La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) ha dado la razón a Telefónica y ha determinado que la operadora cumple la normativa vigente en el proceso de recuperación de clientes finales con servicios basados en la desagregación del bucle, es decir, de los llamados operadores alternativos.
El organismo presidido por Bernardo Lorenzo explica que en la Oferta de Bucle de Abonado (OBA) se contempla la posibilidad de recuperar clientes mediante alta de par vacante (en lugar de recuperación de bucle) cuando Telefónica encuentra dificultades para esclarecer si el cliente, en su solicitud de portabilidad, quiere dar de baja a su vez el bucle del operador donante (en este caso, el operador alternativo).
La CMT, que abrió a finales de marzo un expediente sancionador a Telefónica por una presunta infracción grave, ha comprobado que los operadores alternativos, al igual que Telefónica, hacen uso del procedimiento de alta sobre par vacante y además han solicitado su mantenimiento.
Por esta razón, no se puede calificar la conducta de Telefónica como discriminatoria y, por tanto, declara la no existencia de infracción
El organismo regulador cierra así un proceso que comenzó en agosto de 2010 con una consulta de Orange ante una presunta infracción de Telefónica. Esta infracción suponía el incumplimiento de la OBA y afectaba a la forma en la que la compañía cursa los procesos de portabilidad al crear un nuevo acceso físico (bucle vacante) sin dar de baja el cable del operador alternativo.
Orange indicaba en su escrito que cuando Telefónica da de alta un par vacante igualmente debe entenderse que el cliente no quiere mantener la línea que ya tenía con otro operador, de manera que la baja debería "ser automática" y no facturable.
En este sentido, Telefónica alega que la recuperación de bucle mediante alta de par vacante se encuentra recogida en la OBA y añade que el operador alternativo no debe abonar la baja del servicio si la solicita en un plazo de diez días laborables tras la ejecución del proceso de portabilidad.
El organismo presidido por Bernardo Lorenzo explica que en la Oferta de Bucle de Abonado (OBA) se contempla la posibilidad de recuperar clientes mediante alta de par vacante (en lugar de recuperación de bucle) cuando Telefónica encuentra dificultades para esclarecer si el cliente, en su solicitud de portabilidad, quiere dar de baja a su vez el bucle del operador donante (en este caso, el operador alternativo).
La CMT, que abrió a finales de marzo un expediente sancionador a Telefónica por una presunta infracción grave, ha comprobado que los operadores alternativos, al igual que Telefónica, hacen uso del procedimiento de alta sobre par vacante y además han solicitado su mantenimiento.
Por esta razón, no se puede calificar la conducta de Telefónica como discriminatoria y, por tanto, declara la no existencia de infracción
El organismo regulador cierra así un proceso que comenzó en agosto de 2010 con una consulta de Orange ante una presunta infracción de Telefónica. Esta infracción suponía el incumplimiento de la OBA y afectaba a la forma en la que la compañía cursa los procesos de portabilidad al crear un nuevo acceso físico (bucle vacante) sin dar de baja el cable del operador alternativo.
Orange indicaba en su escrito que cuando Telefónica da de alta un par vacante igualmente debe entenderse que el cliente no quiere mantener la línea que ya tenía con otro operador, de manera que la baja debería "ser automática" y no facturable.
En este sentido, Telefónica alega que la recuperación de bucle mediante alta de par vacante se encuentra recogida en la OBA y añade que el operador alternativo no debe abonar la baja del servicio si la solicita en un plazo de diez días laborables tras la ejecución del proceso de portabilidad.