Muchos califican el internet de las cosas (IoT por sus siglas en inglés) como la siguiente gran disrupción económica. De hecho, ya se empieza a hablar de IoE para referirse al internet de todo. El conocimiento y las posibilidades que ofrece la red serán ubicuos.
Hace unos días preparé un artículo sobre este asunto para el blog El Alcázar de las Ideas a petición de mi amigo Enrique Titos. En el artículo analizaba la "tecvolución" que se va a producir en el mundo del automóvil y de las ciudades (entre otros muchos sectores) una vez que se generalice la tendencia a dotar de sensores y conectividad a los objetos cotidianos y el big data nos permita extraer información relevante de la ingente cantidad de datos que ya se están generando.
Los desafíos legales que se empiezan a plantear son numerosos, entre ellos la protección de la seguridad y de la privacidad. Por ello concluía el post recomendando que esos riesgos se tuvieran en cuenta en el momento del diseño de los servicios (lo que se conoce como privacy by design) para evitar males mayores.
Por cierto, el tema que se plantea en uno de los comentarios sobre la responsabilidad en el caso de programación del software que controla el coche autónomo ya lo traté en septiembre en un artículo de Replicante Legal titulado "Cuando el algortimo toma los mandos del coche "
Hace unos días preparé un artículo sobre este asunto para el blog El Alcázar de las Ideas a petición de mi amigo Enrique Titos. En el artículo analizaba la "tecvolución" que se va a producir en el mundo del automóvil y de las ciudades (entre otros muchos sectores) una vez que se generalice la tendencia a dotar de sensores y conectividad a los objetos cotidianos y el big data nos permita extraer información relevante de la ingente cantidad de datos que ya se están generando.
Los desafíos legales que se empiezan a plantear son numerosos, entre ellos la protección de la seguridad y de la privacidad. Por ello concluía el post recomendando que esos riesgos se tuvieran en cuenta en el momento del diseño de los servicios (lo que se conoce como privacy by design) para evitar males mayores.
Por cierto, el tema que se plantea en uno de los comentarios sobre la responsabilidad en el caso de programación del software que controla el coche autónomo ya lo traté en septiembre en un artículo de Replicante Legal titulado "Cuando el algortimo toma los mandos del coche "