Bitácora

DECADENCIA DEL PACTO DE BOGOTÁ

José Rodríguez Elizondo

El Pacto de Bogotá, de 1948, debió servir para que los países firmantes de la región judicializaran (y resolvieran) sus conflictos. Se partía de la base de que las negociaciones diplomáticas no habían funcionado y que la Corte Internacional de Justicia -organismo de la ONU- sólo podía emitir fallos estrictamente jurídicos, que, además, no afectaran los tratados vigentes entre los países firmantes. Sin embargo, todo indica que esa Corte ha interpretado su propia competencia con demasiada amplitud. Por eso, Colombia, país sede del Pacto, ya se retiró del mismo. y ahora se ha instalado la discusión al respecto en Chile, a propósito de la demanda de Bolivia ante esa Corte. A continuación, un texto que este bloguero y tres distinguidos actores de la vida pública chilena, publicamos sobre este materia, el 14 de julio de este año.


Cuando Bolivia constitucionalizó un supuesto “derecho irrenunciable e imprescriptible sobre el territorio que le dé acceso al océano Pacífico”, su “aspiración marítima,” mutó en desafío internacional. Su gobierno ya no buscaría un acuerdo consensuado con Chile, para optimizar sus vigentes salidas al mar, en el marco del tratado de límites de 1904. El objetivo era instalar un conflicto de poder.

Era el inicio público de una estrategia integral, de aproximación indirecta, orientada a la adquisición de parte de Arica o a la “recuperación” de Antofagasta. Su primer tramo, de apariencia jurídica, fue la demanda ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), con base en el Pacto de Bogotá, para que este tribunal de la ONU nos obligara a negociar una salida soberana al mar.

Nuestros abogados dictaminaron, de inmediato, que era una iniciativa jurídica inviable, pues soslayaba un requisito fundamental del Pacto: el respeto a los tratados vigentes. Faltó agregar que también violentaba los principios de la Carta de la ONU, encargada de velar por la no intervención, la paz y la seguridad internacionales.

 Por ello, cuando la CIJ acogió a trámite esa demanda, dio respaldo a una estrategia sin plausibilidad jurídica, pero idónea para poner en peligro la paz internacional. Además, asumió responsabilidades propias del Consejo de Seguridad, que es el encargado onusiano del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales.

Ante esas desviaciones de poder jurisdiccional, Chile pudo cuestionar de plano la competencia de la CIJ, no compareciendo al pleito mismo, con base en el artículo 53 de su Estatuto y de su jurisprudencia. Así bloqueaba ab initio la maniobra comunicacional del gobierno boliviano y deslegitimaba un posible fallo no acatable, Sin embargo, primó la tradición juridicista nacional y se optó por cuestionar a los jueces dentro del mismo proceso. Que ellos definieran su propia competencia, como si fuera un incidente procesal.

Tras el rechazo (categórico) de nuestras excepciones preliminares, quedó claro que la CIJ estaba por someter nuestra soberanía a revisión y que ningún fallo judicial liquidaría la estrategia de Bolivia. En efecto, su gobierno siguió exigiendo una negociación con resultados predeterminados, amenazando con nuevas demandas, optimizando la internacionalización de sus objetivos estratégicos y hostilizando a Chile por diversos medios tácticos. Sugerentemente, ya hay analistas que explican su actuar con base en las tesis de la “guerra asimétrica”. 

En tales circunstancias, Chile debió equilibrar mejor los recursos del derecho, con los de la diplomacia y la disuasión defensiva. Así, hoy anunciamos que nuestra defensa del patrimonio territorial empleará “toda la fuerza de la Historia” y no sólo la fuerza de la argumentación legal. En paralelo, ya estaba legitimado el debate sobre el retiro del Pacto de Bogotá.
Empleado como plataforma para cuestionar, de manera soslayada, la vigencia de los tratados, ese Pacto ya no sirve para blindar el estatus de paz inherente al respeto a los mismos. Por lo demás, nunca fue una barrera respecto a las potencias mayores, que no lo ratificaron y, a mayor abundamiento, ya se retiró Colombia, país sede de su aprobación en 1948.

Por lo señalado, Chile no debe resignarse a una eventual nueva demanda con contenidos revanchistas. Más bien, debe dejar en claro que, en lo sucesivo, asumirá la defensa de su soberanía de manera directa, sin mengua del compromiso de resolver los conflictos de poder de manera pacífica, respetando la letra y espíritu de la Carta de la ONU.

Consecuentemente, debemos retirarnos del Pacto de Bogotá. El haber entablado una demanda técnica ante la CIJ, contra Bolivia, sobre la naturaleza del río Siloli/Silala, no puede convertirnos en rehenes sine die de un instrumento que se hizo adverso a los intereses superiores del país.

Cabe agregar que no se trata de hacer de llanero solitario, reduciendo el tema a la emisión de un documento legalizado ante notario. Retirarnos exige un trabajo político y diplomático de calidad, con amplia información a los órganos principales de la ONU.

El tema de fondo no es de conveniencia adjetiva o procesal, sino de defensa sustantiva de nuestra soberanía, ejercida en un marco de bien forjada unidad nacional.

José Rodríguez Elizondo. Escritor, Profesor de Relaciones Internacionales Universidad de Chile
Gabriel Gaspar Tapia. Cientista político, ex Subsecretario FF.AA y exembajador en misión especial
Eduardo Rodríguez Guarachi, Abogado, Consejero Universidad Diego Portales, Director de Empresas, ex Embajador en Japón y Argentina
Oscar Izurieta Ferrer, cientista político, ex Comandante en Jefe del Ejército de Chile, ex Subsecretario de Defensa.
José Rodríguez Elizondo
| Jueves, 19 de Julio 2018
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