Las profesoras Lisa Sowle Cahill e Hille Hacker han coordinado un interesante número de la revista internacional de Teología Concilium. El título de este número monográfico de 2010 es “Naturaleza humana y Ley natural”. Lisa Sowle Cahill es profesora de Teología Moral en la Facultad de Teología de Boston; Hille Haker es profesora de Ética Moral y de Ética Social en la Facultad de Teología de la Universidad Goethe de Frankfurt. Son, por tanto, personas intelectuales católicas de gran solidez. Ellas han coordinado este volumen que cuenta con 12 aportaciones teológicas y filosóficas de gran valor. Tal vez señalen las Tendencias teológicas en estos campos para el siglo XXI.
El capítulo introductorio de este volumen de la revista Concilium, sitúa el problema en las dimensiones en que hoy se encuentra dentro del debate filosófico, intercultural y teológico.
En su encíclica Caritas in Veritate, el papa Benedicto XVI afirma: “En todas las culturas se dan singulares y múltiples convergencias éticas, expresiones de una misma naturaleza humana, querida por el Creador, y que la sabiduría ética de la humanidad llama ley natural. Dicha ley moral universal es fundamento sólido de todo diálogo cultural, religioso y político…” (número 59).
También en 2009, la Comisión Teológica Internacional (CTI) publicó un documento titulado En busca de una ética universal: una nueva mirada sobre la ley natural. La CTI –según las autoras de esta introducción – propone la ley natural como recurso para dar una respuesta a los desafíos éticos globales. La ventaja de la ley natural se encuentra en su afirmación de que “las personas y las comunidades humanas son capaces, por la luz de la razón, de reconocer las orientaciones fundamentales para la acción moral conforme a la naturaleza misma del sujeto humano y expresarlas de modo normativo en forma de preceptos o mandamientos” (número 9).
Para las profesoras Lisa Sowle y Hille Haker, estos documentos atestiguan que la doctrina magisterial, la teología moral y el pensamiento social de la Iglesia católica aún conceden un lugar central a las ideas básicas que subyacen tras la teoría de la ley natural.
Coherentemente con ello, todos los seres humanos comparten la misma naturaleza, la naturaleza es creada por Dios y puede ser conocida por la razón, y los bienes que todas las personas buscan “por naturaleza” son el fundamento de las normas morales que prescriben que tipo de acciones deben o no hacerse para lograrlos. El valor normativo de la ley natural –consecuentemente – procede del hecho de orientar a los seres humanos (y no sólo a los católicos) a sus propios fines y acciones correspondientes, de modo que cumpliendo sus deberes naturales los humanos prosperan y encuentran la felicidad.
Nótese que estos son los argumentos esgrimidos por el Secretario de la Conferencia Episcopal española, Monseñor Martínez Camino, para legitimar el que los obispos puedan imponer sus tesis sobre moral sexual a todos los ciudadanos, sean o no creyentes.
La idea de la Ley natural viene de lejos
Como en la Biblia, también entre los filósofos clásicos, griegos y latinos, encontramos ejemplos de la formulación de esta ética de la ley natural. La tradición cristiana encontrará este vocabulario específico en el teólogo del siglo XIII, Tomás de Aquino. Las interpretaciones neoescolásticas de la teoría de la ley natural, formulada por Tomás de Aquino, dominarán el panorama del pensamiento y de la praxis moral católica durante los siglos XVIII y XIX, pero su influencia proseguiría después del Concilio Vaticano II.
Las críticas antropológicas, filosóficas y teológicas a la teoría de la Ley natural
De una manera general, las críticas a la teoría de la Ley natural se fundamentan en su método deductivo, sus prejuicios eurocéntricos y patriarcales, su universalismo abstracto y su olvido de la reflexión ética y las tradiciones específicamente cristianas.
Muchos autores sostienen que “la naturaleza” no puede servir en absoluto como norma de nada puesto que el “debería” no se puede derivar del “es” (tal como muestran David Hume y G. E. Moore). Además, la misma naturaleza humana no es algo estático, fijo, inamovible; la naturaleza está en continuo cambio. Los antropólogos tienen serias dificultades para justificar la existencia de lo “humano irreductible”, la entidad fija constitutiva de la identidad humana.
Defender el concepto de “naturaleza humana” como fundamento de normas firmes y claras se ha convertido en un asunto más problemático como consecuencia de las nuevas investigaciones y descubrimientos científicos que indican la continuidad entre la naturaleza humana y la naturaleza animal, y ofrecen la posibilidad de realizar cambios radicales de las formas de vida, incluida la de los seres humanos.
El final del siglo XX y el comienzo del siglo XXI, gracias a los modernos medios de comunicación, nos han revelado la existencia de una variedad de perspectivas éticas culturalmente diferentes en todo el planeta. Para las autoras de la introducción de este volumen de Concilium, un amplio grupo interdisciplinar de pensadores, especialmente de tradición católica, está a la búsqueda de nuevos modos de recuperar, renegociar y reinventar inculturadamente unos conceptos que integren la naturaleza, los bienes, los valores y los derechos que todos compartimos por nuestra común cultura humana.
Para una reinvención de la naturaleza y de la ley natural
En el número de la revista Concilium que comentamos aquí, se contienen ocho artículos de investigación sobre la teoría fundamental de la ley natural, y otros cuatro trabajos de menor extensión. Entre estos últimos, dos abordan los documentos recientes dedicados a la cuestión de la ley natural: el informe de la Comisión Teológica Internacional ya mencionado, y un nuevo documento de la Unión Europea sobre la biología sintética.
De los trabajos de investigación se ha procurado atender todas las perspectivas filosóficas y teológicas, dado que nadie está en la posesión de la verdad. Stephen J. Pope, de Boston Collage, presenta el origen del hilo fundamental y más influyente del pensamiento católico sobre la ley natural en el paradigma del “realismo moral” de Tomás de Aquino. Según Tomás, la ley natural es la participación de la criatura racional en la ley divina que ordena racionalmente el universo para el bien común. La razón práctica es la que discierne los medios para lograr los bienes humanos. Dado que los seres humanos son seres sociales, la persecución de los bienes y la observancia de la ley natural son actividades sociales que implican responsabilidades también sociales. En esta línea, aunque los seres humanos poseen una capacidad innata para conocer el bien, es necesario educar la capacidad para discernir correctamente el bien y actuar según él, de modo que se convierta en algo habitual o virtuoso. La ley positiva, fundamentada en la ley natural, determina el modo de llevar a cabo en culturas y circunstancias específicas los bienes humanos y la comunidad buena.
El profesor S. J. Pope no esconde y soslaya los desafíos con los que tiene que confrontarse actualmente el pensamiento de la ley natural. Tales son el pluralismo cultural (que no es lo mismo que el relativismo cultural) y las aportaciones de la teoría de la evolución humana extendida al origen de las culturas. Los filósofos de otros tiempos, como Francisco de Vitoria y Bartolomé de las Casas, adaptaron la ley natural aplicándola a un contexto internacional. En el siglo XX, Jacques Maritain o John Courtney, entre otros, reinterpretaron la concepción católica de la ley natural para apoyar la democracia liberal y los derechos humanos. Desde las antropologías biológicas, los avances en el conocimiento de los restos fósiles humanos y los progresos en neurología, aumentan los desafíos al pensamiento fijista clásico.
El capítulo introductorio de este volumen de la revista Concilium, sitúa el problema en las dimensiones en que hoy se encuentra dentro del debate filosófico, intercultural y teológico.
En su encíclica Caritas in Veritate, el papa Benedicto XVI afirma: “En todas las culturas se dan singulares y múltiples convergencias éticas, expresiones de una misma naturaleza humana, querida por el Creador, y que la sabiduría ética de la humanidad llama ley natural. Dicha ley moral universal es fundamento sólido de todo diálogo cultural, religioso y político…” (número 59).
También en 2009, la Comisión Teológica Internacional (CTI) publicó un documento titulado En busca de una ética universal: una nueva mirada sobre la ley natural. La CTI –según las autoras de esta introducción – propone la ley natural como recurso para dar una respuesta a los desafíos éticos globales. La ventaja de la ley natural se encuentra en su afirmación de que “las personas y las comunidades humanas son capaces, por la luz de la razón, de reconocer las orientaciones fundamentales para la acción moral conforme a la naturaleza misma del sujeto humano y expresarlas de modo normativo en forma de preceptos o mandamientos” (número 9).
Para las profesoras Lisa Sowle y Hille Haker, estos documentos atestiguan que la doctrina magisterial, la teología moral y el pensamiento social de la Iglesia católica aún conceden un lugar central a las ideas básicas que subyacen tras la teoría de la ley natural.
Coherentemente con ello, todos los seres humanos comparten la misma naturaleza, la naturaleza es creada por Dios y puede ser conocida por la razón, y los bienes que todas las personas buscan “por naturaleza” son el fundamento de las normas morales que prescriben que tipo de acciones deben o no hacerse para lograrlos. El valor normativo de la ley natural –consecuentemente – procede del hecho de orientar a los seres humanos (y no sólo a los católicos) a sus propios fines y acciones correspondientes, de modo que cumpliendo sus deberes naturales los humanos prosperan y encuentran la felicidad.
Nótese que estos son los argumentos esgrimidos por el Secretario de la Conferencia Episcopal española, Monseñor Martínez Camino, para legitimar el que los obispos puedan imponer sus tesis sobre moral sexual a todos los ciudadanos, sean o no creyentes.
La idea de la Ley natural viene de lejos
Como en la Biblia, también entre los filósofos clásicos, griegos y latinos, encontramos ejemplos de la formulación de esta ética de la ley natural. La tradición cristiana encontrará este vocabulario específico en el teólogo del siglo XIII, Tomás de Aquino. Las interpretaciones neoescolásticas de la teoría de la ley natural, formulada por Tomás de Aquino, dominarán el panorama del pensamiento y de la praxis moral católica durante los siglos XVIII y XIX, pero su influencia proseguiría después del Concilio Vaticano II.
Las críticas antropológicas, filosóficas y teológicas a la teoría de la Ley natural
De una manera general, las críticas a la teoría de la Ley natural se fundamentan en su método deductivo, sus prejuicios eurocéntricos y patriarcales, su universalismo abstracto y su olvido de la reflexión ética y las tradiciones específicamente cristianas.
Muchos autores sostienen que “la naturaleza” no puede servir en absoluto como norma de nada puesto que el “debería” no se puede derivar del “es” (tal como muestran David Hume y G. E. Moore). Además, la misma naturaleza humana no es algo estático, fijo, inamovible; la naturaleza está en continuo cambio. Los antropólogos tienen serias dificultades para justificar la existencia de lo “humano irreductible”, la entidad fija constitutiva de la identidad humana.
Defender el concepto de “naturaleza humana” como fundamento de normas firmes y claras se ha convertido en un asunto más problemático como consecuencia de las nuevas investigaciones y descubrimientos científicos que indican la continuidad entre la naturaleza humana y la naturaleza animal, y ofrecen la posibilidad de realizar cambios radicales de las formas de vida, incluida la de los seres humanos.
El final del siglo XX y el comienzo del siglo XXI, gracias a los modernos medios de comunicación, nos han revelado la existencia de una variedad de perspectivas éticas culturalmente diferentes en todo el planeta. Para las autoras de la introducción de este volumen de Concilium, un amplio grupo interdisciplinar de pensadores, especialmente de tradición católica, está a la búsqueda de nuevos modos de recuperar, renegociar y reinventar inculturadamente unos conceptos que integren la naturaleza, los bienes, los valores y los derechos que todos compartimos por nuestra común cultura humana.
Para una reinvención de la naturaleza y de la ley natural
En el número de la revista Concilium que comentamos aquí, se contienen ocho artículos de investigación sobre la teoría fundamental de la ley natural, y otros cuatro trabajos de menor extensión. Entre estos últimos, dos abordan los documentos recientes dedicados a la cuestión de la ley natural: el informe de la Comisión Teológica Internacional ya mencionado, y un nuevo documento de la Unión Europea sobre la biología sintética.
De los trabajos de investigación se ha procurado atender todas las perspectivas filosóficas y teológicas, dado que nadie está en la posesión de la verdad. Stephen J. Pope, de Boston Collage, presenta el origen del hilo fundamental y más influyente del pensamiento católico sobre la ley natural en el paradigma del “realismo moral” de Tomás de Aquino. Según Tomás, la ley natural es la participación de la criatura racional en la ley divina que ordena racionalmente el universo para el bien común. La razón práctica es la que discierne los medios para lograr los bienes humanos. Dado que los seres humanos son seres sociales, la persecución de los bienes y la observancia de la ley natural son actividades sociales que implican responsabilidades también sociales. En esta línea, aunque los seres humanos poseen una capacidad innata para conocer el bien, es necesario educar la capacidad para discernir correctamente el bien y actuar según él, de modo que se convierta en algo habitual o virtuoso. La ley positiva, fundamentada en la ley natural, determina el modo de llevar a cabo en culturas y circunstancias específicas los bienes humanos y la comunidad buena.
El profesor S. J. Pope no esconde y soslaya los desafíos con los que tiene que confrontarse actualmente el pensamiento de la ley natural. Tales son el pluralismo cultural (que no es lo mismo que el relativismo cultural) y las aportaciones de la teoría de la evolución humana extendida al origen de las culturas. Los filósofos de otros tiempos, como Francisco de Vitoria y Bartolomé de las Casas, adaptaron la ley natural aplicándola a un contexto internacional. En el siglo XX, Jacques Maritain o John Courtney, entre otros, reinterpretaron la concepción católica de la ley natural para apoyar la democracia liberal y los derechos humanos. Desde las antropologías biológicas, los avances en el conocimiento de los restos fósiles humanos y los progresos en neurología, aumentan los desafíos al pensamiento fijista clásico.
Repensar la naturaleza y la ley natural
Para el profesor de filosofía de la Religión y teólogo gallego, Andrés Torres Queiruga, la secularización de las culturas y la epistemología de la modernidad, han impactado sobre la concepción tradicional de la ley natural. En el pensamiento actual, la ética y la moral son interpretaciones de dinamismos naturales cuyo sentido ético debe descubrirse. El problema reside en mantener al mismo tiempo e fundamento objetivo de las normas, contra el voluntarismo y el positivismo legal, y admitir la variabilidad histórica.
Eberhard Schockenhoff, profesor de teología moral en Friburgo, nos ofrece una nueva fundamentación, de tipo trascendental, de la doctrina tomista de la ley natural mediante una relectura realizada a través del pensamiento de Inmanuel Kant. La idea que Tomás de Aquino tiene de la ley natural no debe interpretarse como una teoría de una verdad ahistórica que no deja espacio alguno a las ideas que los individuos tienen sobre la vida buena. Leída a través de Kant, la ley natural se refiere a las condiciones trascendentales de la acción moral, por una parte, y, por otra, a las concepciones “sustantivas” de la vida buena como parte constitutiva de la identidad del individuo.
La interpretación trascendental de la ley natural articula ciertas condiciones básicas del actuar moral, que son los bienes humanos, la libertad y la autonomía. Estas condiciones son capturadas mediante el concepto kantiano de la dignidad humana.
Para Schockenhoff, vivir de acuerdo con la propia naturaleza significa “esforzarme por realizar mis capacidades orientándome por la razón práctica. Así pues, “vivir conforme a la naturaleza” exige la perspectiva de los “participantes interesados”, que, concretamente “están orientados por cosmovisiones, valores y fines diferentes”. Por tanto, la naturaleza no es un concepto estático sino dinámico, y éste es el que está presente en la tradición cristiana.
Ley natural, naturaleza humana y bioética
El profesor de Filosofía y director del Instituto de Bioética en Münster, Ludwig Step, aborda en su contribución a este volumen de Concilium el estudio de las huellas de la tradición de la ley natural en los debates contemporáneos sobre bioética. En su opinión, hay dos cuestiones que necesitan una clarificación: la primera es si la “naturaleza” es meramente la materia y el objeto de la voluntad humana por cambiar, construir o diseñar organismos biológicos sin que quede espacio alguno para entenderla en su dimensión evaluadora o normativa. La segunda cuestión a debatir es si existe algo “justo según la naturaleza”, si existe un fundamento de las normas morales que limite las decisiones legales o democráticas.
Step señala que el concepto de “naturaleza” que se presupone en muchos debates sobre bioética es, más o menos, el que procede de las ciencias: objeto de intervención y cambio, dependiente y explicable en términos causales y funcionales, sin valor “en sí mismo”. Desde esta perspectiva, la bioética se entiende como el proceso de regulación y justificación de las normas que tienen relevancia práctica. Desde este punto de vista, ¿depende el carácter ético de las decisiones democráticas de la mayoría? ¿Existe un núcleo irreductible de bondad ética más allá de los vaivenes culturales? En el fondo, ¿se puede justificar un derecho natural?
Las posiciones aparentemente ortodoxas, presentadas a menudo como una continuación inalterada de la metafísica premoderna, no dejan tampoco de reaccionar a modificaciones que se producen en la imagen científico-natural del mundo (por ejemplo, la teoría de la evolución biológica y el origen animal de la humanidad) y en la conciencia histórica (por ejemplo, en el cambio de valores). Refuerza su argumentación citando ampliamente unas conferencias pronunciadas en 2005 por el entonces cardenal Ratzinger. En ellas, se manifiesta escéptico frente al derecho natural: “La idea del derecho natural presupone un concepto de naturaleza en el que la naturaleza y la razón se interpenetran, en que la naturaleza misma es racional. Esta visión de naturaleza ha quedado destruida con la teoría de la evolución (sic!)..”.
Para Step, “sospecho que la mayor parte de la bioética moderna es para el Papa una expresión de relativismo democrático. De hecho, gran cantidad de las posiciones se hace eco sin reservas de los cambiantes deseos de los hombres”. La relevancia fundamental que tiene la tradición de la ley natural reside en su capacidad para ofrecer una estructura normativa y crítica. Por ello, aunque resulta problemático mantener el concepto de ley natural, su legado es triple: explica la cuestión de la dimensión valiosa de los procesos naturales, suministra una apertura a las experiencias en la esfera política, y afirma la libertad de convicción del individuo.
Para el profesor de filosofía de la Religión y teólogo gallego, Andrés Torres Queiruga, la secularización de las culturas y la epistemología de la modernidad, han impactado sobre la concepción tradicional de la ley natural. En el pensamiento actual, la ética y la moral son interpretaciones de dinamismos naturales cuyo sentido ético debe descubrirse. El problema reside en mantener al mismo tiempo e fundamento objetivo de las normas, contra el voluntarismo y el positivismo legal, y admitir la variabilidad histórica.
Eberhard Schockenhoff, profesor de teología moral en Friburgo, nos ofrece una nueva fundamentación, de tipo trascendental, de la doctrina tomista de la ley natural mediante una relectura realizada a través del pensamiento de Inmanuel Kant. La idea que Tomás de Aquino tiene de la ley natural no debe interpretarse como una teoría de una verdad ahistórica que no deja espacio alguno a las ideas que los individuos tienen sobre la vida buena. Leída a través de Kant, la ley natural se refiere a las condiciones trascendentales de la acción moral, por una parte, y, por otra, a las concepciones “sustantivas” de la vida buena como parte constitutiva de la identidad del individuo.
La interpretación trascendental de la ley natural articula ciertas condiciones básicas del actuar moral, que son los bienes humanos, la libertad y la autonomía. Estas condiciones son capturadas mediante el concepto kantiano de la dignidad humana.
Para Schockenhoff, vivir de acuerdo con la propia naturaleza significa “esforzarme por realizar mis capacidades orientándome por la razón práctica. Así pues, “vivir conforme a la naturaleza” exige la perspectiva de los “participantes interesados”, que, concretamente “están orientados por cosmovisiones, valores y fines diferentes”. Por tanto, la naturaleza no es un concepto estático sino dinámico, y éste es el que está presente en la tradición cristiana.
Ley natural, naturaleza humana y bioética
El profesor de Filosofía y director del Instituto de Bioética en Münster, Ludwig Step, aborda en su contribución a este volumen de Concilium el estudio de las huellas de la tradición de la ley natural en los debates contemporáneos sobre bioética. En su opinión, hay dos cuestiones que necesitan una clarificación: la primera es si la “naturaleza” es meramente la materia y el objeto de la voluntad humana por cambiar, construir o diseñar organismos biológicos sin que quede espacio alguno para entenderla en su dimensión evaluadora o normativa. La segunda cuestión a debatir es si existe algo “justo según la naturaleza”, si existe un fundamento de las normas morales que limite las decisiones legales o democráticas.
Step señala que el concepto de “naturaleza” que se presupone en muchos debates sobre bioética es, más o menos, el que procede de las ciencias: objeto de intervención y cambio, dependiente y explicable en términos causales y funcionales, sin valor “en sí mismo”. Desde esta perspectiva, la bioética se entiende como el proceso de regulación y justificación de las normas que tienen relevancia práctica. Desde este punto de vista, ¿depende el carácter ético de las decisiones democráticas de la mayoría? ¿Existe un núcleo irreductible de bondad ética más allá de los vaivenes culturales? En el fondo, ¿se puede justificar un derecho natural?
Las posiciones aparentemente ortodoxas, presentadas a menudo como una continuación inalterada de la metafísica premoderna, no dejan tampoco de reaccionar a modificaciones que se producen en la imagen científico-natural del mundo (por ejemplo, la teoría de la evolución biológica y el origen animal de la humanidad) y en la conciencia histórica (por ejemplo, en el cambio de valores). Refuerza su argumentación citando ampliamente unas conferencias pronunciadas en 2005 por el entonces cardenal Ratzinger. En ellas, se manifiesta escéptico frente al derecho natural: “La idea del derecho natural presupone un concepto de naturaleza en el que la naturaleza y la razón se interpenetran, en que la naturaleza misma es racional. Esta visión de naturaleza ha quedado destruida con la teoría de la evolución (sic!)..”.
Para Step, “sospecho que la mayor parte de la bioética moderna es para el Papa una expresión de relativismo democrático. De hecho, gran cantidad de las posiciones se hace eco sin reservas de los cambiantes deseos de los hombres”. La relevancia fundamental que tiene la tradición de la ley natural reside en su capacidad para ofrecer una estructura normativa y crítica. Por ello, aunque resulta problemático mantener el concepto de ley natural, su legado es triple: explica la cuestión de la dimensión valiosa de los procesos naturales, suministra una apertura a las experiencias en la esfera política, y afirma la libertad de convicción del individuo.
¿Tiene futuro todavía hablar de derecho natural?
Esta es la cuestión a la que responde el doctor Jean-Pierre Wils, profesor de Teoría cultural de la moral en Nimega (Holanda). Wils ha tenido problemas con la institución eclesiástica debido a sus ideas. En su colaboración, confronta la tradición de la ley natural con algunas de las críticas que se le hacen: su carácter estático, su universalismo insensible a las culturas y la abstracción que hace del análisis concreto de las circunstancia. Para Wils, la cuestión no es si podemos “inventar” o “descubrir” afirmaciones morales, sino si podemos encontrar la interpretación apropiada en una determinada situación o conflicto moral.. Nos topamos aquí con uno de los debates más candentes: los límites siempre difusos entre el relativismo moral y el perspectivismo moral. Toda situación humana es dinámica, pero también lo son las afirmaciones normativas pues exigen una interpretación contextualizada. Las normas universales proceden de experiencias comparables (pero no idènticas) y están sujetas a una constante reinterpretación ante las nuevas experiencias. La reinterpretación actual de la “ley natural” debería adoptar esta interpretación dinámica y el análisis reflexivo.
Ley natural, naturaleza humana y teología feminista
Cristina L. H. Traina, profesora de Estudios Religiosos en la Universidad de Evanston, Illinois, considera que la revisión de la ley natural como una gran oportunidad para la teoría y la teología feministas. Una versión crítica (autocrítica) de la ley natural puede fundamentar la defensa de la justicia (basada en límites morales perdurables) como también en la humildad intelectual (enraizada en la sensibilidad hacia un cambio de los acontecimientos y la evolución del conocimiento). Puede ser un estímulo para el compromiso con los empobrecidos.
Traina revisa la teoría de Tomás de Aquino subrayando que la ley natural anima a la organización humana de sociedades y relaciones internacionales que apoyen el desarrollo de todos. La ley natural sitúa su visión de la vida buena en el marco de la providencia divina, el desarrollo holístico y el reconocimiento del pecado. Comenta cómo Tomás de Aquino asumió las jerarquías inmutables de género, clase, vocación, etc, que están en contra de lo que considera justo el feminismo contemporáneo. La ley natural feminista contempla la igualdad humana como parte esencial de la justicia y da prioridad al bienestar de las personas más marginadas de la sociedad.
Por su parte, la profesora filipina Chistina Astorga, estudia las cuestiones de la naturaleza humana, la ley natural y la ética universal desde el punto de vista del debate sobre los derechos humanos en el ámbito asiático. El desafío que los “valores asiáticos” lanza contra el discurso sobre los derechos humanos se debe a que Asia posee un modelo ético que rebate al occidental, pues prima la comunidad sobre el individuo, los derechos sociales sobre los derechos políticos y civiles, y el orden y la estabilidad sociales sobre la democracia y la libertad. Siguiendo el ejemplo de la Carta de los Derechos Humanos de Filipinas, la definición de los derechos humanos en Asia exige atender a la universalidad y a la especificidad cultural.
Desde una perspectiva africana, Jacquineau Azetsop, originario de Camerún y actualmente en Chad, parte de la fuerza vital que fundamenta la visión africana de la existencia humana universal. Su enfoque sobre la moral, está centrada en la vida y en la comunidad. Podemos considerar esta fuerza vital como expresión de la ley natural, puesto que es una fuerza de progreso en la responsabilidad individual y la cohesión social. Pero la determinación de las exigencias morales concretas de la fuerza vital se desarrolla mediante la discusión social denominada “parlamento”. Como medio de discernimiento moral, el parlamento refleja el punto de vista que el africano tiene sobre la moral cuyo objetivo es conservar la vida y la armonía social.
La moral africana no está centrada en la libertad: es una moral de virtudes, de responsabilidad y de dimensión comunitaria, cuyo objetivo es el progreso de toda la comunidad. Así, la enfermedad no se percibe sólo como un fenómeno biológico, sino como consecuencia de desequilibrios cósmicos y perturbaciones en las adecuadas relaciones que deben afrontar la familia y la comunidad. En este sentido, el enfoque africano sobre la bioética trasciende el modelo biomédico. Existe un nexo íntimo entre el orden de la salud y la enfermedad, el orden cósmico y el orden moral.
Todos estos artículos comparten el interés común por reivindicar el realismo moral de la tradición de la ley natural, al tiempo que reconocen sus raíces históricas y culturales. Puede decirse que el desarrollo actual de la teología moral converge con la antropología y las ciencias positivas al sostener la historicidad humana y el carácter inductivo de algunos aspectos del conocimiento ético, como también el papel esencial que juegan las ciencias de la naturaleza en la comprensión de lo humano y de todo el mundo natural.
Mirando al futuro, las profesoras Lisa Sowle Chahill e Hille Haker, coordinadoras del volumen, se preguntan si la “ley natural” será el mejor término y el mejor marco para dialogar con la cultura moderna sobre las experiencias, las necesidades, los bienes, los valores y los fines fundamentales que todos los seres humanos comparten.
Esta es la cuestión a la que responde el doctor Jean-Pierre Wils, profesor de Teoría cultural de la moral en Nimega (Holanda). Wils ha tenido problemas con la institución eclesiástica debido a sus ideas. En su colaboración, confronta la tradición de la ley natural con algunas de las críticas que se le hacen: su carácter estático, su universalismo insensible a las culturas y la abstracción que hace del análisis concreto de las circunstancia. Para Wils, la cuestión no es si podemos “inventar” o “descubrir” afirmaciones morales, sino si podemos encontrar la interpretación apropiada en una determinada situación o conflicto moral.. Nos topamos aquí con uno de los debates más candentes: los límites siempre difusos entre el relativismo moral y el perspectivismo moral. Toda situación humana es dinámica, pero también lo son las afirmaciones normativas pues exigen una interpretación contextualizada. Las normas universales proceden de experiencias comparables (pero no idènticas) y están sujetas a una constante reinterpretación ante las nuevas experiencias. La reinterpretación actual de la “ley natural” debería adoptar esta interpretación dinámica y el análisis reflexivo.
Ley natural, naturaleza humana y teología feminista
Cristina L. H. Traina, profesora de Estudios Religiosos en la Universidad de Evanston, Illinois, considera que la revisión de la ley natural como una gran oportunidad para la teoría y la teología feministas. Una versión crítica (autocrítica) de la ley natural puede fundamentar la defensa de la justicia (basada en límites morales perdurables) como también en la humildad intelectual (enraizada en la sensibilidad hacia un cambio de los acontecimientos y la evolución del conocimiento). Puede ser un estímulo para el compromiso con los empobrecidos.
Traina revisa la teoría de Tomás de Aquino subrayando que la ley natural anima a la organización humana de sociedades y relaciones internacionales que apoyen el desarrollo de todos. La ley natural sitúa su visión de la vida buena en el marco de la providencia divina, el desarrollo holístico y el reconocimiento del pecado. Comenta cómo Tomás de Aquino asumió las jerarquías inmutables de género, clase, vocación, etc, que están en contra de lo que considera justo el feminismo contemporáneo. La ley natural feminista contempla la igualdad humana como parte esencial de la justicia y da prioridad al bienestar de las personas más marginadas de la sociedad.
Por su parte, la profesora filipina Chistina Astorga, estudia las cuestiones de la naturaleza humana, la ley natural y la ética universal desde el punto de vista del debate sobre los derechos humanos en el ámbito asiático. El desafío que los “valores asiáticos” lanza contra el discurso sobre los derechos humanos se debe a que Asia posee un modelo ético que rebate al occidental, pues prima la comunidad sobre el individuo, los derechos sociales sobre los derechos políticos y civiles, y el orden y la estabilidad sociales sobre la democracia y la libertad. Siguiendo el ejemplo de la Carta de los Derechos Humanos de Filipinas, la definición de los derechos humanos en Asia exige atender a la universalidad y a la especificidad cultural.
Desde una perspectiva africana, Jacquineau Azetsop, originario de Camerún y actualmente en Chad, parte de la fuerza vital que fundamenta la visión africana de la existencia humana universal. Su enfoque sobre la moral, está centrada en la vida y en la comunidad. Podemos considerar esta fuerza vital como expresión de la ley natural, puesto que es una fuerza de progreso en la responsabilidad individual y la cohesión social. Pero la determinación de las exigencias morales concretas de la fuerza vital se desarrolla mediante la discusión social denominada “parlamento”. Como medio de discernimiento moral, el parlamento refleja el punto de vista que el africano tiene sobre la moral cuyo objetivo es conservar la vida y la armonía social.
La moral africana no está centrada en la libertad: es una moral de virtudes, de responsabilidad y de dimensión comunitaria, cuyo objetivo es el progreso de toda la comunidad. Así, la enfermedad no se percibe sólo como un fenómeno biológico, sino como consecuencia de desequilibrios cósmicos y perturbaciones en las adecuadas relaciones que deben afrontar la familia y la comunidad. En este sentido, el enfoque africano sobre la bioética trasciende el modelo biomédico. Existe un nexo íntimo entre el orden de la salud y la enfermedad, el orden cósmico y el orden moral.
Todos estos artículos comparten el interés común por reivindicar el realismo moral de la tradición de la ley natural, al tiempo que reconocen sus raíces históricas y culturales. Puede decirse que el desarrollo actual de la teología moral converge con la antropología y las ciencias positivas al sostener la historicidad humana y el carácter inductivo de algunos aspectos del conocimiento ético, como también el papel esencial que juegan las ciencias de la naturaleza en la comprensión de lo humano y de todo el mundo natural.
Mirando al futuro, las profesoras Lisa Sowle Chahill e Hille Haker, coordinadoras del volumen, se preguntan si la “ley natural” será el mejor término y el mejor marco para dialogar con la cultura moderna sobre las experiencias, las necesidades, los bienes, los valores y los fines fundamentales que todos los seres humanos comparten.