Notas
Hoy escribe Antonio Piñero
En el mundo de los rabinos del siglo I de nuestra era los resúmenes de la Ley son una síntesis del pensamiento de estos rabinos. Por ejemplo se cuenta del tantas nombrado Rabí Hillel –y de su adversario dialéctico el rabino Shammay- en el tratado Shabbat (“sobre el sábado”) del Talmud de Babilonia (el Talmud es un comentario muy amplio judío, compuesto entre los siglos V al VII d.C., a las sentencias de los rabinos sobre la ley recogidas en la Misná, de en torno al año 200; se denomina babilónica a la versión de la comunidad judía residente en Mesopotamia; hay otra versión jerusalemita, m´s breve) que en cierta ocasión se les acercó un pagano y les dijo a cada uno que se haría prosélito, es decir, convertido al judaísmo, a condición de que « Me enseñes -dijo- toda la Ley en el tiempo en el que puedo sostenerme sobre un solo pie » Se cuenta que el rabino Shammay lo despidió con cajas destempladas, mientras que Hillel le dijo: « Lo que a ti te resulta odioso no se lo hagas a tu prójimo. Esto es toda la “Torá” (la Ley). El resto es interpretación. ¡Vete y estudia! (Talmud de Babilonia, Shabbat 31 a). » Jesús tiene -como síntesis de la Ley- un dicho semejante que se suele denominar la “Regla de oro” (Lc 6,31/ Mt 7,12): « Lo que queráis que os hagan los hombres hacédselo vosotros igualmente Lo que queráis que os hagan los hombres hacédselo vosotros igualmente; pues esto es la Ley y los profetas » o también « "Amor a Dios y al prójimo son la síntesis de la Ley y los profetas" (Mc 12,29-31; Mt 22,37-40; Lc,26-28) » Estas sentencias son casi exactamente los mismas que otros resúmenes de la Ley de otros rabinos, sobre todo fariseos, y se hallan en la mejor tradición de los maestros más venerados entre los sabios israelitas. En estos resúmenes Jesús queda enmarcado como uno más de entre los rabinos famosos del Israel del siglo I. Por consiguiente, creo que en este apartado sobre la actitud de Jesús ante la Ley está justificada la siguiente conclusión: puede decirse que la posición de Jesús respecto a la Ley de Moisés es el de « Un interés omnipresente por el objetivo último de la Ley, que él considera, primaria, esencial y positivamente, no como una entidad jurídica, sino como una realidad ético-religiosa (G. Vermes, La religión de Jesús, Anaya & Mario Muchnik, Madrid 1995, p. 64). » Por tanto la ley mosaica, según Jesús, era la revelación de la conducta justa y ordenada por Dios a los hombres y la manifestación de los deberes que el hombre debía cumplir para con el mismo Dios. Ni por lo más mínimo se le podía pasar por la cabeza al judío Jesús abrogar esta ley para sustituirla por otra. El tema de la “religión de Jesús” debe seguir con otras cuestiones importantes como los siguientes: ¿cómo concebía él el Reino de Dios? ¿Es la ética de Jesús de un estilo que rompe las normas de la religión judía?, y sobre todo ¿cuál es el Dios de Jesús? De ellos trataremos brevemente en las postales de días sucesivos. Son asuntos complejos pero muy interesantes, porque de ellos se deduce lo que pretende mostrar toda esta serie de prenotandos orientados a mostrar la base sobre la luego se produce el proceso de la divinización de Jesús: bien analizados a los Evangelistas se les impone -por tradición- una figura histórica, la del Nazareno, con una serie de rasgos que lo dibujan como un mero ser humano. A partir de ahí, como constatación que debe reforzarse con todos los análisis de pasajes de la vida de Jesús presentada por los Evangelios mismos, se puede construir la tesis a la que va orientada toda esta serie, a saber cómo se produjo el proceso de divinizar a un ser humano, o lo que es lo mismo como se pasó del respeto y admiración por un rabino galileo del siglo I al culto de un Cristo celeste que no es simplmente un mesías judío sino un redentor universal, de todos los hombres sin excepción. Seguiremos. Saludos cordiales de Antonio Piñero.
Viernes, 28 de Noviembre 2008
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Hoy escribe Gonzalo del Cerro
Hablábamos el otro día de las dos fuentes clásicas de la revelación según el punto de vista de la teología: la Biblia y la Tradición. La Biblia es un concepto concreto y bien definido. Comprende la relación de los libros reconocidos como sagrados. Una relación que abarca 73 libros en el cómputo católico o 66 en el protestante. El término “libros” es bastante elástico por lo que se refiere a los elementos que componen la Sagrada Escritura. En el número de los 73 van incluidos “libros” tan diferentes como la Carta a Filemón del Nuevo Testamento y el Eclesíástico, del Antiguo. La evolución del término “Biblia” ha sufrido una evolución que va desde el femenino býblos (papiro), relacionado con la ciudad homónima de Fenicia. Su forma de diminutivo con el morfema desinencial más corriente en el griego clásico daba el neutro byblíon, escrito finalmente como biblíon. Su plural neutro era y sigue siendo biblía (los libros), en el sentido de que hace referencia al libro de los libros, calificado normalmente con el adjetivo calificativo hágia (santos). Su desinencia en la terminación más corriente del femenino que es la a hizo que fuera entendida como un femenino del singular. La evolución lingüística es paralela a la que ha sufrido otro término griego como íntybos (lechuga o escarola), cuyo diminutivo era el neutro intýbion y su plural intýbia, que ha sido luego interpretado como un femenino en razón de su terminación en –a. La pronunciación postclásica de intýbia era “indibia”, que ha producido la palabra femenina castellana endibia. Pero si la Biblia abarca muchos “libros”, la literatura apócrifa comprende un abanico muy amplio de títulos, paralelos a sus homónimos bíblicos. Como decía Orígenes, los Evangelios eran muchos más de los cuatro canónicos, integrados en el Nuevo Testamento. Antonio Piñero está preparando una edición en castellano, en un solo volumen, de todos los evangelios (que son en total 76), que comprenderá tres secciones fundamentales: los evangelios canónicos, los apócrifos y los gnósticos. Lo mismo podemos afirmar de los Apocalipsis con el argumento definitivo de otro libro de Antonio Piñero, publicado el año pasado, que recoge textos y recuerdos de 45 Apocalipsis. Por lo que se refiere a los Hechos Apócrifos de los Apóstoles, Antonio Piñero y yo mismo hemos publicado ya la edición crítica de los cinco primeros Hechos Apócrifos primitivos en dos volúmenes de la BAC. Y en la actualidad tenemos ya preparado el tercer volumen que comprende las historias noveladas de trece apóstoles y otros discípulos de Jesús. No voy a defender el valor estrictamente histórico de esos relatos. Pero quiero destacar la idea de que sus textos han dejado en la historia de la teología y de la piedad cristiana tradiciones que se han materializado en monumentos arqueológicos, fiestas y recuerdos concretos. Roma, la ciudad “inmortal de mártires y santos” conserva templos, cuya razón documental es producto de la literatura apócrifa. Tales son la basílica de San Pedro en el Vaticano, donde fue sepultado San Pedro; la iglesia de San Pedro “in Montorio” en el monte Janículo, donde fue crucificado; la de San Juan Ante portam Latinam, donde San Juan evangelista fue arrojado a una caldera de aceite hirviendo; la capilla del Quo vadis? en la Vía Appia, que recuerda el encuentro de Jesús con Pedro; el santuario de las Tres Fuentes, en la Vía Ostiense, donde San Pablo fue decapitado; las catacumbas de San Sebastián en la Vía Appia o de Santa Domitila, en la Vía Ardeatina, recordadas en los hechos apócrifos de los Apóstoles. Los datos que han motivado la edificación de todos estos monumentos y su recuerdo en los textos litúrgicos y en el santoral cristiano son una aportación de la literatura apócrifa. No necesito recordar que dogmas como el de la Asunción de la Virgen al cielo en cuerpo y alma tiene su apoyo documental únicamente en los apócrifos. De ellos mana la tradición que acabó en la definición dogmática del año 1950. Por ejemplo, la importancia de Santo Tomás en el evangelio apócrifo del Pseudo José de Arimatea Tránsito de la Bienaventurada Virgen María está expresada fielmente en el texto del Misteri de Elche, dedicado como es sabido a la Asunción de la Virgen María. Los apócrifos griegos se refieren a esa tradición como a la Dormición (kóimēsis) de María, mientras que los latinos hablan preferentemente del Tránsito. Saludos cordiales. Gonzalo del Cerro
Jueves, 27 de Noviembre 2008
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Hoy escribe Antonio Piñero
Las discusiones entre los rabinos de la época acerca del perdón a los enemigos y la venganza son proverbiales para la época de Jesús. Lo que se discutía al respecto era el texto de Éxodo 21,23-25: “Pero si resultare daño, darás vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, quemadura por quemadura, herida por herida, cardenal por cardenal”, también denominada “ley del talión” . A ello se refiere Jesús cuando dice: « Habéis oído que se dijo: Amarás a tu prójimo y odiarás a tu enemigo. Pues yo os digo: Amad a vuestros enemigos y rogad por los que os persigan, para que seáis hijos de vuestro Padre celestial, que hace salir su sol sobre malos y buenos, y llover sobre justos e injustos. Porque si amáis a los que os aman, ¿qué recompensa vais a tener? ¿No hacen eso mismo también los publicanos? Y si no saludáis más que a vuestros hermanos, ¿qué hacéis de particular? ¿No hacen eso mismo también los gentiles? Vosotros, pues, sed perfectos como es perfecto vuestro Padre celestial (Mt 5,43-48). » Hacía tiempo que en la práctica de la religión judía la venganza de sangre se había cambiado por una compensación monetaria por los daños, al igual que hoy. De ello da testimonio expreso el historiador Flavio Josefo en su obra Antigüedades de los judíos IV 280, cuando sostenía que los judíos de su época no se atenían ya a esa norma bárbara. Es decir, por vía de la interpretación, pasada luego a la práctica, los rabinos habían eliminado de hehco una ley bíblica como era la del talión. Y no eran criticados por ello, ni se les consideraba investidos de poder divino especial por el hehco de haber modificado la legislación de Moisés. Sobre el juramento, las antítesis del Sermón de la Montaña se expresan así: « Habéis oído también que se dijo a los antepasados: No perjurarás, sino que cumplirás al Señor tus juramentos. Pues yo digo que no juréis en modo alguno: ni por el Cielo , porque es el trono de Dios, ni por la Tierra, porque es el escabel de sus pies; ni por Jerusalén , porque es la ciudad del gran rey. Ni tampoco jures por tu cabeza, porque ni a uno solo de tus cabellos puedes hacerlo blanco o negro. Sea vuestro lenguaje: “Sí, sí”; “no, no”: que lo que pasa de aquí viene del Maligno (Mt 5,33-37). » El estudioso judío G. Vermes aporta tres preciosas citas de Filón de Alejandría y de Flavio Josefo que demuestran que, de nuevo, la doctrina de Jesús se parece a la de los esenios, quienes también buscaban cumplir de la mejor manera la Ley incluso con la apariencia de modificarla. Reproduzco los textos: « Los esenios muestran su amor a Dios… absteniéndose de juramentos, por veracidad (Filón, Que todo hombre probo…, 84) » « Todo lo que dicen (los esenios) es más seguro que un juramento. En realidad rechazan jurar por considerarlo peor que el perjurio. Pues aquel que no merece que le crean sin invocar a Dios está ya condenado (F. Josefo, Guerra de los judíos, II 135). » « La palabra del hombre bueno… debería ser (como) un voto, firme, invariable, totalmente libre de falsedad, firmemente asentada en la verdad… (Filón, Sobre las leyes especiales, II 2) » ¿Quién podría inferir serenamente de esta doctrina expresada en la antítesis sobe el juramento y el amor a los enemigos que Jesús no afirmaba la validez de la Ley, o que se consideraba superior a ella? ¡Justamente todo lo contrario! Si la doctrina de Jesús supusiera una oposición a la ley mosaica con la intención de abrogarla, entonces todas las discusiones de fariseos y esenios de la época, también. Pero esta conclusión es a todas luces absurda. Sin embargo, ¡se sigue manteniendo continuamente que Jesús superó la legislación del judaísmo! Pero una vez más, me parece quedar claro que la religión de Jesús, profundamente judía, era en verdad devota de la Ley, la cual debía observarse en su esencia y profundidad. No se encuentra otra explicación a esta postura intelectual q defiende a un Jesús debelador de la ley mosaica que el a priori de pensar que Jesús fundó el cristianismo, para lo cual se piensa implicita y explícitamente que él hubo de combatir y superar su propia religión. Pero como se deduce por los argumentos expuestos a partir de la lectura serena de los Evangelios mismos, tal conclusión no parece posible. Jesús no se muestra en el Sermón de la Montaña como el fundador de una religión nueva, sino como el sustentador de la antigua religión judaía. Por ello es más ajustado a la verdad histórica afirmar que Jesús fue el fundamento o base sobre la cual se fundó el cristianismo por otras personas que no eran él mismo, sino sus seguidores que reinterpretaron su figura, misión y doctrina. Jesús, por tanto, se muestra en estos pasajes como un ser humano, instruido en la Ley que siguiendo las pautas de los fariseos se esfuerza por captar para sí y transmitir a los demás el espíritu profundo de la Ley para cumplirla. Es la máxima expresión de obediencia de la criatura respecto al Creador. Saludos cordiales de Antonio Piñero.
Miércoles, 26 de Noviembre 2008
Notas
Hoy escribe Antonio Piñero
Decíamos el día anterior que comentaríamos un caso sonado de interpretación de la Biblia por parte de un rabino famosísimo, que puede compararse a la de Jesús en el Sermón de la Montaña, con la intención de mostrar que tales exégesis, a veces violentas y que llegan a modificar el espíritu del texto bíblico, no supone en el que la hace que se piense a sí midmo Dios (¡enmienda la Ley, nada menos!) ni mucho menos. El texto que fue reinterpretado es Deuteronomio 15,1-2 y dice así: « Cada siete años harás remisión (de las deudas a tus prójimos israelitas). En esto consiste la remisión. Todo acreedor que posea una prenda personal obtenida de su prójimo, le hará remisión; no apremiará a su prójimo ni a su hermano, si se invoca la remisión en honor de Yahvé. » Este pasaje impone la norma de que el acreedor judío que hubiera prestado dinero a otro judío tenía que condonar las deudas automáticamente, tanto el principal como los intereses, cada año sabático, es decir uno de cada siete. Es evidente que esta regla no podía funcionar sino en una sociedad muy primitiva, pequeña y muy espiritualizada, desde luego no en una sociedad medianamente avanzada dentro del Imperio Romano, como era la judía del siglo I, época de Jesús. El resultado de la atención y deseo de cumplir a la norma divina era en realidad que cuando se acercaba el séptimo año, los judíos no prestaban a otros judíos porque sabían que según la Ley, no podían cobrar la deuda. De ello –según el famoso rabino Hillel, de época de Jesús-, se generaba una situación doblemente perniciosa: los pobres se quedaban sin crédito, con lo que la vida les era más difícl-; y los ricos, o no cobraban, o bien contravenían la Ley, con lo que eran reos de condenación eterna. Estudiando la ley vio Hillel que había un cierto hueco por donde escaparse. La Ley permitía cobrar un préstamo siempre y cuando se hubiere “entregado un objeto en prenda”. Por ejemplo la persona que realiza un trabajo “que se entregaba a su dueño como renda de un futuro pago”. Por ello se podían cobrar deudas pendientes de abono de salarios y honorarios por trabajos prestados. Entonces se le ocurrió a Hillel que si se entregaba en prenda a un tribunal judío el contrato de un préstamo cuyos intereses y principal vencían en año sabático, y se encomendaba al tribunal el cobro de la deuda (que luego naturalmente era reembolsada por el tribunal al acreedor), era lícito cobrar todo préstamo o deuda incluso en ese año séptimo o sabático. Esta interpretación de la ley se llama “prosbul” (arameización del vocablo griego prosbolé, que significa literalmente “acción de lanzar hacia” y en este caso remitir o lanzar a un tribunal la responsabilidad de cobrar una deuda). Como puede verse, esta triquiñuela exegética del prestigioso rabino Hillel no era en verdad una mera interpretación sino una auténtica derogación de la Ley por la vía de la interpretación. Y así en otros casos… como cuando los rabinos –para evitar ciertas interpretaciones rígidas del descanso sabático unían unas casas con otras por medio de una suerte de pérgola –hecha de estacas y paños- de modo que el conjunto así logrado fuera como el patio de una casa comunal… Y como estaba permitido pasear por dentro de la casa en sábado y transportar comida, etc., con esta triquiñuela se lograba burlar o disminuir un tanto la dureza de la prescripción de no hace trabajo alguno en día de sábado. Otro caso era el "qorbán": declarar nominalmente consagrado al Templo el dinero que ujn hijo pudiente debía emplear en sostener a sus padres ancianos..., con lo que evitaba mantenerlos de hecho (Mc 7,11) Lo mismo debe aplicarse a Jesús: si a Hillel y a otros rabinos jamás se les consideró en el judaísmo una suerte de dios por el hecho de que habían modificado la Ley con su interpretación, tampoco el Jesús del siglo I era visto por sus contemporáneos como un dios simplemente porque introdujera una interpretación propia de la Ley con la frase “Se os ha dicho… pero yo os digo”. Por tanto, tampoco los exegetas cristianos contemporáneos tiene derecho a deducir de esta interpretación de la Ley por parte de Jesús que es claro que él se consideraba a sí mismo Dios, ya que superaba la Ley. La conclusión es una mera imaginación moderna sin base alguna. Además, y esto es lo principal, Jesús no disminuía el rigor de la Ley con su interpretación, sino que normalmente la endurecía, es decir, buscaba su mejor y más profundo cumplimiento. Si examinamos una por una estas antítesis, vemos que se trata de · La cuestión del homicidio (5,21-26), · Del adulterio (5,27-30), · Del divorcio (5,31-33), · Del perjurio (5,33-37), · De la ley del talión (5,38-42) y · Del amor a los enemigos (5,43-48). Todas ellas van justamente en el mismo sentido: ahondar en el espíritu auténtico de la Torá, profundizar en el espíritu de ella con el ánimo de que se cumpliera mejor, es decir, de acomodarse al espíritu de la Norma, el cual -se pensaba- era el espíritu del legislador, Dios. Así, según Jesús, el hombre debe no sólo no matar, sino quitar la raíz del posible asesinato, el odio y la discordia; no sólo no adulterar, sino eliminar la raíz del adulterio, el mal deseo; no sólo no jurar, sino hablar tan transparentemente que sea innecesario el juramento, etc.; no sólo no hacer daño, sino incluso –en determinadas circunstancias- amar a los enemigos. Es difícil que alguien pueda entender que todo esto que dice Jesús sea una aniquilación de la letra de la Ley. En el caso del homicidio parece clarísimo: no se puede decir que Jesús se opone tanto a la Ley que declare que está permitido matar. Igualmente, debe decirse lo mismo del divorcio y del adulterio –como hemos visto ya-. Saludos cordiales de Antonio Piñero.
Martes, 25 de Noviembre 2008
Notas
Hoy escribe Antonio Piñero
Seguimos con el tema Jesús y la ley de Moisés, del que pretendemos deducir también una imagen coherente de Jesús. Tratamos ahora al espinosa cuestión de las famosas y supuestas antítesis del Evangelio de Mateo (“Habéis oído que se ha dicho…; pero yo os digo...": ): 5,21-48. En apariencia presentan estas sentencias un Jesús que corrige tanto la ley mosaica que parece casi abrogarla. Por tanto da la impresión de que se pone a la misma altura que Dios. Algunos exegetas católicos opinan que Jesús se presenta aquí no sólo como “el nuevo legislador Moisés”, sino auténticamente como un ser divino que cambia la Biblia. ¿Es esta perspectiva correcta? Transcribo el inicio de estas antítesis: « Habéis oído que se dijo a los antepasados: No matarás; y aquel que mate será reo ante el tribunal. Pues yo os digo: Todo aquel que se encolerice contra su hermano, será reo ante el tribunal; pero el que llame a su hermano “imbécil”, será reo ante el Sanedrín; y el que le llame “renegado”, será reo de la gehenna de fuego. Si, pues, al presentar tu ofrenda en el altar te acuerdas entonces de que un hermano tuyo tiene algo contra ti, deja tu ofrenda allí, delante del altar, y vete primero a reconciliarte con tu hermano; luego vuelves y presentas tu ofrenda. Ponte enseguida a buenas con tu adversario mientras vas con él por el camino; no sea que tu adversario te entregue al juez y el juez al guardia, y te metan en la cárcel. Yo te aseguro: no saldrás de allí hasta que no hayas pagado el último céntimo. » Se ha discutido mucho la autenticidad de estos pasajes que ocupan un buen espacio en el Sermón de la Montaña. Por un lado, y desde el punto de vista formal, parece claro que la composción del Sermón en sí es obra del evangelista Mateo, quien toma de aquí y de allá dichos de Jesús transmitidos por sus fuentes (El Evangelio de Marcos de Marcos y la llamada "FuenteQ") y por la tradición oral. Al darle forma, pues, a un material muy di¡verso y sacado de su contexto, pudo modificar en algo el sentido del contenido. En segundo lugar, se discute si el contenido mismo procede del Jesús histórico ya que –como indicamos al principio- presentan a un Jesús que discute tanto el valor de la Ley que sus palabras parecen casi un manifiesto “antinomista”, es decir, "antiley". En mi opinión, y en la de otros muchos, es esa la precisamente la impresión que pretende causar el evangelista Mateo presentándolas así. La tesis del evangelista sería: Jesús es el nuevo legislador, el nuevo Moisés: la Ley sigue siendo válida, sin duda, como medio necesario para la salvación del ser humano (es decir, todos deben cumplirla de algún modo como dice el mismo Jesús). Pero tal como la interpreta él, el mesías verdadero, puesto que estamos en el período de una “nueva alianza” (Mt 26,28). Este concepto de “nueva alianza” es plenamente cristiano; no pudo estar en la boca de Jesús. Por tanto, la presentación misma de Mateo puede representar más su pensamiento como escritor, que el de Jesús mismo. Ahora bien, me parece que aunque se discutan algunas minucias verbales respecto a la autenticidad de este conjunto de dichos del Nazareno, si se valora el conjunto de ellos, muchos críticos acaban opinando que tenemos en las “antítesis”, si no las mismísimas palabras de Jesús, sí al menos su auténtica voz o pensamiento, puesto que encajan muy bien con ese pensamiento religioso de Jesús que puede deducirse de otros pasajes evangélicos, y también porque estas “antítesis” se encuadran muy en las discusiones intrafarisaicas sobre cómo entender mejor la Ley aplicada al momento en el que se vivía. Es decir, era muy común discutir a fondo el sentido de la Ley enytre los fariseos del siglo I y ninguno de esos maestros fariseos al debatir de este modo se creía Dios, ni mucho menos por dar su opinión, aunque pareciera que modificaba la Ley. Para que se vea cómo discutían sobre la ley de Moisés los rabinos en época de Jesús y cómo se interpretaba esta ley de modo que a veces ésta parecía irreconocible, tenemos el propósito de poner el día que viene un ejemplo sorprendente de este tipo de debates exegéticos entre los fariseos del siglo I: la interpretación del rabino fariseo Hillel -un poco anterior cronológicamente a Jesús- de la ley del Deuteronomio 15,1-2. Y escogemos el punto de vista fariseo porque, a pesar de la tradición de enfrentamiento, el modo de discutir de Jesús, sus opiniones y argumentos sólo encajan en un ambiente fariseo. Con ello insinuamos que si Jesús no era fariseo, le faltaba muy poco...¡a pesar de las apariencias! Saludos cordiales de Antonio Piñero
Lunes, 24 de Noviembre 2008
Notas
Hoy escribe Antonio Piñero
Muchos exegetas confesionales afirman que Jesús quebrantó la ley mosaica al negar la posibilidad del divorcio, según se deduce de Lc 16,18: « Todo el que repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio; y el que se casa con una repudiada por su marido, comete adulterio ». La primera respuesta a tal afirmación es: esta proposición no es en sí verdadera, puesto que Jesús permite el divorcio al menos en un caso, como parece demostrarse por el texto siguiente: « Y se le acercaron unos fariseos que, para ponerle a prueba, le dijeron: “¿Puede uno repudiar a su mujer por un motivo cualquiera?” El respondió: “¿No habéis leído que el Creador, desde el comienzo, los hizo varón y hembra, y que dijo: Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer, y los dos se harán una sola carne? De manera que ya no son dos, sino una sola carne. Pues bien, lo que Dios unió no lo separe el hombre. Dícenle: “Pues ¿por qué Moisés prescribió dar acta de divorcio y repudiarla?”. Díceles: “Moisés, teniendo en cuenta la dureza de vuestro corazón, os permitió repudiar a vuestras mujeres; pero al principio no fue así. Ahora bien, os digo que »quien repudie a su mujer –salvo por fornicación- y se case con otra, comete adulterio” (19,3-9). En líneas generales todos los exegetas afirman que el texto es auténtico y que procede del Jesús histórico. Otra cosa bien diferente es que la Iglesia católica haya hecho caso omiso de este pasaje de Mateo que se repite tal cual en 5, 27-32: « Habéis oído que se dijo: No cometerás adulterio. Pues yo os digo: Todo el que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su corazón. Si, pues, tu ojo derecho te es ocasión de pecado, sácatelo y arrójalo de ti; más te conviene que se pierda uno de tus miembros, que no que todo tu cuerpo sea arrojado a la gehenna. Y si tu mano derecha te es ocasión de pecado, córtatela y arrójala de ti; más te conviene que se pierda uno de tus miembros, que no que todo tu cuerpo vaya a la gehenna. También se dijo: El que repudie a su mujer, que le dé acta de divorcio. Pues yo os digo: Todo el que repudia a su mujer, excepto el caso de fornicación, la hace ser adúltera; y el que se case con una repudiada, comete adulterio ». Segunda respuesta: por otro lado, al negar la posibilidad del divorcio por cualquier causa Jesús adopta –respecto al cumplimiento de la ley mosaica- la postura rigorista de la escuela del rabino fariseo, Shammay (ésta es cronológicamente un poco anterior a Jesús): al marido sólo se le permite el divorcio si la mujer es adúltera, y la justifica con una interpretación exigente de Gn 1,27, como palabra de Dios. Esta postura exigente era la misma que la de los esenios del Mar Muerto. Los esenios invocaban el orden primigenio de la creación apelando a los textos del Génesis 1,27 y 2,1ss, en pro del matrimonio único e indisoluble. Basaban esta postura en dos argumentos: 1. El orden primitivo de la creación es superior al orden de la Ley; Moisés no prescribió el divorcio, sino que sólo lo permitió. 2. El texto divino, en Gén 1,27 emplea el singular “varón y mujer los creó”. Por tanto, Dios estaba pensando, para cada matrimonio, en un hombre y en una mujer concretos. Es sintomático al respecto el siguiente texto del Documento de Damasco IV 21-V 2, uno de las obras importantes de la secta esenia: g[ [Ciertos hombres] son capturados dos veces por [el deseo de] la fornicación, por tomar dos mujeres en sus vidas, a pesar de que al principio de la creación es “varón y hembra los creó”, y los que entraron en el Arca [de Noé] entraron de dos en dos en el arca. ]g Este pasaje, sin decirlo claramente, insinúa o presupone que desde toda la eternidad Dios ha predestinado un varón para cada mujer, y una mujer para cada varón. Los esenios pensaban que era así porque el texto sagrado dice en singular: “varón y hembra los creó”. Con este singular –se argumentaba- Dios hacía entender que había predeterminado desde toda la eternidad que un varón tuviera una única mujer y ésta un solo varón. Esta unidad sólo podría romperse si la mujer caía en un desliz sexual. En ese caso se imponía la separación –repudio-, pero no se permitía un nuevo matrimonio. Exactamente como Jesús. Por tanto, no se puede afirmar, como se oye a veces, que “Jesús, al defender un tipo de matrimonio sin divorcio estaba fundando el matrimonio monógamo e indisoluble en contra y oposición total del judaísmo de su momento”. Esta afirmación es totalmente errónea, y se basa simplemente en la ignorancia. Por el contrario Jesús se presenta como un exacto cumplidor de la ley de Moisés, a la que incluso endurece (Moisés transigió temporalmente con las debilidades del pueblo judío) según lo cree la voluntad de Dios expresada en el espíritu profundo de la Ley. Saludos cordiales de Antonio Piñero.
Sábado, 22 de Noviembre 2008
Notas
¿Transgredió Jesús la Ley judía?
A pesar de lo que se sostiene a menudo, con intención puramente apologética y confesional (“Jesús superó la ley judía, con lo que de modo indirecto estaba promoviendo una nueva religión”), un análisis sereno de los textos evangélicos demuestra que el Nazareno jamás quebrantó la Ley mosaica, sino que se adhirió tanto a la ley cultual como la moral, y afirmó con rotundidad la validez salvífica de la Ley en su conjunto; es decir, sin el cumplimiento de la ley de Moisés no puede salvarse un judío, que era a los que Jesús predicaba. Veamos los pasajes evangélicos más significativos que afectan a la actitud general de Jesús respecto a la observancia de la ley de Moisés. Mc 1,44 presenta a Jesús, después de curar a un leproso, ordenándoles que cumpla los ritos prescritos en Lev 14,1-7: « Mira, no digas nada a nadie, sino vete, muéstrate al sacerdote y haz por tu purificación la ofrenda que prescribió Moisés para que les sirva de testimonio. » Hay dos pasajes, los Evangelios de Lucas y Mateo que confirman este punto de vista: « Más fácil es que pasen el cielo y la tierra que caiga un sólo ápice de la Ley (Lc 16,17). » Hay dos pasajes, los Evangelios de Lucas y Mateo que confirman este punto de vista: « Más fácil es que pasen el cielo y la tierra que caiga un sólo ápice de la Ley (Lc 16,17). » Es decir, antes se destruirá el mundo que deje de cumplirse el precepto más mínimo de la Ley. Jesús es aquí un defensor a ultranza de la Ley de Moisés como el más puro de los fariseos. El texto de Mt 5,17-18 « No penséis que he venido a abolir la Ley y los Profetas. No he venido a abolir, sino a dar cumplimiento. Sí, os lo aseguro: el cielo y la tierra pasarán antes que pase una i o una tilde de la Ley sin que todo suceda » es considerado no auténtico por los críticos tal como está, es decir y con otas palabras, tal como lo leemos está claramente elaborado por Mateo en el contexto en el que aparece; por tanto es secundario, no pertenece al Jesús de la historia. Sin embargo, a pesar de que esta observación sea cierta desde el punto de vista formal, es seguro que tales sentencias reflejan el pensamiento auténtico de Jesús . Aclaremos un poco este extremo: todo el conjunto de estos pasajes son absolutamente significativos para describir la actitud general de Jesús a pesar de que los los críticos afirmen -con toda razón- que en todos ellos se perciben las “manos de los evangelistas”, es decir su tarea personal como redactores. Pero tal afirmación da como resultado todo lo más que estos textos no reflejan lo que se llama técnicamente las “ipsissima verba Jesu” (“Las palabras de Jesús tal como él las pronunció exactamente), pero sí que nos transmiten la “ipsissima vox Jesu” , es decir “su voz”, el sentir profundo de su pensamiento. Cuando se discute incluso esta última opinión por parte de exegetas confesionales, lo que hay detrás de tal discusión es el deseo de probar que “Jesús superó la ley de Moisés”, y que por tanto estaba poniendo las bases para fundar una nueva religión. Esta tesis debe ser considerada a la luz del conjunto de estos pasajes transcritos y de otros textos que nos reflejan –como iremos viendo- que la actitud de Jesús no fue ésta ni mucho menos. En todo caso, y a partir de las discusiones de Jesús con otros rabinos de su época, podría deducirse que él estaba intentando buscar el sentido profundo y esencial de la Ley no para derogarla, sino para cumplirla en profundidad. Con otras palabras, en todo caso se podría afirmar con los debidos matices, que Jesús intentaba refinar y “superar” el judaísmo a partir del judaísmo mismo y sin salirse de sus límites. Por tanto, a partir de estos textos se muestra la figura de un judío piadoso, de un ser humano que como criatura acepta el yugo de la ley divina –transmitida a través de Moisés- y que busca como cumplirla a toda costa. De estas sentencias de Jesús es imposible derivar el cristianismo, sobre todo el paulino que es el núcleo del cristianismo general sobre todo a partir del siglo IV, cuya idea nuclear al respecto es que no es ya necesario cumplir la ley de Moisés. Ésta tuvo la función de “pedagogo” (Epístola a los gálatas) para preparar la venida de Cristo, y quedó superada por la “ley del amor” que él, Jesús, promulgó. A partir de los pasajes presentados esta posición es insostenible. Seguiremos. Saludos cordiales de Antonio Piñero
Viernes, 21 de Noviembre 2008
Notas
Escribe Gonzalo del Cerro
La literatura apócrifa, testigo de la tradición La teología proclama que la revelación ha llegado a la Iglesia por dos caminos: la Sagrada Escritura y la Tradición. Son las dos fuentes clásicas de la revelación. Dios ha hablado a través de los libros inspirados. Pero su voz ha seguido sonando “muchas veces y de distintas maneras”, si se me permite hacer uso de la fórmula inicial de la epístola bíblica a los hebreos (Heb 1, 1). En muchos pasos, en repetidas entregas, con testigos y testimonios diversos Dios ha hablado a nuestros padres. Y esa “palabra de Dios, que no está encadenada”, como leemos en la segunda carta a Timoteo (2 Tim 2, 9), sigue sembrando su doctrina, su semilla, su magisterio. Cuando el apóstol Pablo comunicaba a los corintios el anuncio más importante de la historia cristiana, es decir, la muerte y la resurrección de Cristo, se servía de dos verbos característicos: paradídōmi y paralambanō transmitir y recibir. “Os he transmitido (parédōka) lo que yo he recibido (parélabon)” (1 Cor 15, 3). Era la práctica de la “parádosis”, la transmisión, la tradición. La teología se construye con el apoyo de esas dos grandes bases: la Biblia y la Tradición. La transmisión de unas doctrinas que van tomando poco a poco cuerpo compacto en lo que el autor de las Pastorales califica como “depósito” (parathēkē), un depósito que hay que guardar cuidadosamente con la ayuda de Dios (1 Tim 6, 20; 2 Tim 1, 12.14). Una escala importante en el proceso de formación de ese depósito es el amplio conjunto de la literatura apócrifa. El calificativo de “apócrifo” se ha ido cargando con el tiempo de connotaciones negativas. Su contraposición con los escritos canónicos produjo la falsa apreciación de que se enfrentaban unas obras inspiradas, aceptadas en el Canon y transmisoras de la verdad, con otras no inspiradas, no admitidas en el Canon y sin las debidas garantías de credibilidad. En la lengua corriente, el término “apócrifo” ha venido a significar algo así como lo que no es auténtico, con ciertos matices de falsedad, cuando no de engaño. Orígenes (s. III), al comentar el principio del evangelio de Lucas, recuerda que los evangelios fueron no solamente los cuatro aceptados y confiados a las iglesias cristianas. Otros muchos autores, como dice Lucas, “intentaron ordenar la narración” (conati sunt ordinare narrationem), pero no lo consiguieron, porque les faltaba la gracia del Espíritu Santo (Homilia in Lucam I, PG 13, c. 1802). Al hecho de que no fueran reconocidos como inspirados y canónicos se añadió el detalle de que obras apócrifas fueron utilizadas y manipuladas por los herejes, que fueron los que dieron al calificativo de “apócrifos” el matiz de reservados para su secta y apartados o retirados del uso común. Desde el punto de vista etimológico, el término “apócrifo” se deriva de apokrýptō (separar, ocultar). La realidad es que la terminología ha venido a significar un conjunto de escritos, paralelo por su género literario a los libros bíblicos, pero que no han sido reconocidos como sagrados ni incluidos en el Canon o lista de libros inspirados. De ahí que la relación de los apócrifos del Nuevo Testamento comprenda evangelios, hechos, cartas y apocalipsis. Ello no es impedimento para que tales obras sean un testimonio vivo de la fe de su tiempo. Es verdad que los Apócrifos contienen abundantes elementos de carácter legendario, pero no lo es menos que sus enseñanzas son la expresión histórica de una fe, que pasó con el tiempo al “depósito” de la doctrina oficial del pueblo cristiano. Los libros apócrifos no han dejado solamente vestigios en la liturgia y en al arte, sino que son en ocasiones la única fuente documental de dogmas importantes para la Iglesia. Fueron en muchos aspectos otros tantos modelos de los "Cristianismos derrotados" por la postura oficial de la Iglesia según la expresión de Antonio Piñero. Saludos de Gonzalo del Cerro
Jueves, 20 de Noviembre 2008
Notas
Continuamos hoy con la interpretación de la llamada “purificación del Templo”.
Lo que quiere transmitir Jesús con su acción violenta es que el Templo es, ante todo, una casa de oración, y que el comercio, aun necesario para el sustento y funcionamiento, debía realizarse de la manera más acomodada posible a su santidad. El comportamiento de Jesús es ciertamente exaltado, pero es sensiblemente igual al de otros tipos proféticos de otras épocas y de la suya propia: las quejas contra el funcionamiento del templo eran normales, incluso las de tono terrible que avisaban (como Jesús de Nazaret) de que el castigo divino por el incumplimiento podría ser incluso la destrucción física y totaldel Santuario. Cuenta Flavio Josefo en su Guerra de los judíos, VI 300-309 que un campesino, llamado Jesús ben Ananías, profetizó la caída del Templo y de Jerusalén poco antes del inicio de la Gran Revuelta judía contra los romanos (que concluyó efectivamente con la destrucción del Templo y de la ciudad) durante varios días en torno al año 66 d.C.. Fue azotado repetidas veces por la autoridad romana en castigo por perturbar el orden público, pero él -sin arredarse en absoluto- siguió con su misma predica amenazante, cuando fue finalmente puesto en libertad. Por tanto, con la “purificación” del Templo Jesús denunció el hecho de que el lugar más sagrado del Judaísmo se utilizaba incorrectamente, pero -y esto es lo impòrtante- no rechazó el Santuario como centro de culto. De acuerdo con su religión Jesús siguió acudiendo cada día a enseñar allí y, después de su muerte, también sus discípulos lo hicieron durante un cierto tiempo. Esto casa muy mal con la interpretación confesional que postula que Jesús había afirmado que la función del Templo había caducado con su venida. Dos interpretaciones generales se han propuesto a propuesto a propósito de esta acción violenta de Jesús: 1. La denuncia de Jesús fue ante todo simbólica: el Nazareno estaba en el fondo de acuerdo en que el Templo necesitaba para su utilización y correcto funcionamiento tanto el cambio de monedas como el tráfico de mercancías, en concreto la venta de animales para el sacrificio. Pero a sabiendas de que esto era así, su intento de “purificación” era ante todo una acción profética simbólica para dejar en claro que en el Reino divino futuro pero inminente, Dios instauraría un Templo especial en el que o bien estas acciones –sobre todo cambio de monedas- no fueran necesarias, o bien los indispensables preparativos para los sacrificios se realizarían con tal pureza y perfección que el Templo y todo su recinto quedaría totalmente dedicado al culto más perfecto. Tanto habría de ser así que probablemente sería necesario el derribo del Templo material tal como estaba y la construcción milagrosa por parte de Dios (“sin manos humanas”) de otro templo perfecto, según las indicaciones divinas que ya habían sido hecho públicas por el profeta Ezequiel (capítulos 40-45). 2. Jesús participaba de la opinión común de las gentes sencillas de que el Templo estaba regido por unos sacerdotes corruptos, pertenecientes todos al partido saduceo, colaboracionistas con los invasores romanos, amantes del dinero, etc., y cargó contra ellos en lo que más les dolía: el pingüe negocio montado en torno al Santuario que les proporcionaba grandes beneficios económicos. La acción se enmarcaría entonces en el marco del arrepentimiento necesario para le venida del Reino de Dios. La acción violenta –también profética- debía suscitar un movimiento de conversión hacia una actitud más pura. El Templo era como el gran espejo que reflejara este cambio de actitud. Ello significaba –una entre otras acciones, pero importante por la trascendencia del Santuario- como una invitación a la divinidad para que acelerara la implantación de su Reino sobre la tierra. Ambas interpretaciones de la acción de Jesús son posibles y no se excluyen mutuamente. La segunda incluiría también el derribo del Templo actual si no se producía –como era previsible- el necesario arrepentimiento de los sacerdotes dirigentes. Todo el conjunto nos pinta a un Jesús que se sitúa muy bien dentro del marco de los grandes profetas de Israel, que con sus acciones más o menos simbólicas instaban al pueblo a prepararse para la venida del “día del Señor”. Jesús, por tanto, aparece como un hombre, uno más, -el último, el de los tiempos finales, para sus seguidores- de esas fuertes personalidades proféticas. Saludos cordiales de Antonio Piñero.
Miércoles, 19 de Noviembre 2008
Notas
Otro argumento importante, deducido de los Evangelios mismos, para probar desde el punto de vista histórico que Jesús de Nazaret fue un mero ser humano es la imagen evangélica de este Jesús como un judío practicante y convencido de su fe puramente judía.
Como estamos en los comienzos, de una larga argumentación, estimo que debemos recordar de nuevo con algunas precisiones el esqueleto argumentativo de toda la serie: 1. La lectura crítica de los Evangelios aceptados como canónicos nos muestra una imagen de Jesús como un rabino judío del siglo I, que se consideraba a sí mismo un mero hombre; jamás se autotitula a sí mismo Dios. 2. Sin embargo, la misma lectura de los Evangelios nos presenta a Jesús como Hijo de Dios real, óntico. • Otros testimonios del Nuevo Testamento que consideran a Jesús como Dios • Una cristología evolutiva que tiende en cada paso a un mayor grado de divinización 3. De ello se deduce que la figura de Jesús sufre un proceso de heroización o divinización. 4. Hay que buscar una razón plausible de por qué se produce y cómo se produce esta transmutación: A. Por qué se produce la divinización de Jesús en el cristianismo primitivo. B. ¿Cómo es posible este proceso en el mundo del Imperio romano del siglo I d.C.? - Búsqueda de modelos plausibles en el mundo entorno, un mundo que pudo ejercer algún influjo sobre los cristianos: • La divinización de un ser humano en el mundo religioso grecorromano • La divinización de un ser humano en el mundo religioso egipcio • Una semidivinización de los agentes divinos en el universo humano, mesiánicos en concreto, en el mundo judío del siglo I: - En los manuscritos del Mar Muerto - En la teología general judía del siglo I C. Divinización de seres humanos en el siglo XXI 7. ¿Son aplicables estos modelos al ambiente religioso de los cristianos primitivos? Como pudo realizarse el proceso de divinización de Jesús en concreto • Aplicación a Jesús de profecías escriturarias sobre el futuro mesías • Entendimiento de esos textos en el sentido de que el mesías debe ser un agente al menos semidivino 8. Resultados Tras esta visión esquemática de la argumentación volvamos al punto inicial de nuestro post de hoy: 1) Jesús aparece en los escritos evangélicos como un judío practicante: Jesús se atiene sin discutirlas a las principales prácticas religiosas de su nación. Así, por ejemplo, Jesús frecuentaba habitualmente los centros de culto y de enseñanza del judaísmo de su entorno. Jesús predicaba continuamente en las sinagogas (Mc 1,21; Lc 4,15. 31), respetaba y visitaba al Templo en las fiestas anuales (Mc 11,15; 14,49; Mt 21,12; Lc 19,45, etc.). La denominada “purificación” del Templo narrada en Mc 11 y par., es interpretada aún por algunos intérpretes como una imagen de que Jesús abolió el culto del Templo. Pero esta interpretación es insostenible porque a nadie se le ocurre purificar, tomarse molestias en hacer que funcione bien algo de lo que está convencido que no sirve para nada, que está periclitado. Por tanto parece más razonable pensar que Jesús se preocupó de “purificar” el Templo para señalar simbólicamente con una acto profético que el Santuario era de gran valor, que era una institución divina, deseada por la volunta del Dios de Israel como lugar de encuentro con él y que en el futuro Reino de Dios (que Jesús predicaba) el Templo, fabricado quizá por Dios mismo, tendría un lugar preeminente. Saludos cordiales de Antonio Piñero
Lunes, 17 de Noviembre 2008
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Editado por
Antonio Piñero
Licenciado en Filosofía Pura, Filología Clásica y Filología Bíblica Trilingüe, Doctor en Filología Clásica, Catedrático de Filología Griega, especialidad Lengua y Literatura del cristianismo primitivo, Antonio Piñero es asimismo autor de unos veinticinco libros y ensayos, entre ellos: “Orígenes del cristianismo”, “El Nuevo Testamento. Introducción al estudio de los primeros escritos cristianos”, “Biblia y Helenismos”, “Guía para entender el Nuevo Testamento”, “Cristianismos derrotados”, “Jesús y las mujeres”. Es también editor de textos antiguos: Apócrifos del Antiguo Testamento, Biblioteca copto gnóstica de Nag Hammadi y Apócrifos del Nuevo Testamento.
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