Los expertos consideran positiva aunque paternalista la 'ley de crowdfunding'

Los límites a la inversión son innecesarios, según los profesionales reunidos en las jornadas CrowdDays Madrid


Expertos reunidos en las jornadas CrowdDays Madrid, celebradas la semana pasada, consideran que la 'ley de crowdfunding' es paternalista, puesto que impone límites innecesarios a la inversión, pero no tan mala como podría haber sido, y que además ofrece seguridad jurídica, de la que se carecía hasta su promulgación. Por Carlos Gómez Abajo.


29/10/2015

De izquierda a derecha, González, Moreno, Saltor y Villar. Imagen: C. G. A.
Las jornadas CrowdDays Madrid celebradas la semana pasada, acogieron un debate sobre la Ley de Fomento de la Financiación Empresarial, también conocida como la “ley del crowdfunding”.

Esta ley, que fue aprobada por el Congreso de los Diputados en abril, establece un marco jurídico para la financiación participativa en sus modalidades de crowdinvesting (inversión en capital) y crowdlending (inversión en préstamos).

La ley confiere seguridad jurídica a la inversión a través del crowdfunding (CF) y eleva los requisitos que deben cumplir las plataformas, que ahora deben contar con la autorización de la CNMV y estar sujetas a su supervisión. La financiación participativa permite a los inversores, tanto profesionales como minoristas, invertir directamente en el capital de empresas.

El moderador, Valentín Acconcia -consultor especializado en CF- recordó que cuando salió la ley “parecía que se habían cargado el crowdfunding y al final no ha sido así”, y que “había una necesidad de regular”.

Ángel González Romero, de la consultora Universo Crowdfunding, afirmó haber sido uno de los que dijo que el Gobierno “se estaba cargando el CF”, y que había motivos para ello, porque “cuando se empezó a negociar la ley era mucho más restrictiva”.

El resultado final “es mejorable”, a su juicio, y está “en la zona media de Europa. El Gobierno no se la ha jugado mucho, como aquí no hay paro, no hace falta”, ironizó. En Reino Unido, por ejemplo, “es mucho más fácil”, subrayó. En concreto, considera que “está bien hecha para el crowdinvesting (CI) y el crowdlending (CL)”, y ve carencias en lo que afecta al CF de donación.

Enrique Moreno, profesor de Derecho Mercantil de la Universidad Rey Juan Carlos, insistió en esas carencias, porque “parece que el CI y el CL están totalmente regulados y dan mayor seguridad en teoría”, mientras que el CF de donaciones y el de recompensa “parecen de un segundo nivel”, menos regulados. Acconcia señaló en ese sentido que el CF de recompensa “no deja de ser una pre-venta, un e-commerce”.

En general, dijo Moreno, “la ley como punto de partida está bien, pero habrá que mejorarla. Tiene incongruencias, pese a constar solo de 50 artículos. En Portugal han sacado una normativa que regula las cuatro formas de CF de una forma bastante sencilla”.

Confianza

Ramón Saltor, consejero delegado de The Crowd Angel, recuerda que al principio la ley provocó un cierto caos, hasta que se aclaró el marco legal, pero que consiguió que la gente “escuchara lo que era el CF”. La ley le parece “mucho mejor” que lo que había, y si bien “el primer borrador era pésimo”, se ha llegado a “un punto intermedio”. Gracias a que hay un marco regulatorio “las operaciones se están cerrando más rápido, ha dado confianza.”

Cree Saltor que el origen de la regulación “fue algo totalmente improvisado”, puesto que el Ministerio de Economía la sacó sin que lo supiera “ni el Tesoro. Pensaban que eran cuatro amigos que invertían 100 euros, no sabían lo que era, y de repente sacan la ley”.

La ley “parte de una cultura superproteccionista”, pero en algunas cosas está mejor que en EE.UU. y el Reino Unido: por ejemplo, que considera inversores acreditado, sin limitación para invertir, a las personas físicas con ingresos de 50.000 euros anuales.

El mensaje de la ley, que pone por ejemplo un límite de 3.000 euros de inversión por empresa, algo que puede quedarse corto en un futuro, “es que crezcamos durante dos años, y entonces se planteará una nueva regulación”.

Por último, Roy Villar, director de Comunicación de la plataforma de crowdinvesting Capital Cell, señaló que la ley “quiere prevenirse de fenómenos como las preferentes o los sellos”.

Saltor cree que en España, en casos como Nueva Rumasa, “la gente invierte como condenada porque les prometen rentabilidades del 8-12%, con reservas de Xerez, brandy. Luego van a papá Estado a pedir que se lo devuelvan. A mayor rentabilidad, mayor riesgo, eso es así”.

El 25%

La ley establece que las empresas nunca podrán superar el 125% de la financiación que hayan solicitado. Saltor cree que no es el peor aspecto de la regulación. “Si la empresa consigue más dinero de lo previsto, los socios iniciales pueden perder el control, por lo que también tiene sus riesgos”. Además, al menos en el ámbito de las start-ups tecnológicas, “tienen una estrategia a dos años totalmente diseñada y saben por qué piden lo que piden”.

Recordó Saltor una operación que iba a ser de 700.000 euros y acabó siendo de 900.000. “Fue complicadísimo estructurarla, los inversores se diluían demasiado. Bien no veo el límite, pero no lo veo tan mal. Lo ideal es que decida la plataforma”.

A su juicio, es peor que los inversores extranjeros sin Número de Identidad (NIE) no puedan invertir. “Economía nos dijo que si queríamos que la ley saliera rápido, renunciáramos a este tema, que dependía de Justicia. Es muy complicado sacar el NIE desde el extranjero”.

Moreno señaló que “cada plataforma tiene su librillo”, y que el overfunding -exceso de financiación- puede en efecto quitar el control al emprendedor, pero que también puede “limitar la valoración de la compañía, especialmente en el ámbito de las biotecnológicas”.

“No veo sentido a ese límite del 25%, porque lo más difícil es el 90% o 100%. Con un 200% las empresas consiguen más liquidez, ¿por qué se lo vamos a impedir? Es paternalista, si hay problemas ya se resolverán.”

González dijo estar “bastante en contra de las limitaciones”, y a favor de que cada plataforma decida. “Luego, que haya sellos de calidad y transparencia, que es básica, pero no me limites”. Y menos cuando en España hay problemas de empleo, dijo. “Si es necesario, me voy a Lisboa”.

Sobre el tema de los extranjeros, dijo que la Comisión Europea -a la que está asesorando González- pretende crear un mercado único de inversión. Roi Villar comentó que la cuestión del 25% depende mucho de la plataforma y de su manera de funcionar.

Dos millones de límite

El límite de financiación para las empresas que recurran al CI o el CF través de inversores no acreditados será de 2 millones de euros, y de 5 para los acreditados.

Haciendo de “abogado del diablo”, Saltor cree que eso ahora mismo “es suficiente”, y que las limitaciones vienen más del lado de los usuarios, de la cultura del país. “Hay poca confianza para pagar en línea, y además la gente con sus primeros euros se compra un piso, luego un apartamento en la playa, y los terceros, los pone en un depósito o en acciones. Cuando lleguemos a 2 millones iremos al Tesoro y mejoraremos la ley”.

Moreno fue más crítico con este y los otros límites. “¿Nos vamos a otro Estado cuando superemos el límite? Los Estados europeos compiten entre sí”.

González Romero reconoció que el factor más importante es el cultural, pero se pregunta “por qué hay que hacer una ley limitada. Siempre va a haber timos. Si el promotor se va con el dinero, se denuncia y se le condena. Debemos asumir que hay un riesgo, en Reino Unido y Países Bajos lo tienen mucho más asumido”. La gente “se puede gastar 6.000 euros en tragaperras, 40.000 en un coche, pero no más de 3.000 en CF. Si hay dinero negro, que lo investigue Hacienda”.

Villar considera que los límites impiden que se busquen nuevas fórmulas de inversión. “En biotecnología las rondas de financiación son altas. Y no se hace CF, pero si queremos hacer una parte por CF, no hay manera de hacerlo”.

Durante el coloquio con el público, los ponentes señalaron que la ley no obliga a las plataformas a hacer seguimiento de los proyectos, pero suelen hacerlo.



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