acto de su responsabilidad bajo las leyes internacionales.
Principio III
El hecho de que una persona que ha cometido un acto que constituye un crimen bajo las leyes internacionales sea Jefe del Estado o un oficial responsable del Gobierno no le exime de la responsabilidad bajo las leyes internacionales.
Principio IV
El hecho de que una persona actúe bajo las órdenes de su Gobierno o de un superior no le exime de la responsabilidad bajo las leyes internacionales, siempre que se demuestre que tenía posibilidad de actuar de otra forma.
Principio V
Cualquier persona acusada de un crimen bajo las leyes internacionales tiene el derecho de un juicio justo ante la ley.
Principio VI
Los crímenes que se enumeran a partir de aquí son castigables como crímenes bajo las leyes internacionales:
(a) Guerra de agresión:
(i) La planificación, preparación, iniciación o comienzo de una guerra de agresión, o una guerra que viole los tratados internacionales, acuerdos o promesas;
(ii) La participación en un plan común o conspiración para el cumplimiento de cualquiera de los actos mencionados en (i).
(b) Crímenes de Guerra:
Las violaciones de las leyes o costumbres de la guerra que incluyen, pero no están limitadas a, asesinato, trato inhumano o deportación como esclavos o para cualquier otro propósito de la población civil de un territorio ocupado, asesinato o trato inhumano a prisioneros de guerra, a personas sobre el mar, asesinato de rehenes, pillaje de la propiedad pública o privada, destrucción injustificada de ciudades, pueblos o villas, o la devastación no justificada por la necesidad militar.
(c) Crímenes contra la humanidad:
Asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la población civil, o persecución por motivos religiosos, raciales o políticos, cuando dichos actos o persecuciones se hacen en conexión con cualquier crimen contra la paz o en cualquier crimen de guerra.
Principio VII
La complicidad en la comisión de un crimen contra la paz, un crimen de guerra o un crimen contra la humanidad tal y como fueron expuestos en los Principios VI, es un crimen bajo las leyes internacionales.
De conformidad con el art. VI, punto, la ocupación militar de EEUU, la OTAN y otros países “invitados” a la guerra por EEUU, es un delito de “guerra de agresión” puesto que supone la violación de acuerdos o promesas internacionales graves, no expandirse al Este de Alemania, ni enviar tropas para hacer esa expansión efectiva.
EEUU, la OTAN e Inglaterra pueden ser denunciados ante la CPI (Inglaterra, y demás países firmantes del Tratado de Roma) o ante el Tribunal Internacional de Justicia por crímenes de guerra de agresión al violar las promesas de no expansión del EEUU, la OTAN y su fuerza militar al Este de Alemania.
Reiterar que está definido como delito de guerra de agresión, en el art. 15.2 PIDCyP y el art. VI.a.i) de los Principios de Nuremberg del siguiente modo:
(i) La planificación, preparación, iniciación o comienzo de una guerra de agresión, o una guerra que viole los tratados internacionales, acuerdos o promesas;
Alemania literalmente comentaba en un programa alemán en español DW el otro día que han negado enviar armas o soldados a Ucrania, puesto que ya había habido 27 millones de muertes causados en esos países en la segunda guerra mundial. Al menos un país con sensatez y claridad. Su frase debía ser la base del motivo por el cual la Alemania actual, reunificada, está ratificando el acuerdo internacional de no expansión de la OTAN hacía el oeste.
Ya hay auténticos despachos de abogados contratados como expertos en derecho de la guerra y la invasión en algunos gobiernos del mundo.
Se puede ver el informe de la ONU sobre la violación del derecho internacional por EEUU
Violación del Derecho internacional en Siria contra EEUU según informe de la ONU,
INSTITUTO DE DERECHOS HUMANOS SRI AUROBINDO
La manipulación de la OTAN, y la ONU, instituciones serviles en manos de su dueño: EEUU y su industria militar de la ingeniería del Terror mundial. La fiebre norteamericana de Biden crea una RUSOFOBIA agresiva inaceptable solo por dinero (medio billón de dólares, al año, aproximadamente, si no es más).
INGENIERÍA DEL TERROR IV
III.- El origen de la inminente guerra de agresión iniciada por EEUU en Ucrania frente a la frontera de Rusia.
Una guerra de agresión es una guerra delictiva, puede ser un crimen de guerra, un genocidio, o un delito internacional muy grave.
EN RESUMEN: Actualmente EEUU está buscando subir la factura energética en EU, con estas maniobras y bloquear o inventar sanciones a Rusia, como en el nuevo gaseoducto NORD STREAM II, que es una de las maniobras más graves que debe ser denunciada internacionalmente ante Tribunales internacionales por mala fe, abuso e incluso posibles crímenes de guerra en Ucrania, contra los ucranianos independizados, y contra Rusia después, amén de atacar los intereses de su nuevo gaseoducto. La intención de EEUU es subir el doble su factura de gas licuado en Europa, de 500.000 millones de dólares al año, a un BILLÓN DE DOLARES al año. Y que las sanciones perduren varios años, para quedarse el suministro de gas en Europa. Si esto es así, EEUU habría cometido un crimen de guerra y una agresión grave por ese medio billón que busca facturar de más en su gas licuado a Europa, durante una guerra que puede durar varios años, además de enfrentar a todas las potencias europeas contra Rusia, y también contra China, recuperando un odio antirruso (RUSOFOBIA DE BIDEN) de la más dura y gélida Guerra Fría.
EEUU no puede seguir su expansión colonialista contra Ucrania, y contra Rusia en Ucrania y a través de Ucrania. Esto es un abuso, que debe ser denunciado como crimen internacional ante toda la comunidad internacional. EEUU deberá pagar todos los daños que está invasión y guerra de agresión está creando o pueda crear.
El propio presidente Ucraniano, declaró que el Nord Stream II, es una maniobra geopolítica rusa, lo cual no puede ser más que una autodenuncia de sus pactos con EEUU, como maniobras geopolíticas, y por tanto de naturaleza filo-nazi de ese presidente, -de donde surge el nombre de ese tipo de actividades clandestinas-, puesto que al parecer resulta que el nuevo gaseoducto supondría que Ucrania no ingresaría unos 2000 millones de dólares al año por de los otros gaseoductos que pasa actualmente por su país. El negocio de Ucrania de esos 2000 millones, puede ser una minucia en la que la inconsciencia e ignorancia de ese sujeto, puede estar poniendo a todo Europa y todo el mundo en amenaza de guerra nuclear. Una amenaza de guerra de agresión, con tintes de extensión a potencias nucleares en conflicto y posible combate.
Si la OTAN actúa todos los demás países miembros que participen con tropas o ayuda militar, (con exclusión de EEUU y Ucrania que aún no han firmado el tratado de Roma) podrían ser denunciados ante la CPI por una guerra de agresión en Ucrania contra ucranianos y contra Rusia.
Hay una clara legitimidad Rusa para reclamar su derecho de no invasión ni aproximación de tropas a sus fronteras. Desde los años 90, se declaró por EEUU que no tenía interés en una expansión hacia el este. Sin embargo, con su engañatodo pseudo-diplomático pone de manifiesto que es falsario tales excusas. Y que le da igual contradecirse, desdecirse y atacarse a sí mismo en la más desprestigiada demagogia internacional y diplomática.
EEUU está envuelto en la más grande confusión de su historia, genera histeria mediática sistemáticamente. Pudiéndose ver algunos titulares como de plena “manipulación”, está “psico-gestión” de la histeria internacional es el medio planificado desde más de un año, por las élites para iniciar un proceso de revitalización de la Guerra Fría, y del odio antirruso -RUSOFOBIA- en las cúpulas del poder del partido en el gobierno en la Casa Blanca. LA RUSO-FOBIA que han re-creado Biden y su equipo es una forma de odio grave, con intención de guerra mundial encubierta.
Nadie se lo cree, y casi nadie se atreve a ver como se está reiniciando una escalada belicista que lleva la causar motor de una guerra mundial. Puesto que ya se creará, sea como fuere, algún altercado en el que se dispare el enfrentamiento, o se ataque una base con armas nucleares que se disparan por accidente o premeditadamente. Ojalá me equivoque, pero ojala, que EEUU sea denunciado ante un TRIBUNAL INTERNACIONAL por incentivar una guerra de agresión internacional en el Este de Europa, por intereses económicos y conflictos de influencias con la familia del propio presidente de EEUU.
El propio Joe Biden y su vicepresidenta, está generando una “ruso-fobia” gravísima desde hace años, por sus intereses personales, familiares y empresariales en Ucrania. El odio de la segunda guerra mundial, puso durante muchos años en una grave tensión al mundo polarizado entre Norteamérica y la URSS. La expansión de la OTAN, que es un ente fantasma en el mundo actualmente, y que tiene a la cabeza los países más antidemocráticos del mundo como EEUU, puesto que la democracia es un modo de plutocracia económica en su país, y una dictadura y tiranía invasiva en el extranjero (económico, político, militar, infiltración, encubiertas operaciones diplomáticas, políticas, económicas, ocultas, etc.etc.).
EEUU está chantajeando a muchos países, o amenazando de un "totalitarismo" grave, con amenaza de sanciones, enloquecido, por un mal que no ha ocurrido, y que ellos quieren provocar. El chantaje (amenaza o coacción) es un delito interno y por tanto perseguible internacionalmente si lo comete algún estado. Los países chantajeados deben denunciar estás maniobras a la ONU, y a sus tribunales, es inaceptable el abuso y chantaje que quiere imponer EEUU.
Las guerras de Irak, las varias guerras en Afganistán (primero enviando armamento contra los rusos, y luego invadiendo y bombardeando el país), de lo que ha retroalimentado el poder talibán como un gobierno más fuerte militarmente y más duro en la gravedad del abuso de la población, el sexismo de aniquilar la libertad de las mujeres en el país, que hace años gozaba de una libertad femenina internacional. Las mujeres ya no tienen ningún derecho ni libertad, no puede acudir a la escuela (menos del 1% de las mujeres van a la escuela), o a la universidad, no pueden mostrar su rosto, y solo pueden salir a la calle con su marido, o con un permiso de este. El machismo enfermizo es una locura nacional que los talibanes han impuesto, tras el reforzamiento del gobierno talibán, tras la guerra de Afganistán.
La guerra de Irak II es un engaño internacional, y el modelo anticonstitucional y casi genocida de una invasión y guerra de troceamiento y devastación militar de un país con un motivo falso. La supuesta excusa de invadir un país, porque en el mismo supuestamente se ocultaba un terrorista buscado internacionalmente, es uno de los motivos de guerra más salvajes de la historia de la humanidad. Iniciar una guerra contra un país, en el que ha habido más de un millón de muertos civiles para supuestamente detener a un terrorista en como bombardear un país para acabar con un ladrón, un mafioso o un asesino. Matar a un millón de personas por un solo terrorista que quieren asesinar o ajusticiar en la venganza y el odio, no deja de ser lo que se ha dicho, una guerra injusta, que suena a eufemismo, y sin duda alguna un “crimen de guerra” y “una guerra de agresión”.
EEUU critica a Rusia en Crimea, pues se dice que se invadió por un grupo de militares puntos estratégicos y se convocó un referéndum en el que el 98% de la población votó la anexión a Rusia, sin bajas o víctimas de ningún tipo, ni haber declarado la guerra. Y en contrapartida, EEUU inició sucesivamente una guerra segunda en Irak por un motivo falso (se dijo que estaba fabricando armas nucleares y era un montaje falso preparado por sus propios servicios de inteligencia). Además esto ocurre en decenas de países lo hacen (Corea, Pakistán, etc.) y no se les persigue en guerra invasiva similar. El propio Bush hijo, declaró que le habían engañado sus servicios de inteligencia. Nadie ha ido a la cárcel aún.
Vaya por delante que si bien es cierto que Rusia se anexionó Crimea de un modo invasiva, por militares en zonas claves, no es menos cierto que no hubo víctimas como en Irak, Afganistán, etc., y que la población votó a favor de él con un 98% de los votos.
EU y la OTAN no pueden seguir amparando la guerra de agresión o un intento de Ucrania de genocidio contra su propio pueblo en Dombas.
EEUU es el país en el mundo que más manipula la opinión pública internacional para sacar partido económico en los países que desea invadir sin motivo o con motivos falsos.
La prueba de los motivos falsos en varios invasiones y guerras de EEUU en este siglo XXI, pone de manifiesto que ni EU, ni la ONU pueden seguir creyendo ni auspiciando el crimen internacional secreto como medio encubierto de invasión, atentando contra el derecho soberano de los países, a través de generar la histeria colectiva, el pánico enfermizo falsario, y el interés de hacer “el negocio de la guerra” como un modo de enriquecimiento económico internacional. Miles de millones de dólares pagados por los ciudadanos norteamericanos a empresas subcontratistas del “negocio de la guerra” en formas de un imperialismo colonizador, invasivo e inquisitivo en más de medio mundo. Ningún país está seguro con EEUU a la cabeza de más grande arsenal de bombas atómicas del mundo.
Puesto que hasta sus propios generales han puesto en tela de juicio la salud mental de su propio presidente en la Casa Blanca (caso anterior de un general contra el Sr. Donald Trump, por ejemplo), o como puede estar ocurriendo actualmente con el actual, en la casa Blanca, con uno de los presidente más extraños y alocados de la modernidad. Su avanzada edad pone de manifiesto que tiene defectos de movilidad física (tal vez por secuelas de algún derrame cerebral), pero también por efectos de una senectud galopante, y diversas formas de senilidad precoz que puede estar sufriendo. No cabe duda que el odio que el actual presidente de USA está generando, inicialmente en su propio estado, y luego lo ha exportado y está camuflando en todo el mundo de un modo creciente y gravísimo.
La escalada mundial del militarismo, está llevando a renovar conflictos muertos y desenterrados desde hace décadas. Esto suena a los peores momentos de persecución del KKK en USA contra los negros, y actualmente en persecución de la xenofobia anti-rusa más grave desde los conflictos de los misiles en cuba.
Vaya por delante que EEUU está literalmente burlando y tomando el pelo a EU, a Rusia, y a la ONU en este conflicto. La intención belicista norteamericana actual tiene un triple frente, por un lado:
1º.- Burlar a la UE, en dos frentes, a anular la acción conjunta de la Política se seguridad conjunta de la UE (PESC) (la anterior UEO, o brazo militar conjunto de la EU), que está dividido por los diversos dirigentes europeos.
2º.- Burlar a la UE, en segundo frente, al manipular y usar la OTAN como segundo “policía malo” cuando le conviene, y a través de los acuerdos con los demás países de la UE, que se solapan y superponen, consiguen pisotear la UNIDAD EUROPEA, para crear un conflicto bélico de escalada mundial. Ciertamente estamos en una pre-guerra mundial muy grave creada por EEUU por su “interés” de llevar a cabo una “guerra mundial energética” que es una guerra de agresión por dinero e interés económico, que más abajo se explicará suficientemente.
3º.- Burlar la ONU, para que el Consejo de Seguridad actualmente no actúe. Obviamente ni Rusia, y al parecer ya tampoco China vetarían una misión de cascos azules en Ucrania. Donde habrá una guerra civil en ciernes en la misma frontera de Rusia, no a miles de kilómetros como la guerra que EEUU mantiene cada año y década. Rusia está más que legitimada para quejarse por los conflictos bélicos civiles en un país con una gran inestabilidad política y cultural como es Ucrania, donde el pueblo está dividido y EEUU viene usando y fomentando los ataques a las zonas del Dombas en conflicto, a través de llevar más de 4000 expertos militares a la zona hace tiempo, y desplegar en la actualidad más de 50.000 soldados , además de avisar que desplazará otros 30.000 soldados que vendrían de Polonia. Por si no fuera poco, EEUU ha hecho la guerra en Ucrania como su propia Guerra, por una codicia que aquí está siendo denunciada.
EEUU está en período de “campaña de guerra” pidiendo a otros estados, como Lituania, Estonia, Letonia, o Inglaterra, que lleven armas y soldados a la zona. La campaña de guerra es un modo de invitación y propaganda de la guerra que viola la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que prohíbe toda propaganda de la guerra (nadie hace más publicidad de la guerra que EEUU, cada día en cada telediario a millones y millones de hogares dos veces por día al menos, una hora más o menos).
Esto es, EEUU está alentando a una guerra mundial internacional en Europa.
Alemania que causó más de 27 millones de muertes (27.000.000) en los países invadidos en la segunda guerra mundial en el este, no está interesada en participar en una nueva guerra mundial, promovida por el pro-nazismo norteamericano que ha resurgido de la mano de Biden y su vicepresidenta. Un modo de filo-fascismo imperialista geopolítico de dimensiones mundiales y con riesgo de guerra mundial o guerra nuclear. Los misiles están activos, y en fase de revisión y planificación en caso de conflicto bélico.
EEUU ya está iniciando varias acciones invasivas infiltradas como en KAZAJISTAN. Es suficiente ver los titulares del mismo día de los sucesos, y del día siguiente para ver como se había infiltrado la noticia “de que la comunidad internacional no actuara”, como si EEUU e incluso la propia UE, -de la mano de EEUU en esa noticia-, pedía que no se interviniera internacionalmente.
Rusia puso en vigor las consulta de su aliados estratégicos con Kazajistán, y denunció internacionalmente la maniobra de que era un “invasión de milicias” entrenadas para asaltar los puntos básicos, y crearon una revuelta de las típicas (ya son muchas las técnicas que servicios secretos vienen preparando tipo primaveras árabes en muchos países, y ahora en todo el mundo).
La “guerra de las turbas” asaltantes y conflictos contra la policía que en el caso de Kazajistán se retiró, con más que buen criterio, para no tener que tomar otras medidas más drásticas. La ayuda de los aliados Rusos, con Kazajistán, permitió recuperan la democracia y el control interno en pocos días.
La comunidad internacional, si es que así se puede llamar a lo que occidente quiere vender como tal, esto es, UE, y EEUU se han retratado como a favor de la “pro-injerencia” en Kazajistán, todo ello motivado aparentemente por un conflicto con la subida del precio del combustible en pleno invierno.
Este es otro ejemplo y prueba de la “GUERRA DEL GAS”, o “guerra mundial de encarecimiento energético” que EEUU está iniciando y anunciando]b desde hace más de un año. Su finalidad, crear inestabilidad en varios países, para hacer una guerra sucia contra Rusia por su gaseoducto NORD STREAM 2, que llevaría gas a Alemania a precios muy asequibles, para Europa, y que EEUU está haciendo una “guerra de sabotaje”.
Es tan ridículo que el presidente de Ucrania, Zelenskí, amigo personal de la familia de Joe Biden, que ya ha visitado la propia Casa Blanca engordado de una americanismo que hace poner los pelos de punta a cualquiera, puesto que un Presidente de una ex república de la URSS esté casado en primeras nupcias con Biden, y EEUU hace más que sospechar de falta de imparcialidad y objetividad. O está comprado o está vendido, y está clave -por difícil- que parezca es la causa del conflicto.
Ningún conflicto existía con el anterior presidente de EEUU Donald Trump con Ucrania. Cuando el Fiscal General del Estado de Ucrania inicio investigaciones y acciones penales por varios delitos contra el hijo de Joe Biden, que ocupaba un cargo “subsidiado” como director de una empresa petrolera en Ucrania, el propio Donald Trump lo denunció en su precampaña. El Fiscal General del Estado de Ucrania fue destituido y cambiado por otro. El hijo de Joe Biden cobraba más de 600.000 dólares anuales en esa empresa como esa.
La primera guerra del golfo pérsico tuvo el escenario de Kuwait y supuso una guerra por el control del petróleo entre Irak y Kuwait. Hice un trabajo muy extenso de más de 125 páginas entonces, en todas sus vertientes, (histórica, política, sociológica, religiosa, económica, bursátil, energética, etc.) pero se constató que la factura del crudo de petróleo se duplicó o más durante esos años. De modo que todo occidente pagó la factura de duplo de gasoil y la gasolina y derivados del petróleo por una guerra que no tenía que haber supuesto en modo alguno aquel subidón y crisis internacional.
Desde entonces el “negocio de la guerra” se aumenta si hay otro motivo con el negocio bélico en sí, esto es, “el negocio de la guerra del petróleo” y el “negocio de la guerra del combustible o recursos energéticos” hace del negocio se multiplique con ambos negocios de dos guerras simultáneas . Los monopolios mundiales están cometiendo unos abusos tan grandes en el mundo actualmente, que ningún país puede ponerse coto sin verse obligados a ir a una guerra extranjera con estás compañía y lobbies que controlan más capital que el presupuesto interior bruto de muchos de esos países.
A veces las guerras tienen supuesto motivos solo político (asesinato de un presidente, por ejemplo como la I Guerra mundial), otras veces son motivos religiosos, o históricos. No hay motivos casi únicos en estos casos, y suele ser un conjunto de situaciones las que conlleva y confluyen para denotar una guerra internacional o mundial.
La OTAN no puede seguir haciendo campaña militar en UCRANIA, puesto que UCRANIA no es socio de la OTÁN, así que la actuación y maniobras “pseudo-políticas” de la OTAN en la región no es más que un desafío y declaración de guerra silenciosa contra RUSIA, y China en Asia.
El cacareo de EEUU, como gallo de pelea, calentando el ambiente en los naciones europeas, en una auténtica TRAICIÓN A LA PAZ EN EUROPA, puesto que EEUU sabe que él sólo sin respaldos en otros países, no puede iniciar una guerra contra Rusia directamente, en sus fronteras, o en países que están siendo declarados repúblicas independientes dentro de UCRANIA, y que pueden anexionarse o no a Rusia.
Así que la supuesta guerra civil en Ucrania, que EEUU está provocando con sus titulares desde hace meses, no es más que una guerra civil que no tendría que importar en nada a EEUU pues no está en su territorio ni es miembro de la OTAN.
La ayuda que la OTAN está llevando a cabo en UCRANIA solo puede llevar a la ruptura y división de la propia OTAN, y a que sus supuestos aliados, sus socios, rompan ese viejo sistema anticuado e inservible más que para seguir justificando el “clientelismo” y “vasallaje militar occidental” -otanismos- bajo nuevas formas se servilismo encubierto. La OTAN no puede seguir con un país como EEUU a la cabeza, puesto que NO TIENE NINGUAN LEGITIMIDAD INTERNACIONAL dado que el gigante norteamericano está violando sistemáticamente el derecho internacional, y el derecho de la guerra antes en Oriente Medio, y otros países.
Si EEUU no ratifica de inmediato el tratado de Roma de la Corte Penal Internacional, el resto de firmantes, entre ellos la mayoría de los países europeos deben denunciar a EEUU por no someterse a las más mínimas garantías del derecho internacional penal en sus constantes invasiones y posibles –o no- crímenes de guerra (véase la segunda guerra de Irak, que incluso Inglaterra y EEUU sabían que no tenía ninguna industria nuclear y atacaron con ese falso y criminal motivo (hay alguna película que cuenta basado en hechos reales lo ocurrido en aquel entonces incluso en Inglaterra, y los servicios secretos filtrando a la prensa algún email de EEUU para espiar a diplomáticos en la ONU).
La OTAN entera quedará acusada de violar en derecho internacional si uno de sus miembros lo incumple en algún caso, como ha ocurrido en GUANTÁNAMO. Un auténtico campo de concentración que el Presidente de USA, Barack Obama en su campaña se comprometió a desmantelar pero que luego no hizo.
No solo la violación flagrante de los derechos humanos más grave ocurrida en el Siglo XXI en Guantánamo, sino la violación de todo el derecho internacional sobre la guerra y los presos militares, que son maltratados de modo vergonzante a la vista y “complacencia” de todos sus socios “otanistas”. Ningún país miembros de la OTAN puede seguir apoyando al gigante Atlante para que inicie una destrucción masiva con la excusa de Ucrania, con esas violaciones de derechos humanos tan graves.
Repetir que ni UCRANIA NI EEUU han firmado o ratificado el Convenio de Roma de la Corte Penal internacional y por tanto cualquier guerra que inicien sin firmar dicho Tratado internacional, supone la marginación, violación de la legalidad internacional vigente de modo grave. Ni siquiera la ONU puede seguir haciendo el “juego de guerras” invasivas, y de romper países, para seguir haciendo el negocio de la guerra en el mundo a EEUU. Ni la ONU ni EU pueden seguir siendo cómplices del crimen de guerra sistemático de EEUU en el mundo, sin firmar el tratado internacional del CONVENIO DE ROMA, que regula los delitos de genocidio y crímenes de guerra, o de lesa magestate.
Por lo tanto ningún país de la EU, ni Inglaterra pueden seguir dando pábulo a un país en guerra civil, y con tantas muertes que la propia ONU ha denunciado más un posible genocidio en Ucrania.
Ucrania está a las puertas de otro genocidio, salvo que Rusia acuda en ayuda de las dos repúblicas emergentes. Y este es un modo de provocar la guerra contra Rusia, primero en el Dombas, si apoya militarmente a esas dos repúblicas emergentes, lo que no es en modo alguno un INVASIÓN de UCRANIA, como están facturando los EEUU engañosamente. La malicia y el uso de los términos retorcidos, alterados, manipulados e invertidas las causas, supone que con una mínima inteligencia se vea la anatomía de un crimen internacional potencial en ciernes, que se está orquestando en esta fragua al rojo vivo. El rojo es el color ahora de EEUU, en esta inversión.
EEUU ha prestado -ya veremos a qué precio final, por ahora más de 2.700 millones de dólares- en ayuda para armamento a UCRANIA. El negocio de venta de armas supone un negocio más que lucrativo. Esta ayuda –financiación de la guerra en Ucrania- es un negocio de la guerra que los EEUU están proyectando en secreto desde hace más de un año, desde que llegó Biden al gobierno el 20 de enero de 2021.
Por tanto ni EU, ni la ONU, ni siquiera ningún país en la OTAN puede seguir dando carta de naturaleza a la violación del derecho internacional de modo IMPUNE en el mundo por EEUU. O EEUU firma ese tratado de modo urgente, o b[cualquier iniciativa bélica, debe ser paralizada por “presunta guerra injusta” o contra el derecho internacional de gentes]b, o de las “buenas gentes” que firman los tratados internacionales para presentar la democracia en el mundo, no solo en su país, y los derechos humanos. La población y la ciudadanía en el mundo reclaman esa firma, o su inmediato repliegue a sus fronteras, sin poder exportar ningún soldado al extranjero, por tener la presunción de ser delito de guerra de agresión. Dado que nadie que sepa que va a cometer un delito de guerra de agresión en el mundo, no quiere firmar un tratado donde le puedan juzgar. Y por el contrario, si no los va a cometer, sería el primer firmante, para ser ejemplo de no genocidio o no inventar las guerras por abuso económicos, y guerras de agresión delictivas, con falsos motivos.
Los ataques a las democracias y derecho humanos que EEUU han causado son gravísimos. Y juegan a la impunidad internacional manipulando las instituciones internacionales con el “infantilismo” europeísta cuando ahora el tablero mundial está en jaque. Y EEUU está en jaque mate, por no haber firmado ese tratado internacional. Así que si quiere iniciar otra partida de guerras en las ex repúblicas soviéticas, debe saber que está guerreando injustamente –ilegalmente- por un pequeño tema local a una invitación a una guerra mundial en Europa.
EEUU está atacando todas las democracias en Europa, de modo infiltrado. Hay que alertar que los intereses detrás de esta guerra en Ucrania, solo pretende paralizar y bloquear el suministro de gas natural de Rusia a Europa, que supone aproximadamente un 40% del suministro europeo, para mantenerse como una potencia del gas licuado frente a Rusia.
IV.- Ucrania el inicio de una posible Tercera Guerra mundial en Europa
Esta caza de fantasmas que está creando EEUU en Europa supone enfrentar a toda Europa con Rusia. Cuando Rusia no ha sido enemigo de Europa en la Segunda Guerra Mundial ni lo es ahora. Esto debe quedar claro, y cada país debe saber quién es su aliado y quién su enemigo que por traición de los pactos cruzados va a desestabilizar en un modo predefinido y preparado una de las más dura y cruentas guerras en Europa, o de Europa contra Asia. Tal vez el enemigo de Europa es solo EEUU y su intención de seguir haciendo guerras de agresión como si todo el mundo fueran idiotas y no fueran a hacer otra vez nada.
La “guerra de los titanes” debe poner a las claras la traición que con engaños está causando EEUU a sus aliados en Europa. Ya ha conseguido engañar a Inglaterra, que al verse relegado fuera de la EU, por el brexit, su posición en EU está totalmente debilitada y anulada. Inglaterra no pinta nada en EU, sino es en la OTAN, salvo que lo fuera a través de otros tratados como la EUO, y otros vínculos internacionales (OCDE, etc.).
El conflicto de tableros entre jugadores debe poner a las claras, que la OTAN debe desaparecer, que no hay ningún riesgo real y efectivo en Europa (Atlántico norte) para mantener bases militares, como vasallaje militar en este modo titánico neo-feudal del militarismo pues la OTAN es EEUU y no al revés. Solo si los intereses económicos, -que es siempre, puesto que el sabueso está al acecho de su presa en cualquier lugar donde puede sacar tajada, le merecen la pena, EEUU activa la carta en la manga de la OTAN. Sin embargo EEUU hace trampas siempre-, como lo demuestra la historia de los ultrajes de guerras fantasma, que ya están anunciadas en el famoso discurso antes referido, de “la conspiración mundial monolítica” que aviso el presidente John F Kennedy (JFK), y que por eso y otros motivos seguro le asesinaron de modo impune.
Una cosa es una amenaza y otra generar amenazas para después decir que se sale a su rescate. EEUU es el país que más inestabilidad y desestabilización está creando en el mundo desde la II Guerra Mundial.
EEUU se dice en RT que ha movilizado más de 50.000 soldados en Ucrania y otros 30.000 previsto en Polonia parece que pueden movilizarse. ¿Cómo un país puede llevar un ejército de 50.000 soldados a un país sin declarar la guerra a su enemigo (Rusia)?. Vaya por delante que el enemigo no es solo las dos repúblicas emergentes de Ucrania, que en la libertad soberana de autodeterminación de los pueblos pueden separarse cuando deseen, y esta guerra civil lleva como masacre más de 8 años, desde 2014. La ONU ha cifrado más de 30.000 muertos en la guerra civil que Kiev mantiene.
EEUU está buscando aliados en la zona, tanto de las repúblicas bálticas –socias de la OTAN- como otras limítrofes. Está búsqueda de aliados es un hacer la guerra a Rusia con fuerzas europeas, que estos países deben reconocer y denegar cualquier respuesta a esta insolente genocida petición.
Se ha reservado está denominación de tercera guerra mundial, a aquella en la que enfrente a las principales potencias del mundo (EEUU, Rusia, China, etc.) o que destalle la intervención de estas y otras potencia internacionales en el mundo. Pero además aquella que tenga lugar un ataque nuclear como una posible forma de destrucción en las mentes y proyectos de guerra que ahora en estos “juegos de guerra mundial” EEUU está provocando contra Rusia, Europa y el mundo entero. Denunciar desde aquí esa jugada de EEUU como un fraude, y un motivo falso, cuya primera finalidad supone fomentar una guerra civil en Ucrania, (1) que puede durar varios años, y (2) extender esa guerra a la península de Crimea que implica atacar directamente la soberanía de Rusia, que es otro de los motivos ocultos del gigante Atlántico.
Algunos países de Letonia, Lituania y Estonia, y otros le han contestado que Ucrania está suficientemente armado y que no necesita más tropas. Una de las respuestas más claras y directas antes las ambiciones de la guerra que está dimensionando EEUU contra Rusia.
Alemania después de la reunificación se creó con el compromiso que la OTAN no se expandiría hacia el ESTE. No solo Rusia sino incluso periodistas alemanes que estuvieron en esa conferencia en Inglaterra en 1990 lo han certificado. Por lo tanto, dad exactamente igual que sea un compromiso verbal o uno escrito. Pues reza el adagio y precepto civil que las “obligaciones son ley entre las partes” (art. 1091 Código Civil). Y da exactamente igual que fuera verbal o escrito, si fue un acuerdo entre ambos países, debe cumplirse. Y el solo hecho de querer discutir el obligado que no estaba escrito, solo puede denunciarle como un incumplido sin vergüenza, que no solo no cumple el derecho internacional, sino que debe ser condenado en un Tribunal Internacional de Justicia, o de Arbitraje con graves sanciones económicas a todo daño o perjuicio que se cause EEUU. Las sanciones se tienen que poner a EEUU desde ya.
La personalidad jurídico internacional determina que el sujeto de obligaciones es el Estado no el gobierno, y el hecho que fuera otro gobierno anterior en 1990, que se obligó a no expandirse hacia el este, implica, al igual que si fuera una norma estatutaria de la propia OTAN, que no puede ser violada. Y este pacto, está promesa obliga en derecho, como promitente de una obligación internacionales exigible ante toda la comunidad internacional, no solo obliga a la OTAN, pues hay que levantar el velo cuando la mala fe se muestra como incumplimiento de obligaciones, que son modos de contratos verbales o escritos internacionales, y que deben ser ejecutables y exigibles en derecho internacional.
Pero la comunidad internacional, no tiene valor de recoger quejas o incumplimientos sistemáticos del gigante y titánico controlador de todo, la ONU, la OTAN, Ucrania, e incluso la UE, pues los tiene cogidos por varios tratados militares.
Si no se crea un órgano internacional que en verdad, justicia y derecho juzgue, y pueda verificar y controlar los motivos abiertos, y entreabiertos de una posible guerra internacional. Cualquier guerra exterior, como las típicas que hace EEUU, serán una "invención injustificada" de miles de causas -ingeniería del terror- que en todos los casos no respetan el derecho internacional, el legítimo derecho a que no se inmiscuyan en los asuntos internos soberanos de otro país (pequeño o mediano), puesto que la fuerza y violencia aplastante, el titanismo y gigantismo es una vicio delirante de un envilecimiento del mercado de la guerra en el mundo.
Si solo la URSS y China, son los que pueden plantar alguna cara a EEUU en el mundo, en sus desmanes y despropósitos, y denunciar las injusticias que comete, este factor es fundamental para evitar las mafias, y gansterismo internacional abrasante.
La ONU es también manipulada y responsable de sus errores, engaños, y autoengaños al mundo, en estas guerras y otras decisiones de otros asuntos en otros comités, y organizaciones de ella dependientes que usan su misma plataforma. Pero la ONU si es una organización internacional, debe tomar y acusar nota, y reconocer sus errores, si no lo hace, no vale para nada, más que justificar y tapar los errores de los gigantes que la controlan. Donald Trump, ya decía con una gran claridad, que la ONU no funciona. Y esto es la prueba de que la ingeniería del terror ahora usas los mecanismos en la ONU como otro tentáculo más.
La personalidad jurídico internacional solo existe para cumplir la ley y derecho internacional, no para incumplirlo, y cuando se incumple debe ser demandado internacionalmente conforme a Derecho.
Si la economía de EEUU es en una gran parte una industria incontrolable y creciente de la industria militar, y ni internamente se puede controlar, sino que controla al gobierno y demás instituciones, tal y como lo han denunciado ya varios presidentes del gobierno de USA, y cuyos videos se han puesto antes, las sana crítica debe denunciar esa ingeniería del terror como un delito internacional creciente, que ahora se ha privatizado en agencias internacionales de la guerra y las milicias privadas (tipo agentes de seguridad con metralletas y tanques, o misiles que asaltan cualquier objetivo como mercenarios), y otras variantes de esta atroz y horripilante "maquinaria de matar indiscriminada". Donde hay dinero o riqueza en otro país, los sabuesos de estas agencias privadas -controladas por los magnates de dinero, los más ricos- se lanzan como pirañas a cualquier país, o zona, para crear una revolución, una secesión, una guerra civil, un motín, un levantamiento, y bloqueos para poner sanciones en los que lucrarse. Estas sanciones resultan como el impuesto mafioso, o un impuesto revolucionario, de lo más brutal. Esa mentalidad es la que hay que identificar, reconocer, y poner de manifiesto, puesto que si no, al ver grandes hombres, con trajes tan caros (miles de dólares cada uno), nadie pensaría que son los piratas y gánsters de el país más rico. Un bonito disfraz, revestido de diplomacia, y no deja por ello de ser delincuencia internacional. Si, diplomacía delincuente o diplomacia pirata.
Su mentalidad es agresiva y violenta. Los insultos son una metralleta en la boca de estas personas, donde el odio mortal es la manera de manejarse en la jerga del terror, como el mismo lenguaje que la mafia, y el terrorismo más duro han mantenido en su mentalidad durante años. Basta ver un video en youtube del Sr. Biden en el que insulta con un odio grave a un periodista, creyendo que el micro estaba cerrado y le llamo (dos graves insultos ... que no voy a repetir), luego su equipo le hicieron llamar al periodista para disculparse. Pero solo preguntó sobre la inflación. Esa mentalidad de ataque y agresividad es propia de un hombre violento, y agresivo, no de un político respetuoso con la libertad, o por lo menos se "aguanta" y lo piensa -que sigue siendo la misma mentalidad-
El titán solo actúa con chantaje y amenazas. Sus formas de chantaje, ahora están en intervenir en todos los puntos, y contactos que, por ejemplo, Rusia está teniendo, u otros países entre sí con el tema de Ucrania, EEUU o Rusia como fondo.
Así hoy han llamado al presidente de Brasil para que no se produzca una conversación con Argentina. Este tipo de actos, lo realizan por decenas al día. O para que un jefe de estado no viajara a Rusia. Se entrometen en todo, con avisos "muy amables", que son el chantaje más burdo, en lo económico, en lo político y en lo militar. Esas visitas de gánsters son la práctica común de los gigantes en esta ingeniería del terror, que combina todo tipo de actuaciones y medidas coactivas. La coacción y la amenaza en derecho internacional debe ser perseguida por derecho interno, según los principios de Núremberg.
El querer embargar los contactos de su enemigo, y bloquearlos, entrometiéndose para que el presidente de un país iberoamericano no viaje a Rusia. Esto es una maniobra de chantaje internacional, abusivo, y una cúmulo de amenazas. EEUU está amenazando a varios países de forma delictiva, hablemos claro. La coacción y amenaza son delito interno, y no menos internacional (según los principios de Nuremberg). Los presidentes de los estados deben denunciarlo a las autoridades porque esa "coacción" y "amenazas" son un delito grave, de chantaje y manipulación. Hay que acabar con estos chantajes, con denuncias claras.
Todos los analistas internacionales dicen desde hace meses que el nerviosismo, incrementando cada día el acoso y derribo, con una gran histeria, creada a propósito, que es una amenaza y pánico inducido como medio y moneda de cambio en todos sus actos y tratos. Se Este abuso están molestando gravemente a muchos dirigentes europeos.
LA OBLIGACIÓN DE LA PROMESA DE NO EXPANSIÓN AL ESTE DE LA OTAN
Si en derecho hasta la promesa de matrimonio, aun siendo una obligación personalísima, puede generar demandas, indemnizaciones, y sentencias condenatorias, como las hay. Del mismo modo esta promesa es un acuerdo más dentro del conjunto de las obligaciones internacionales de los Estados.
La promesa de contrato (contrato de arras, precontrato, etc.) son modo de responsabilidad contractual y precontractual. Sin embargo, esta promesa es de índole contractual exigible en derecho, puesto que la promesa de NO EXPANSIÓN, se está reconociendo por EEUU cuando pregunta o responde que no está por escrito. No la niegan, y por tanto la han admitido y reconocido. Y esto es un fuente de derecho internacional que debe ser obligada por toda la comunidad internacional.
El tratado del Atlántico Norte, es del Atlántico, no del Ártíco, ni del Antártico, ni del Pacífico, ni del Este de Europa.
EEUU y la OTAN han perdido el norte. Ni un solo país de la OTAN está atacado o en peligro, sino al revés es EEUU el que está atacando a otro país, como Rusia usando a la OTAN. Esto es una abuso de su nombre, estatutos y ningún estado ni miembro ha sido atacado por Rusia. Esto es muy importante, para ver la extralimitación de EEUU manipulando la OTAN.
Esa no expansión al Este debe implica:
1º.- No expansión militar de la OTAN con otro socios (ya lo han incumplido con otros 6 países del este).
2º.- No anexión de otros estados del este, ex repúblicas soviéticas.
3º.- No expansión ni de EEUU ni de ningún país miembro de la OTAN al este.
4º.- No envío de armamento a esos países, puesto que es igual anexionarlo, que demorarlo y llevar ejércitos enteros de EEUU, u otros países a Ucrania.
5º.- No engaño ni violación de su palabra dada. Si un país como EEUU no tiene respeto a su propia palabra dada, y quiere incumplir sus promesas, debe ser denunciado como "delincuencia de la palabra falseada" para hacer la guerra.
6º.- No armar hasta los dientes a países del Este de Europa. Pues esto también es una desestabilización de Europa, de la UE, y demás organizaciones internacionales.
7º.- No sabotear su palabra. Y respetar los compromisos internacionales como un modo de buena fe, credibilidad, y exigibilidad internacional, puesto que lo contrario, es romper su valor como agente internacional (actos mafiosos, gansteriles, terroristas de estado, etc.). La palabra dada, la promesa son compromisos y forman parte del Estado de Derecho, y la legalidad interna e internacional.
En otro orden, las garantías de seguridad, más básica es la palabra dada, la honorabilidad si es que la tienen, y por tanto la NO EXPANSIÓN DE LA OTAN, NI EEUU al este, ofrecida desde la unificación de Alemania, es la más mínima garantía de seguridad para Rusia, y Asia, no solo para Rusia, también para Europa y China, y demás países. Puesto que Ucrania se está convirtiendo en otra base militar de las más grandes en el ESTE. Y eso no es solo por motivos estratégicos, sino por motivos bélicos injustos.
III.- El origen de la inminente guerra de agresión iniciada por EEUU en Ucrania frente a la frontera de Rusia.
Una guerra de agresión es una guerra delictiva, puede ser un crimen de guerra, un genocidio, o un delito internacional muy grave.
EN RESUMEN: Actualmente EEUU está buscando subir la factura energética en EU, con estas maniobras y bloquear o inventar sanciones a Rusia, como en el nuevo gaseoducto NORD STREAM II, que es una de las maniobras más graves que debe ser denunciada internacionalmente ante Tribunales internacionales por mala fe, abuso e incluso posibles crímenes de guerra en Ucrania, contra los ucranianos independizados, y contra Rusia después, amén de atacar los intereses de su nuevo gaseoducto. La intención de EEUU es subir el doble su factura de gas licuado en Europa, de 500.000 millones de dólares al año, a un BILLÓN DE DOLARES al año. Y que las sanciones perduren varios años, para quedarse el suministro de gas en Europa. Si esto es así, EEUU habría cometido un crimen de guerra y una agresión grave por ese medio billón que busca facturar de más en su gas licuado a Europa, durante una guerra que puede durar varios años, además de enfrentar a todas las potencias europeas contra Rusia, y también contra China, recuperando un odio antirruso (RUSOFOBIA DE BIDEN) de la más dura y gélida Guerra Fría.
EEUU no puede seguir su expansión colonialista contra Ucrania, y contra Rusia en Ucrania y a través de Ucrania. Esto es un abuso, que debe ser denunciado como crimen internacional ante toda la comunidad internacional. EEUU deberá pagar todos los daños que está invasión y guerra de agresión está creando o pueda crear.
El propio presidente Ucraniano, declaró que el Nord Stream II, es una maniobra geopolítica rusa, lo cual no puede ser más que una autodenuncia de sus pactos con EEUU, como maniobras geopolíticas, y por tanto de naturaleza filo-nazi de ese presidente, -de donde surge el nombre de ese tipo de actividades clandestinas-, puesto que al parecer resulta que el nuevo gaseoducto supondría que Ucrania no ingresaría unos 2000 millones de dólares al año por de los otros gaseoductos que pasa actualmente por su país. El negocio de Ucrania de esos 2000 millones, puede ser una minucia en la que la inconsciencia e ignorancia de ese sujeto, puede estar poniendo a todo Europa y todo el mundo en amenaza de guerra nuclear. Una amenaza de guerra de agresión, con tintes de extensión a potencias nucleares en conflicto y posible combate.
Si la OTAN actúa todos los demás países miembros que participen con tropas o ayuda militar, (con exclusión de EEUU y Ucrania que aún no han firmado el tratado de Roma) podrían ser denunciados ante la CPI por una guerra de agresión en Ucrania contra ucranianos y contra Rusia.
Hay una clara legitimidad Rusa para reclamar su derecho de no invasión ni aproximación de tropas a sus fronteras. Desde los años 90, se declaró por EEUU que no tenía interés en una expansión hacia el este. Sin embargo, con su engañatodo pseudo-diplomático pone de manifiesto que es falsario tales excusas. Y que le da igual contradecirse, desdecirse y atacarse a sí mismo en la más desprestigiada demagogia internacional y diplomática.
EEUU está envuelto en la más grande confusión de su historia, genera histeria mediática sistemáticamente. Pudiéndose ver algunos titulares como de plena “manipulación”, está “psico-gestión” de la histeria internacional es el medio planificado desde más de un año, por las élites para iniciar un proceso de revitalización de la Guerra Fría, y del odio antirruso -RUSOFOBIA- en las cúpulas del poder del partido en el gobierno en la Casa Blanca. LA RUSO-FOBIA que han re-creado Biden y su equipo es una forma de odio grave, con intención de guerra mundial encubierta.
Nadie se lo cree, y casi nadie se atreve a ver como se está reiniciando una escalada belicista que lleva la causar motor de una guerra mundial. Puesto que ya se creará, sea como fuere, algún altercado en el que se dispare el enfrentamiento, o se ataque una base con armas nucleares que se disparan por accidente o premeditadamente. Ojalá me equivoque, pero ojala, que EEUU sea denunciado ante un TRIBUNAL INTERNACIONAL por incentivar una guerra de agresión internacional en el Este de Europa, por intereses económicos y conflictos de influencias con la familia del propio presidente de EEUU.
El propio Joe Biden y su vicepresidenta, está generando una “ruso-fobia” gravísima desde hace años, por sus intereses personales, familiares y empresariales en Ucrania. El odio de la segunda guerra mundial, puso durante muchos años en una grave tensión al mundo polarizado entre Norteamérica y la URSS. La expansión de la OTAN, que es un ente fantasma en el mundo actualmente, y que tiene a la cabeza los países más antidemocráticos del mundo como EEUU, puesto que la democracia es un modo de plutocracia económica en su país, y una dictadura y tiranía invasiva en el extranjero (económico, político, militar, infiltración, encubiertas operaciones diplomáticas, políticas, económicas, ocultas, etc.etc.).
EEUU está chantajeando a muchos países, o amenazando de un "totalitarismo" grave, con amenaza de sanciones, enloquecido, por un mal que no ha ocurrido, y que ellos quieren provocar. El chantaje (amenaza o coacción) es un delito interno y por tanto perseguible internacionalmente si lo comete algún estado. Los países chantajeados deben denunciar estás maniobras a la ONU, y a sus tribunales, es inaceptable el abuso y chantaje que quiere imponer EEUU.
Las guerras de Irak, las varias guerras en Afganistán (primero enviando armamento contra los rusos, y luego invadiendo y bombardeando el país), de lo que ha retroalimentado el poder talibán como un gobierno más fuerte militarmente y más duro en la gravedad del abuso de la población, el sexismo de aniquilar la libertad de las mujeres en el país, que hace años gozaba de una libertad femenina internacional. Las mujeres ya no tienen ningún derecho ni libertad, no puede acudir a la escuela (menos del 1% de las mujeres van a la escuela), o a la universidad, no pueden mostrar su rosto, y solo pueden salir a la calle con su marido, o con un permiso de este. El machismo enfermizo es una locura nacional que los talibanes han impuesto, tras el reforzamiento del gobierno talibán, tras la guerra de Afganistán.
La guerra de Irak II es un engaño internacional, y el modelo anticonstitucional y casi genocida de una invasión y guerra de troceamiento y devastación militar de un país con un motivo falso. La supuesta excusa de invadir un país, porque en el mismo supuestamente se ocultaba un terrorista buscado internacionalmente, es uno de los motivos de guerra más salvajes de la historia de la humanidad. Iniciar una guerra contra un país, en el que ha habido más de un millón de muertos civiles para supuestamente detener a un terrorista en como bombardear un país para acabar con un ladrón, un mafioso o un asesino. Matar a un millón de personas por un solo terrorista que quieren asesinar o ajusticiar en la venganza y el odio, no deja de ser lo que se ha dicho, una guerra injusta, que suena a eufemismo, y sin duda alguna un “crimen de guerra” y “una guerra de agresión”.
EEUU critica a Rusia en Crimea, pues se dice que se invadió por un grupo de militares puntos estratégicos y se convocó un referéndum en el que el 98% de la población votó la anexión a Rusia, sin bajas o víctimas de ningún tipo, ni haber declarado la guerra. Y en contrapartida, EEUU inició sucesivamente una guerra segunda en Irak por un motivo falso (se dijo que estaba fabricando armas nucleares y era un montaje falso preparado por sus propios servicios de inteligencia). Además esto ocurre en decenas de países lo hacen (Corea, Pakistán, etc.) y no se les persigue en guerra invasiva similar. El propio Bush hijo, declaró que le habían engañado sus servicios de inteligencia. Nadie ha ido a la cárcel aún.
Vaya por delante que si bien es cierto que Rusia se anexionó Crimea de un modo invasiva, por militares en zonas claves, no es menos cierto que no hubo víctimas como en Irak, Afganistán, etc., y que la población votó a favor de él con un 98% de los votos.
EU y la OTAN no pueden seguir amparando la guerra de agresión o un intento de Ucrania de genocidio contra su propio pueblo en Dombas.
EEUU es el país en el mundo que más manipula la opinión pública internacional para sacar partido económico en los países que desea invadir sin motivo o con motivos falsos.
La prueba de los motivos falsos en varios invasiones y guerras de EEUU en este siglo XXI, pone de manifiesto que ni EU, ni la ONU pueden seguir creyendo ni auspiciando el crimen internacional secreto como medio encubierto de invasión, atentando contra el derecho soberano de los países, a través de generar la histeria colectiva, el pánico enfermizo falsario, y el interés de hacer “el negocio de la guerra” como un modo de enriquecimiento económico internacional. Miles de millones de dólares pagados por los ciudadanos norteamericanos a empresas subcontratistas del “negocio de la guerra” en formas de un imperialismo colonizador, invasivo e inquisitivo en más de medio mundo. Ningún país está seguro con EEUU a la cabeza de más grande arsenal de bombas atómicas del mundo.
Puesto que hasta sus propios generales han puesto en tela de juicio la salud mental de su propio presidente en la Casa Blanca (caso anterior de un general contra el Sr. Donald Trump, por ejemplo), o como puede estar ocurriendo actualmente con el actual, en la casa Blanca, con uno de los presidente más extraños y alocados de la modernidad. Su avanzada edad pone de manifiesto que tiene defectos de movilidad física (tal vez por secuelas de algún derrame cerebral), pero también por efectos de una senectud galopante, y diversas formas de senilidad precoz que puede estar sufriendo. No cabe duda que el odio que el actual presidente de USA está generando, inicialmente en su propio estado, y luego lo ha exportado y está camuflando en todo el mundo de un modo creciente y gravísimo.
La escalada mundial del militarismo, está llevando a renovar conflictos muertos y desenterrados desde hace décadas. Esto suena a los peores momentos de persecución del KKK en USA contra los negros, y actualmente en persecución de la xenofobia anti-rusa más grave desde los conflictos de los misiles en cuba.
Vaya por delante que EEUU está literalmente burlando y tomando el pelo a EU, a Rusia, y a la ONU en este conflicto. La intención belicista norteamericana actual tiene un triple frente, por un lado:
1º.- Burlar a la UE, en dos frentes, a anular la acción conjunta de la Política se seguridad conjunta de la UE (PESC) (la anterior UEO, o brazo militar conjunto de la EU), que está dividido por los diversos dirigentes europeos.
2º.- Burlar a la UE, en segundo frente, al manipular y usar la OTAN como segundo “policía malo” cuando le conviene, y a través de los acuerdos con los demás países de la UE, que se solapan y superponen, consiguen pisotear la UNIDAD EUROPEA, para crear un conflicto bélico de escalada mundial. Ciertamente estamos en una pre-guerra mundial muy grave creada por EEUU por su “interés” de llevar a cabo una “guerra mundial energética” que es una guerra de agresión por dinero e interés económico, que más abajo se explicará suficientemente.
3º.- Burlar la ONU, para que el Consejo de Seguridad actualmente no actúe. Obviamente ni Rusia, y al parecer ya tampoco China vetarían una misión de cascos azules en Ucrania. Donde habrá una guerra civil en ciernes en la misma frontera de Rusia, no a miles de kilómetros como la guerra que EEUU mantiene cada año y década. Rusia está más que legitimada para quejarse por los conflictos bélicos civiles en un país con una gran inestabilidad política y cultural como es Ucrania, donde el pueblo está dividido y EEUU viene usando y fomentando los ataques a las zonas del Dombas en conflicto, a través de llevar más de 4000 expertos militares a la zona hace tiempo, y desplegar en la actualidad más de 50.000 soldados , además de avisar que desplazará otros 30.000 soldados que vendrían de Polonia. Por si no fuera poco, EEUU ha hecho la guerra en Ucrania como su propia Guerra, por una codicia que aquí está siendo denunciada.
EEUU está en período de “campaña de guerra” pidiendo a otros estados, como Lituania, Estonia, Letonia, o Inglaterra, que lleven armas y soldados a la zona. La campaña de guerra es un modo de invitación y propaganda de la guerra que viola la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que prohíbe toda propaganda de la guerra (nadie hace más publicidad de la guerra que EEUU, cada día en cada telediario a millones y millones de hogares dos veces por día al menos, una hora más o menos).
Esto es, EEUU está alentando a una guerra mundial internacional en Europa.
Alemania que causó más de 27 millones de muertes (27.000.000) en los países invadidos en la segunda guerra mundial en el este, no está interesada en participar en una nueva guerra mundial, promovida por el pro-nazismo norteamericano que ha resurgido de la mano de Biden y su vicepresidenta. Un modo de filo-fascismo imperialista geopolítico de dimensiones mundiales y con riesgo de guerra mundial o guerra nuclear. Los misiles están activos, y en fase de revisión y planificación en caso de conflicto bélico.
EEUU ya está iniciando varias acciones invasivas infiltradas como en KAZAJISTAN. Es suficiente ver los titulares del mismo día de los sucesos, y del día siguiente para ver como se había infiltrado la noticia “de que la comunidad internacional no actuara”, como si EEUU e incluso la propia UE, -de la mano de EEUU en esa noticia-, pedía que no se interviniera internacionalmente.
Rusia puso en vigor las consulta de su aliados estratégicos con Kazajistán, y denunció internacionalmente la maniobra de que era un “invasión de milicias” entrenadas para asaltar los puntos básicos, y crearon una revuelta de las típicas (ya son muchas las técnicas que servicios secretos vienen preparando tipo primaveras árabes en muchos países, y ahora en todo el mundo).
La “guerra de las turbas” asaltantes y conflictos contra la policía que en el caso de Kazajistán se retiró, con más que buen criterio, para no tener que tomar otras medidas más drásticas. La ayuda de los aliados Rusos, con Kazajistán, permitió recuperan la democracia y el control interno en pocos días.
La comunidad internacional, si es que así se puede llamar a lo que occidente quiere vender como tal, esto es, UE, y EEUU se han retratado como a favor de la “pro-injerencia” en Kazajistán, todo ello motivado aparentemente por un conflicto con la subida del precio del combustible en pleno invierno.
Este es otro ejemplo y prueba de la “GUERRA DEL GAS”, o “guerra mundial de encarecimiento energético” que EEUU está iniciando y anunciando]b desde hace más de un año. Su finalidad, crear inestabilidad en varios países, para hacer una guerra sucia contra Rusia por su gaseoducto NORD STREAM 2, que llevaría gas a Alemania a precios muy asequibles, para Europa, y que EEUU está haciendo una “guerra de sabotaje”.
Es tan ridículo que el presidente de Ucrania, Zelenskí, amigo personal de la familia de Joe Biden, que ya ha visitado la propia Casa Blanca engordado de una americanismo que hace poner los pelos de punta a cualquiera, puesto que un Presidente de una ex república de la URSS esté casado en primeras nupcias con Biden, y EEUU hace más que sospechar de falta de imparcialidad y objetividad. O está comprado o está vendido, y está clave -por difícil- que parezca es la causa del conflicto.
Ningún conflicto existía con el anterior presidente de EEUU Donald Trump con Ucrania. Cuando el Fiscal General del Estado de Ucrania inicio investigaciones y acciones penales por varios delitos contra el hijo de Joe Biden, que ocupaba un cargo “subsidiado” como director de una empresa petrolera en Ucrania, el propio Donald Trump lo denunció en su precampaña. El Fiscal General del Estado de Ucrania fue destituido y cambiado por otro. El hijo de Joe Biden cobraba más de 600.000 dólares anuales en esa empresa como esa.
La primera guerra del golfo pérsico tuvo el escenario de Kuwait y supuso una guerra por el control del petróleo entre Irak y Kuwait. Hice un trabajo muy extenso de más de 125 páginas entonces, en todas sus vertientes, (histórica, política, sociológica, religiosa, económica, bursátil, energética, etc.) pero se constató que la factura del crudo de petróleo se duplicó o más durante esos años. De modo que todo occidente pagó la factura de duplo de gasoil y la gasolina y derivados del petróleo por una guerra que no tenía que haber supuesto en modo alguno aquel subidón y crisis internacional.
Desde entonces el “negocio de la guerra” se aumenta si hay otro motivo con el negocio bélico en sí, esto es, “el negocio de la guerra del petróleo” y el “negocio de la guerra del combustible o recursos energéticos” hace del negocio se multiplique con ambos negocios de dos guerras simultáneas . Los monopolios mundiales están cometiendo unos abusos tan grandes en el mundo actualmente, que ningún país puede ponerse coto sin verse obligados a ir a una guerra extranjera con estás compañía y lobbies que controlan más capital que el presupuesto interior bruto de muchos de esos países.
A veces las guerras tienen supuesto motivos solo político (asesinato de un presidente, por ejemplo como la I Guerra mundial), otras veces son motivos religiosos, o históricos. No hay motivos casi únicos en estos casos, y suele ser un conjunto de situaciones las que conlleva y confluyen para denotar una guerra internacional o mundial.
La OTAN no puede seguir haciendo campaña militar en UCRANIA, puesto que UCRANIA no es socio de la OTÁN, así que la actuación y maniobras “pseudo-políticas” de la OTAN en la región no es más que un desafío y declaración de guerra silenciosa contra RUSIA, y China en Asia.
El cacareo de EEUU, como gallo de pelea, calentando el ambiente en los naciones europeas, en una auténtica TRAICIÓN A LA PAZ EN EUROPA, puesto que EEUU sabe que él sólo sin respaldos en otros países, no puede iniciar una guerra contra Rusia directamente, en sus fronteras, o en países que están siendo declarados repúblicas independientes dentro de UCRANIA, y que pueden anexionarse o no a Rusia.
Así que la supuesta guerra civil en Ucrania, que EEUU está provocando con sus titulares desde hace meses, no es más que una guerra civil que no tendría que importar en nada a EEUU pues no está en su territorio ni es miembro de la OTAN.
La ayuda que la OTAN está llevando a cabo en UCRANIA solo puede llevar a la ruptura y división de la propia OTAN, y a que sus supuestos aliados, sus socios, rompan ese viejo sistema anticuado e inservible más que para seguir justificando el “clientelismo” y “vasallaje militar occidental” -otanismos- bajo nuevas formas se servilismo encubierto. La OTAN no puede seguir con un país como EEUU a la cabeza, puesto que NO TIENE NINGUAN LEGITIMIDAD INTERNACIONAL dado que el gigante norteamericano está violando sistemáticamente el derecho internacional, y el derecho de la guerra antes en Oriente Medio, y otros países.
Si EEUU no ratifica de inmediato el tratado de Roma de la Corte Penal Internacional, el resto de firmantes, entre ellos la mayoría de los países europeos deben denunciar a EEUU por no someterse a las más mínimas garantías del derecho internacional penal en sus constantes invasiones y posibles –o no- crímenes de guerra (véase la segunda guerra de Irak, que incluso Inglaterra y EEUU sabían que no tenía ninguna industria nuclear y atacaron con ese falso y criminal motivo (hay alguna película que cuenta basado en hechos reales lo ocurrido en aquel entonces incluso en Inglaterra, y los servicios secretos filtrando a la prensa algún email de EEUU para espiar a diplomáticos en la ONU).
La OTAN entera quedará acusada de violar en derecho internacional si uno de sus miembros lo incumple en algún caso, como ha ocurrido en GUANTÁNAMO. Un auténtico campo de concentración que el Presidente de USA, Barack Obama en su campaña se comprometió a desmantelar pero que luego no hizo.
No solo la violación flagrante de los derechos humanos más grave ocurrida en el Siglo XXI en Guantánamo, sino la violación de todo el derecho internacional sobre la guerra y los presos militares, que son maltratados de modo vergonzante a la vista y “complacencia” de todos sus socios “otanistas”. Ningún país miembros de la OTAN puede seguir apoyando al gigante Atlante para que inicie una destrucción masiva con la excusa de Ucrania, con esas violaciones de derechos humanos tan graves.
Repetir que ni UCRANIA NI EEUU han firmado o ratificado el Convenio de Roma de la Corte Penal internacional y por tanto cualquier guerra que inicien sin firmar dicho Tratado internacional, supone la marginación, violación de la legalidad internacional vigente de modo grave. Ni siquiera la ONU puede seguir haciendo el “juego de guerras” invasivas, y de romper países, para seguir haciendo el negocio de la guerra en el mundo a EEUU. Ni la ONU ni EU pueden seguir siendo cómplices del crimen de guerra sistemático de EEUU en el mundo, sin firmar el tratado internacional del CONVENIO DE ROMA, que regula los delitos de genocidio y crímenes de guerra, o de lesa magestate.
Por lo tanto ningún país de la EU, ni Inglaterra pueden seguir dando pábulo a un país en guerra civil, y con tantas muertes que la propia ONU ha denunciado más un posible genocidio en Ucrania.
Ucrania está a las puertas de otro genocidio, salvo que Rusia acuda en ayuda de las dos repúblicas emergentes. Y este es un modo de provocar la guerra contra Rusia, primero en el Dombas, si apoya militarmente a esas dos repúblicas emergentes, lo que no es en modo alguno un INVASIÓN de UCRANIA, como están facturando los EEUU engañosamente. La malicia y el uso de los términos retorcidos, alterados, manipulados e invertidas las causas, supone que con una mínima inteligencia se vea la anatomía de un crimen internacional potencial en ciernes, que se está orquestando en esta fragua al rojo vivo. El rojo es el color ahora de EEUU, en esta inversión.
EEUU ha prestado -ya veremos a qué precio final, por ahora más de 2.700 millones de dólares- en ayuda para armamento a UCRANIA. El negocio de venta de armas supone un negocio más que lucrativo. Esta ayuda –financiación de la guerra en Ucrania- es un negocio de la guerra que los EEUU están proyectando en secreto desde hace más de un año, desde que llegó Biden al gobierno el 20 de enero de 2021.
Por tanto ni EU, ni la ONU, ni siquiera ningún país en la OTAN puede seguir dando carta de naturaleza a la violación del derecho internacional de modo IMPUNE en el mundo por EEUU. O EEUU firma ese tratado de modo urgente, o b[cualquier iniciativa bélica, debe ser paralizada por “presunta guerra injusta” o contra el derecho internacional de gentes]b, o de las “buenas gentes” que firman los tratados internacionales para presentar la democracia en el mundo, no solo en su país, y los derechos humanos. La población y la ciudadanía en el mundo reclaman esa firma, o su inmediato repliegue a sus fronteras, sin poder exportar ningún soldado al extranjero, por tener la presunción de ser delito de guerra de agresión. Dado que nadie que sepa que va a cometer un delito de guerra de agresión en el mundo, no quiere firmar un tratado donde le puedan juzgar. Y por el contrario, si no los va a cometer, sería el primer firmante, para ser ejemplo de no genocidio o no inventar las guerras por abuso económicos, y guerras de agresión delictivas, con falsos motivos.
Los ataques a las democracias y derecho humanos que EEUU han causado son gravísimos. Y juegan a la impunidad internacional manipulando las instituciones internacionales con el “infantilismo” europeísta cuando ahora el tablero mundial está en jaque. Y EEUU está en jaque mate, por no haber firmado ese tratado internacional. Así que si quiere iniciar otra partida de guerras en las ex repúblicas soviéticas, debe saber que está guerreando injustamente –ilegalmente- por un pequeño tema local a una invitación a una guerra mundial en Europa.
EEUU está atacando todas las democracias en Europa, de modo infiltrado. Hay que alertar que los intereses detrás de esta guerra en Ucrania, solo pretende paralizar y bloquear el suministro de gas natural de Rusia a Europa, que supone aproximadamente un 40% del suministro europeo, para mantenerse como una potencia del gas licuado frente a Rusia.
IV.- Ucrania el inicio de una posible Tercera Guerra mundial en Europa
Esta caza de fantasmas que está creando EEUU en Europa supone enfrentar a toda Europa con Rusia. Cuando Rusia no ha sido enemigo de Europa en la Segunda Guerra Mundial ni lo es ahora. Esto debe quedar claro, y cada país debe saber quién es su aliado y quién su enemigo que por traición de los pactos cruzados va a desestabilizar en un modo predefinido y preparado una de las más dura y cruentas guerras en Europa, o de Europa contra Asia. Tal vez el enemigo de Europa es solo EEUU y su intención de seguir haciendo guerras de agresión como si todo el mundo fueran idiotas y no fueran a hacer otra vez nada.
La “guerra de los titanes” debe poner a las claras la traición que con engaños está causando EEUU a sus aliados en Europa. Ya ha conseguido engañar a Inglaterra, que al verse relegado fuera de la EU, por el brexit, su posición en EU está totalmente debilitada y anulada. Inglaterra no pinta nada en EU, sino es en la OTAN, salvo que lo fuera a través de otros tratados como la EUO, y otros vínculos internacionales (OCDE, etc.).
El conflicto de tableros entre jugadores debe poner a las claras, que la OTAN debe desaparecer, que no hay ningún riesgo real y efectivo en Europa (Atlántico norte) para mantener bases militares, como vasallaje militar en este modo titánico neo-feudal del militarismo pues la OTAN es EEUU y no al revés. Solo si los intereses económicos, -que es siempre, puesto que el sabueso está al acecho de su presa en cualquier lugar donde puede sacar tajada, le merecen la pena, EEUU activa la carta en la manga de la OTAN. Sin embargo EEUU hace trampas siempre-, como lo demuestra la historia de los ultrajes de guerras fantasma, que ya están anunciadas en el famoso discurso antes referido, de “la conspiración mundial monolítica” que aviso el presidente John F Kennedy (JFK), y que por eso y otros motivos seguro le asesinaron de modo impune.
Una cosa es una amenaza y otra generar amenazas para después decir que se sale a su rescate. EEUU es el país que más inestabilidad y desestabilización está creando en el mundo desde la II Guerra Mundial.
EEUU se dice en RT que ha movilizado más de 50.000 soldados en Ucrania y otros 30.000 previsto en Polonia parece que pueden movilizarse. ¿Cómo un país puede llevar un ejército de 50.000 soldados a un país sin declarar la guerra a su enemigo (Rusia)?. Vaya por delante que el enemigo no es solo las dos repúblicas emergentes de Ucrania, que en la libertad soberana de autodeterminación de los pueblos pueden separarse cuando deseen, y esta guerra civil lleva como masacre más de 8 años, desde 2014. La ONU ha cifrado más de 30.000 muertos en la guerra civil que Kiev mantiene.
EEUU está buscando aliados en la zona, tanto de las repúblicas bálticas –socias de la OTAN- como otras limítrofes. Está búsqueda de aliados es un hacer la guerra a Rusia con fuerzas europeas, que estos países deben reconocer y denegar cualquier respuesta a esta insolente genocida petición.
Se ha reservado está denominación de tercera guerra mundial, a aquella en la que enfrente a las principales potencias del mundo (EEUU, Rusia, China, etc.) o que destalle la intervención de estas y otras potencia internacionales en el mundo. Pero además aquella que tenga lugar un ataque nuclear como una posible forma de destrucción en las mentes y proyectos de guerra que ahora en estos “juegos de guerra mundial” EEUU está provocando contra Rusia, Europa y el mundo entero. Denunciar desde aquí esa jugada de EEUU como un fraude, y un motivo falso, cuya primera finalidad supone fomentar una guerra civil en Ucrania, (1) que puede durar varios años, y (2) extender esa guerra a la península de Crimea que implica atacar directamente la soberanía de Rusia, que es otro de los motivos ocultos del gigante Atlántico.
Algunos países de Letonia, Lituania y Estonia, y otros le han contestado que Ucrania está suficientemente armado y que no necesita más tropas. Una de las respuestas más claras y directas antes las ambiciones de la guerra que está dimensionando EEUU contra Rusia.
Alemania después de la reunificación se creó con el compromiso que la OTAN no se expandiría hacia el ESTE. No solo Rusia sino incluso periodistas alemanes que estuvieron en esa conferencia en Inglaterra en 1990 lo han certificado. Por lo tanto, dad exactamente igual que sea un compromiso verbal o uno escrito. Pues reza el adagio y precepto civil que las “obligaciones son ley entre las partes” (art. 1091 Código Civil). Y da exactamente igual que fuera verbal o escrito, si fue un acuerdo entre ambos países, debe cumplirse. Y el solo hecho de querer discutir el obligado que no estaba escrito, solo puede denunciarle como un incumplido sin vergüenza, que no solo no cumple el derecho internacional, sino que debe ser condenado en un Tribunal Internacional de Justicia, o de Arbitraje con graves sanciones económicas a todo daño o perjuicio que se cause EEUU. Las sanciones se tienen que poner a EEUU desde ya.
La personalidad jurídico internacional determina que el sujeto de obligaciones es el Estado no el gobierno, y el hecho que fuera otro gobierno anterior en 1990, que se obligó a no expandirse hacia el este, implica, al igual que si fuera una norma estatutaria de la propia OTAN, que no puede ser violada. Y este pacto, está promesa obliga en derecho, como promitente de una obligación internacionales exigible ante toda la comunidad internacional, no solo obliga a la OTAN, pues hay que levantar el velo cuando la mala fe se muestra como incumplimiento de obligaciones, que son modos de contratos verbales o escritos internacionales, y que deben ser ejecutables y exigibles en derecho internacional.
Pero la comunidad internacional, no tiene valor de recoger quejas o incumplimientos sistemáticos del gigante y titánico controlador de todo, la ONU, la OTAN, Ucrania, e incluso la UE, pues los tiene cogidos por varios tratados militares.
Si no se crea un órgano internacional que en verdad, justicia y derecho juzgue, y pueda verificar y controlar los motivos abiertos, y entreabiertos de una posible guerra internacional. Cualquier guerra exterior, como las típicas que hace EEUU, serán una "invención injustificada" de miles de causas -ingeniería del terror- que en todos los casos no respetan el derecho internacional, el legítimo derecho a que no se inmiscuyan en los asuntos internos soberanos de otro país (pequeño o mediano), puesto que la fuerza y violencia aplastante, el titanismo y gigantismo es una vicio delirante de un envilecimiento del mercado de la guerra en el mundo.
Si solo la URSS y China, son los que pueden plantar alguna cara a EEUU en el mundo, en sus desmanes y despropósitos, y denunciar las injusticias que comete, este factor es fundamental para evitar las mafias, y gansterismo internacional abrasante.
La ONU es también manipulada y responsable de sus errores, engaños, y autoengaños al mundo, en estas guerras y otras decisiones de otros asuntos en otros comités, y organizaciones de ella dependientes que usan su misma plataforma. Pero la ONU si es una organización internacional, debe tomar y acusar nota, y reconocer sus errores, si no lo hace, no vale para nada, más que justificar y tapar los errores de los gigantes que la controlan. Donald Trump, ya decía con una gran claridad, que la ONU no funciona. Y esto es la prueba de que la ingeniería del terror ahora usas los mecanismos en la ONU como otro tentáculo más.
La personalidad jurídico internacional solo existe para cumplir la ley y derecho internacional, no para incumplirlo, y cuando se incumple debe ser demandado internacionalmente conforme a Derecho.
Si la economía de EEUU es en una gran parte una industria incontrolable y creciente de la industria militar, y ni internamente se puede controlar, sino que controla al gobierno y demás instituciones, tal y como lo han denunciado ya varios presidentes del gobierno de USA, y cuyos videos se han puesto antes, las sana crítica debe denunciar esa ingeniería del terror como un delito internacional creciente, que ahora se ha privatizado en agencias internacionales de la guerra y las milicias privadas (tipo agentes de seguridad con metralletas y tanques, o misiles que asaltan cualquier objetivo como mercenarios), y otras variantes de esta atroz y horripilante "maquinaria de matar indiscriminada". Donde hay dinero o riqueza en otro país, los sabuesos de estas agencias privadas -controladas por los magnates de dinero, los más ricos- se lanzan como pirañas a cualquier país, o zona, para crear una revolución, una secesión, una guerra civil, un motín, un levantamiento, y bloqueos para poner sanciones en los que lucrarse. Estas sanciones resultan como el impuesto mafioso, o un impuesto revolucionario, de lo más brutal. Esa mentalidad es la que hay que identificar, reconocer, y poner de manifiesto, puesto que si no, al ver grandes hombres, con trajes tan caros (miles de dólares cada uno), nadie pensaría que son los piratas y gánsters de el país más rico. Un bonito disfraz, revestido de diplomacia, y no deja por ello de ser delincuencia internacional. Si, diplomacía delincuente o diplomacia pirata.
Su mentalidad es agresiva y violenta. Los insultos son una metralleta en la boca de estas personas, donde el odio mortal es la manera de manejarse en la jerga del terror, como el mismo lenguaje que la mafia, y el terrorismo más duro han mantenido en su mentalidad durante años. Basta ver un video en youtube del Sr. Biden en el que insulta con un odio grave a un periodista, creyendo que el micro estaba cerrado y le llamo (dos graves insultos ... que no voy a repetir), luego su equipo le hicieron llamar al periodista para disculparse. Pero solo preguntó sobre la inflación. Esa mentalidad de ataque y agresividad es propia de un hombre violento, y agresivo, no de un político respetuoso con la libertad, o por lo menos se "aguanta" y lo piensa -que sigue siendo la misma mentalidad-
El titán solo actúa con chantaje y amenazas. Sus formas de chantaje, ahora están en intervenir en todos los puntos, y contactos que, por ejemplo, Rusia está teniendo, u otros países entre sí con el tema de Ucrania, EEUU o Rusia como fondo.
Así hoy han llamado al presidente de Brasil para que no se produzca una conversación con Argentina. Este tipo de actos, lo realizan por decenas al día. O para que un jefe de estado no viajara a Rusia. Se entrometen en todo, con avisos "muy amables", que son el chantaje más burdo, en lo económico, en lo político y en lo militar. Esas visitas de gánsters son la práctica común de los gigantes en esta ingeniería del terror, que combina todo tipo de actuaciones y medidas coactivas. La coacción y la amenaza en derecho internacional debe ser perseguida por derecho interno, según los principios de Núremberg.
El querer embargar los contactos de su enemigo, y bloquearlos, entrometiéndose para que el presidente de un país iberoamericano no viaje a Rusia. Esto es una maniobra de chantaje internacional, abusivo, y una cúmulo de amenazas. EEUU está amenazando a varios países de forma delictiva, hablemos claro. La coacción y amenaza son delito interno, y no menos internacional (según los principios de Nuremberg). Los presidentes de los estados deben denunciarlo a las autoridades porque esa "coacción" y "amenazas" son un delito grave, de chantaje y manipulación. Hay que acabar con estos chantajes, con denuncias claras.
Todos los analistas internacionales dicen desde hace meses que el nerviosismo, incrementando cada día el acoso y derribo, con una gran histeria, creada a propósito, que es una amenaza y pánico inducido como medio y moneda de cambio en todos sus actos y tratos. Se Este abuso están molestando gravemente a muchos dirigentes europeos.
LA OBLIGACIÓN DE LA PROMESA DE NO EXPANSIÓN AL ESTE DE LA OTAN
Si en derecho hasta la promesa de matrimonio, aun siendo una obligación personalísima, puede generar demandas, indemnizaciones, y sentencias condenatorias, como las hay. Del mismo modo esta promesa es un acuerdo más dentro del conjunto de las obligaciones internacionales de los Estados.
La promesa de contrato (contrato de arras, precontrato, etc.) son modo de responsabilidad contractual y precontractual. Sin embargo, esta promesa es de índole contractual exigible en derecho, puesto que la promesa de NO EXPANSIÓN, se está reconociendo por EEUU cuando pregunta o responde que no está por escrito. No la niegan, y por tanto la han admitido y reconocido. Y esto es un fuente de derecho internacional que debe ser obligada por toda la comunidad internacional.
El tratado del Atlántico Norte, es del Atlántico, no del Ártíco, ni del Antártico, ni del Pacífico, ni del Este de Europa.
EEUU y la OTAN han perdido el norte. Ni un solo país de la OTAN está atacado o en peligro, sino al revés es EEUU el que está atacando a otro país, como Rusia usando a la OTAN. Esto es una abuso de su nombre, estatutos y ningún estado ni miembro ha sido atacado por Rusia. Esto es muy importante, para ver la extralimitación de EEUU manipulando la OTAN.
Esa no expansión al Este debe implica:
1º.- No expansión militar de la OTAN con otro socios (ya lo han incumplido con otros 6 países del este).
2º.- No anexión de otros estados del este, ex repúblicas soviéticas.
3º.- No expansión ni de EEUU ni de ningún país miembro de la OTAN al este.
4º.- No envío de armamento a esos países, puesto que es igual anexionarlo, que demorarlo y llevar ejércitos enteros de EEUU, u otros países a Ucrania.
5º.- No engaño ni violación de su palabra dada. Si un país como EEUU no tiene respeto a su propia palabra dada, y quiere incumplir sus promesas, debe ser denunciado como "delincuencia de la palabra falseada" para hacer la guerra.
6º.- No armar hasta los dientes a países del Este de Europa. Pues esto también es una desestabilización de Europa, de la UE, y demás organizaciones internacionales.
7º.- No sabotear su palabra. Y respetar los compromisos internacionales como un modo de buena fe, credibilidad, y exigibilidad internacional, puesto que lo contrario, es romper su valor como agente internacional (actos mafiosos, gansteriles, terroristas de estado, etc.). La palabra dada, la promesa son compromisos y forman parte del Estado de Derecho, y la legalidad interna e internacional.
En otro orden, las garantías de seguridad, más básica es la palabra dada, la honorabilidad si es que la tienen, y por tanto la NO EXPANSIÓN DE LA OTAN, NI EEUU al este, ofrecida desde la unificación de Alemania, es la más mínima garantía de seguridad para Rusia, y Asia, no solo para Rusia, también para Europa y China, y demás países. Puesto que Ucrania se está convirtiendo en otra base militar de las más grandes en el ESTE. Y eso no es solo por motivos estratégicos, sino por motivos bélicos injustos.
Editado por
Juan Ramón Blanco es Licenciado en Derecho y abogado en ejercicio. Es asimismo asesor jurídico de Tendencias21, Secretario General Técnico del Instituto Ciencia y Sociedad y socio fundador del Instituto de Derechos Humanos Sri Aurobindo.
Secciones
Últimos apuntes
Noticias de AI
Organizaciones de Derechos Humanos
Blog sobre Sociedad y Derecho de Tendencias21
Tendencias 21 (Madrid). ISSN 2174-6850
Tendencias 21 (Madrid). ISSN 2174-6850